1º Juzgado Civil de Viña del Mar

COLLADO/COLLADO

Rol

C-2543-2023

Fecha

21 de julio de 2023

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que por solicitud de fecha 07 de junio de 2023, folio 1, comparece Mauricio Daza Carrasco, abogado, en representaci n de ó Karim Maria Collado Marinovic, ambos domiciliados para estos solos efectos en calle Miraflores Nº 178 Piso 22, Santiago y solicita cite a un comparendo de designaci n de rbitro, a su representada y a ó á M nica Danica Collado Marinovicó , abogada, domiciliada en Avenida Per N°576 departamento 31, de Vi a del Marú ñ y de Jacqueline Ana Collado Marinovic, parvularia, domiciliada en An bal Pintoí N°139 departamento 54, Vi a del Mar,ñ por si, y o como representantes de la sociedad INVERSIONES SAN ALFONSO LIMITADA, a fin de que se designe un Juez rbitro para que conozca de todos los temas, conflictos yÁ divergencias existentes entre mi representada y las dos demandadas de autos, sea que la demanda respectiva se dirijan en contra de las dos demandadas por si, y o como representantes de la sociedad INVERSIONES SAN ALFONSO LIMITADA. Funda su solicitud, se alando que su representada Karim Colladoñ Marinovic, en uni n de do a M nica Danica Collado Marinovic y de Jacquelineó ñ ó Ana Collado Marinovic, constituyeron por escritura de fecha 16 de abril del a oñ 2015, la sociedad Inversiones San Alfonso Limitada, RUT N°76.498.801-9, del giro de su denominaci n, con domicilio social en la comuna de Los Andes.ó Agrega que a la fecha existe entre su representada y las otras socias - que en el hecho act an como administradoras de dicha sociedad- una serie de temas,ú conflictos y divergencias referente a la administraci n de la se alada sociedad y aó ñ la rendici n de su gesti n que mi parte les ha solicitado en forma reiterada, y queó ó no han podido ser solucionados en forma extrajudicial, de modo que en m rito deé ello y lo establecido en la cl usula novena del pacto social, que consagra laá existencia de un tribunal arbitral de derecho para conocer y resolver dichos temas, conflictos y divergencias. Y conforme a lo dispuesto en los art culos 222, 224,í 227 y 231 del C digo Org nico de Tribunales, art culo 414 del C digo deó á í ó Código: NSCWXGHMVRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Procedimiento Civil y art culo 2080 del C digo Civil, solicita se cite a lasí ó demandas fin de acordar el nombramiento de la persona del Juez Arbitro de Derecho y, a falta de acuerdo, proceda a nombrarlo el Tribunal. Segundo: Que, en la audiencia de estilo se celebr con fecha 19 de julioó de 2023 con la sola presencia virtual del apoderado de la parte demandante don Diego Ogass C ceres y en rebeld a de las demandadas, por lo que no seá í produe acuerdo. Tercero: Que, con la copia de Certificado de estatuto actualizado de 24 de mayo de 2023 de sociedad INVERSIONES SAN ALFONSO LIMITADA, se ha acreditado que las partes pactaron clausula compromisoria y conforme lo dispone el inciso final del art culo 227 del C digo Org nico de Tribunales la solicitudí ó á aparece procedent

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 222 yá í siguientes del C digo Org nico de Tribunales y los art culos 414 y siguientes deló á í C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó 1.- Que se hace lugar a la solicitud de 28 de enero de 2020, folio 1, y se nombra a don Gabriel Mar n Mery ,í abogado, domiciliada calle 6 Norte 745 oficina 1505, Vi a del Mar, (tel fono 9 75816308, correoñ é electr nico ó gmarin@tomasello.cl ), como Juez arbitro de derecho, a fin que resuelva los conflictos y divergencias existentes entre las socias de la sociedad INVERSIONES SAN ALFONSO LIMITADA. Notif quese í al rbitro designado a fin de que acepte del cargo y presteá juramento, conforme a derecho. El Sr. rbitro designado tendr el plazo m ximoá á á de dos a os para evacuar su encargo, contado desde su aceptaci n.ñ ó 2.- Que cada una de las partes pagar sus costas. Reg strese electr nicamente, notif quese a las partes y arch vese, ení ó í í su oportunidad. Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ Código: NSCWXGHMVRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:gmarin@tomasello.cl En Vi a del Marñ , a veintiuno de Julio de dos mil veintitr sé , se dio cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Código: NSCWXGHMVRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en ht

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FOJA: 9 .- nueve .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2543-2023 CARATULADO : COLLADO/COLLADO Vi a del Marñ , veintiuno de Julio de dos mil veintitr sé Visto y considerando: Primero: Que por solicitud de fecha 07 de junio de 2023, folio 1, comparece Mauricio Daza Carrasco, abogado, en representaci n de ó Karim Maria Collado Marinovic, ambos do

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