COMUNITA PAPA GIOVANNI XXIII/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
I-538-2023
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X RECLAMADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMADA X SENTENCIA X Resuelve escritos: Al escrito acompaña documentos de la parte reclamante: Se tiene presente. Al escrito acompaña medios de prueba de la parte reclamada: Se tiene presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. Fija hechos controvertidos: 1) Contenido de las multas cursadas a la empresa y forma en que la fiscalizadora se impuso a los hechos infraccionales. 2) Haber incurrido la fiscalizadora en error de hecho respecto de la multa N°1, contenido del error de hecho. 3) Encontrarse subsumida las multas números 2 y 3 en la multa N°1. Medios de Prueba: La parte RECLAMANTE ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Resolución de Multa N°4175/23/59 de fecha 24 de agosto 2023. 2) Correo electrónico de fecha 29 de agosto enviado nccIptSantiago@dt.gob.cl a mi representado. 3) Liquidación de remuneración julio 2023. 4) Pantallazos de Whats App entre la srta Valeska Romero y Juan Acuña correspondientes a los días 10 de julio, 17 de julio, 19 de julio, 27 julio y 28 de julio 2023. 5) Correo electrónico de fecha 3 de julio 2023 de STU4 a Administración Chile. Y su respectiva respuesta de fecha 4 de julio 2023. 6) Correo electrónico de fecha 6 de julio enviado por administración Chile a STU 4. 7) Correo electrónico de fecha 11, 13 y 27 de julio 2023 enviado por STU 4 a Administración Chile. 8) Contrato de trabajo de doña Valeska Romero y Comunita Papa Giovanni XXIII. De fecha 8 de abril 2016 y sus respectivos anexos de fecha, 1 octubre 2016, 1 enero 2017. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva: Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, artículo 33, artículo 55, artículo 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, 496, 500, 501, 503, 505, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes,
Fallo
se resuelve: I. Que, se acoge la demanda y, por tanto, se declara que se dejan sin efecto las multas reclamadas, esto es, multa N°4175/23/59-1, 2 y 3, de 24 de agosto de 2023. II. Cada parte soportará sus costas por existir motivo plausible para litigar y, especialmente, por haberse constatado que la empresa efectivamente incurrió una infracción laboral. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don Víctor Riffo Orellana, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO FECHA 06 DE DICIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 1 (PRESENCIAL) RUC 23-4-0515385-8 RIT I-538-2023 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 10:54 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:50 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO
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