CABELLO/CONSTRUCTORA UPC S.A
Rol
O-5311-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 23-4-0502247-8 RIT O-5311-2023 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANIELA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 11:32 HORAS HORA DE TERMINO 12:47 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340502247-8-1349-231205-00 N° CUSTODIA ASIGNADA 2824-2023 PARTE DEMANDANTE ALEXIS EDUARDO CABELLO CONTRERAS ABOGADO PARTE DEMANDANTE JULIO ALBERTO ÁLVAREZ CAMPOS FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRONICO PARTE DEMANDADA 1. CONSTRUCTORA UPC S.A. (EN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANIZACIÓN) 2. UPC INSTALACIONES ELÉCTRICAS SPA ABOGADO PARTE DEMANDADA JOSÉ MANUEL SOTOMAYOR BARROS FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRONICO PARTE DEMANDADA INMOBILIARIA LO CAÑAS DOS SPA ABOGADO PARTE DEMANDADA SEBASTIÁN ALFONSO FLORES ALVARADO FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRONICO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) ESCRITOS PENDIENTES X LLAMADO EXTRAORDINARIO A CONCILIACION X CONCILIACION PARCIAL X DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Escritos pendientes: Al escrito acompaña documentos de la parte demandada Inmobiliaria Lo Cañas Dos SpA: Téngase presente. Al escrito delega poder de la parte demandada Inmobiliaria Lo Cañas Dos SpA: Téngase presente. Al escrito delega poder de la parte demandante: Téngase presente. Llamado a conciliación: Se deja constancia que se alcanzó conciliación parcial respecto de la parte demandante y demandada INMOBILIARIA LO CAÑAS DOS SPA, la cual se adjuntará al final de la presente acta. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Carta de aviso de término de contrato de fecha 31 de mayo de 2023. 2. Contrato de trabajo de fecha 02 de marzo de 202
Fundamentos
fundamentos de la demanda, ofrece pagar al demandante, don ALEXIS EDUARDO CABELLO CONTRERAS, C.I. N°19.921.535-3, la suma única y total de $922.686 (novecientos veintidós mil seiscientos ochenta y seis), monto que se pagará a más tardar el día 22 de diciembre de 2023, mediante transferencia electrónica o depósito a la cuenta bancaria del abogado patrocinante de la parte demandante, don MATÍAS HORACIO NOVOA CARBONE, C.I. N°16.097.411-7, cuenta corriente N°80-16914-0, del Banco Santander, correo electrónico mnovoa@novoayaburto.cl. La parte demandada solidaria deberá dar cuenta del pago realizado acompañando el respectivo comprobante al Tribunal, dentro de quinto día de efectuado. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la forma en que se efectuará el pago. 3. Las partes se otorgan el más amplio, completo y recíproco finiquito respecto de la relación que las unió, haya sido ésta a cualquier título y a cualquier tiempo, declarando que nada se adeudan por concepto alguno, salvo las obligaciones que emanan de la presente conciliación. 4. En caso de no pago o retardo en el pago, las sanciones se contemplan en el artículo 468 del Código del Trabajo. El Tribunal tiene presente el acuerdo conciliatorio, otorgándole el carácter de sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que, de acuerdo a lo regulado en Decreto Económico N° 295-2023 de este Tribunal, la presente acta se firmará electrónicamente solamente por el juez que dirige la audiencia, no siendo necesaria la firma por las partes comparecientes.
Fallo
SE RESUELVE: I. Se acoge la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por ALEXIS EDUARDO CABELLO CONTRERAS en contra de la empresa CONSTRUCTORA UPC S.A. y, por tanto, se declara que el despido del demandante de 31 de mayo de 2023 es injustificado. II. Se condena a la demandada CONSTRUCTORA UPC S.A. a pagar al demandante: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $922.686. 2. Feriado correspondiente a $159.932. 3. Remuneración del mes de mayo de 2023, correspondiente a $922.686. III. De las cantidades señaladas en el punto anterior el N°3, correspondiente a la remuneración del mes de mayo de 2023 por $922.686, se da por pagado en virtud de la conciliación arribada entre el demandante y la empresa INMOBILIARIA LO CAÑAS DOS SPA. IV. Las cantidades señaladas en el N°1 y 2 del punto segundo de esta parte resolutiva de la sentencia, deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. V. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales solo en cuanto se condena a la demandada CONSTRUCTORA UPC S.A. a pagar al demandante ALEXIS EDUARDO CABELLO CONTRERAS remuneración entre el despido y la época del pago de las cotizaciones previsionales adeudadas lo que corresponderá a $861.173. VI. Se acoge la acción de declaración de unidad económica y, por tanto, se declara que la empresa CONSTRUCTORA UPC S.A. y la empresa UPC INSTALACIONES EL
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 23-4-0502247-8 RIT O-5311-2023 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANIELA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 11:32 HORAS HORA DE TERMINO 12:47 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340502247-8-1349-231205-00 N° CUSTODIA
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