BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/DÍAZ
Rol
C-9635-2022
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Con fecha 08 de septiembre del 2022, comparece don Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, domiciliado en Compa a N 1390á ñí ° Of 2403, Santiago, en representaci n judicial del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , sociedad an nima bancaria del giro deó su denominaci n, representada legalmente por el se or Gerente Generaló ñ don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en Agustinas N 1.070, Piso 2, Ala Sur, de la comuna de Santiago,º quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de doné C SAR MARCELO D AZ LOBO,É Í ignoro ocupaci n, actualmente conó residencia Calle 3 02985, Poblaci n Jos Mar a Caro, Lo Espejo, yó é í pide se despache mandamiento de ejecuci nó y embargo por la cantidad de 795,9283 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al 21 de julio del 2022, por la suma de $26.520.984.-, m s intereses y costas.á Indica que su representada es due a de las siguientes acreencias,ñ suscritas por el demandado, ya individualizado: 1) Pagar suscrito a la orden de mi mandante por don(a) C saré é Marcelo D az Lobo con fecha 20 de Julio de 2022, por la suma de UFí 716,3355.-, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito eé Inversiones en virtud del mandato conferido por est ltimo en el Contratoé ú de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estataló í seg n Ley 20.027, y ste a su vez actuando a trav s de apoderado delú é é Banco al que deleg la facultad en comento, seg n escritura p blica queó ú ú contiene Delegaci n de Facultades, cuyas copias se acompa an en unó ñ Código: NVMVXGCQDHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9635-2022 Foja: 1 otros de esta demanda. Seg n lo establecido en el referido pagar , elí ú é capital adeudado m s los intereses se pagar an totalmente el 21 de Julio delá í 2022. 2) Pagar suscrito a la orden de mi mandante por don(a) C saré é Marcelo D az Lobo con fecha 20 de Julio de 2022, por
Fundamentos
fundamentos de derecho, as como tambi nó í é la enunciaci n precisa y clara, consignada en la conclusi n de lasó ó peticiones. De acuerdo con lo precedentemente reflexionado s lo es dableó concluir que en el caso sub-lite la demanda cumple con los requisitos que exige el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil y, porí ó consiguiente, que la alegaci n efectuada por el ejecutado no reviste laó gravedad necesaria para tornar inepto el libelo y raz n por la cual, ó la excepci n no podr ser acogida.ó á Y atendido lo se alado y lo dispuesto en los art culos 1698, y dem sñ í á pertinentes del C digo Civil, 160, 170, 434 N 4, 464 N 11, 14, 7, y 4,ó º ° 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil,ó
Fallo
Se declara admisible la excepci nó ó opuesta y se recibe a prueba por el t rmino legal.é Con fecha 11 de julio del 2023, se cita a las partes a o rí sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Con fecha 08 de septiembre del 2022, comparece don Jaime Gabriel Vel squez Navarro, en representaci n judicial del BANCOá ó DE CR DITO E INVERSIONES, representada legalmente por el se orÉ ñ Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, quien interpuso Código: NVMVXGCQDHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9635-2022 Foja: 1 demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don C SARé É MARCELO D AZ LOBO, quien en virtud de los argumentos de hecho yÍ de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia, pide despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad deó 795,9283 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al 21 de julio del 2022, por la suma de $26.520.984.-, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso a la ejecuci n lasó excepciones del numeral 11 , 14 , 7 y 4 del art culo 464 del C digo de° ° ° ° í ó Procedimiento Civil. TERCERO: Que la parte ejecutante acompa a en parte de pruebañ documental: Certificado simple de situaci n acad mica del demandado,ó é entregado por la COMISI N INGRESA, y que lÓ a parte demandada no rindi prueba alguna para sustentar sus alegaciones.ó CUARTO: Que, al momento de emitir pronunciamiento respecto de las excepciones deducidas en
Texto Completo (Preview)
C-9635-2022 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9635-2022 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/D AZÉ Í Santiago, veintiocho de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Con fecha 08 de septiembre del 2022, comparece don Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, domiciliado en Compa a N 1390á ñí ° Of 2403
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica