1º Juzgado Civil de Valdivia

COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA (COOPEUCH)/RIVEROS

Rol

C-2367-2022

Fecha

21 de julio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Al folio 1, don Jos Ignacio M rquez Espinosa, en representaci n deé á ó COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA, COOPEUCH, persona jur dica del giro de suí denominaci n, todos domiciliados para estos efectos en calle Aldunate Nó º 719, oficina 802, Temuco, tel fono +569-56670695, coopeuch@cg.cl,é deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en de do a é ñ BLANCA CECILIA RIVEROS LOPEZ, contador, domiciliada en Las Tortolas 932 Pob./Villa Menzel de la Comuna de Valdivia, en su calidad de suscriptor del pagar en cobro.é El detalle del t tulo ejecutivo es el siguiente:í Se ala que su representado es due o del siguiente pagarñ ñ é N 202070822455, a su orden cuyo valor inicial de $6.567.907, suscrito conº fecha 20 de Julio 2020 se dividi en 60 cuotas, mensuales y sucesivas, de lasó cuales 59 ser n iguales de $162.890.- y la n mero 60 ser de $165.034.- ená ú á las que se encuentran comprendidos los intereses de 1.30% mensual, todas y cada una con vencimiento los d as 15 de cada mes, a contar del mes deí Octubre de 2020. Es del caso, que el deudor no ha dado cumplimiento a su obligaci n,ó encontr ndose impagas y en mora de pago 44 cuotas desde el d a 15 deá í febrero de 2022, lo que suma un total adeudado de $6.344.172.- Asimismo, seg n consta en el referido pagar , en caso de mora o simple retardo en elú é pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligaci n, seó considera vencido el plazo de todas las obligaciones de cr dito de dineroé que el deudor hubiere contra do con Coopeuch, pudiendo exigirse el totalí adeudado. Su representado haciendo uso de este derecho, demanda ejecutivamente el pago total del saldo adeudado que en la especie asciende por concepto capital insoluta a la suma de $6.344.172, en capital m sá intereses convencionales hasta la fecha de vencimiento, los que deben Código: TRHSXGMXERX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl capitalizarse, e intereses p

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el ejecutante pidi tener por interpuesta demandaó ejecutiva en contra de en contra de do a Blanca Cecilia Riveros Lopez, yañ individualizada, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargoó en su contra por la suma de $6.344.172, en capital m s interesesá convencionales hasta la fecha de vencimiento los que deben capitalizarse, e Código: TRHSXGMXERX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl intereses penales a contar de esta ltima fecha, hasta el d a de pago total deú í lo adeudado calculado sobre el total del capital adeudado m s los interesesá capitalizados; ordenado se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerseó entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, consta en autos, la custodia N 1.603-2022 el° Pagar (Cuotas en Pesos), Pr stamo N 202070822455, suscrito por laé é ° ejecutado el 20 de julio de 2020, por la cantidad de capital de $6.597.9070, autorizada por el Notario P blico do a carmen Podlech Michaud. ú ñ TERCERO: El ejecutado al primer otros del folio 11, opuso lasí excepciones N 7 y N 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento° ° í ó Civil: 1.- La excepci n del N 11 del art culo 464 del C digo de Procedimientoó º í ó Civil; esto es la de concesi n de espera o prorroga de plazo", o sea, la de“ ó concesi n de espera o prorroga de plazo , la cual tiene su fundamento en“ ó ” el hecho que hace alg n tiempo arrib a un acuerdo con el ejecutivo deú é cuentas de Copeuch, en la ciudad de Valdivia, quien me afirm que meó conceder a un plazo o pr rroga `para el pago del cr dito de autos de ochoí ó é meses a partir de la fecha de interposici n de la presente demanda ejecutivaó y que como es de p blico conocimiento la pandemia afecto a cada hogar deú nuestro pa s.- Ignoro las causas reales y precisas por las cuales la contrariaí no respet su palabra, siendo sorprendido con la notificaci n del libelo deó ó autos, el cual a mi entender se ha debido a un error, y, o, una incomunicaci n entre los ejecutivos de la entidad bancaria, hecho ste queó é deber quedar meridianamente comprobado durante el t rmino de pruebaá é que SS, se sirva determinar, fundamentos todos por los cuales. 2.- La excepci n del N 7 del art culo 464 del C digo deó º í ó Procedimiento Civil; o sea, La falta de alguno de los requisitos o“ condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado . Fundo estaó ” excepci n en el hecho que la firma del suscriptor no ha sido autorizada anteó Notario P blico de conformidad a la ley. Dispone el art culo 425 del C digoú í ó Org nico de Tribunales que los notarios podr n autorizar las firmas queá á estampen en documentos privados, siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes y dejen constancia de la fecha en que Código: TRHSXGMXERX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ve

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales que cita, pide tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva en contra de don Blanca Cecilia Riveros Lopez, ya individualizada, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $6.344.172, en capital m s intereses convencionales hasta la fecha deá vencimiento los que deben capitalizarse, e intereses penales a contar de esta ltima fecha, hasta el d a de pago total de lo adeudado calculado sobre elú í total del capital adeudado m s los intereses capitalizados; ordenado se sigaá adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de todo loó adeudado, con costas. Al folio 9, con fecha 19 de enero de 2023, se notific personalmenteó al ejecutado, de la acci n ejecutiva deducida en su contra y, al folio 3 deló cuaderno de apremio se le requiri de pago.ó Al otros folio 11, el demandado principal opuso las excepciones delí N 7 y N 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.° ° í ó Al folio 16, el ejecutante evacu el traslado a las excepciones.ó Al folio 22, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba. Al folio 30, se cit a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO PRIMERO: Que el ejecutante pidi tener por interpuesta demandaó ejecutiva en contra de en contra de do a Blanca Cecilia Riveros Lopez, yañ individualizada, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargoó en su contra por la suma de $6.344.172, en capital m s intereses

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-2367-2022 CARATULADO : COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA (COOPEUCH)/RIVEROS Valdivia, a veintiuno de julio del dos mil veintitr s.é VISTOS Al folio 1, don Jos Ignacio M rquez Espinosa, en representaci n deé á ó COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA, COOPEUCH, perso

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