ROJAS/INVERSIONES E INMOBILIARIA TEUCO LIMITADA
Rol
O-738-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
Costas, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR: 1.- La existencia de la relación laboral entre las partes, función prestada por el actor con su fecha de inicio y término, lugar de la prestación de los servicios. 2.- En el evento de acreditarse la relación laboral: a.- Causal de término de la relación laboral, hechos y circunstancias y efectividad de haberse cumplido las formalidades del despido. b.- Para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, monto de la última remuneración del actor. c.- Efectividad de adeudarse feriado, en la afirmativa período y monto adeudado por este concepto. QUINTO: Que la demandante rindió la siguiente prueba PRUEBAS INCORPORADAS POR LA DEMANDANTE: DOCUMENTAL 1.- Contrato de trabajo de fecha 05 de diciembre 2013. 2.- Anexo de contrato de fecha 01 de enero 2019. 3.- Liquidación de remuneración enero 2019. 4.- Copia Sentencia causa Rit O-997-2019 Tribunal Laboral Temuco 5.- Certificación de Sentencia firme y ejecutoriada causa Rit O-997-2019, del Tribunal Laboral Temuco. 6.- Copia Sentencia causa Rit O-1155-2019 Tribunal Laboral de Temuco.- 7.- Certificado firme y ejecutoriada Sentencia causa Rit O-1155-2019 Tribunal de Laboral de Temuco. 8.- Certificado de subsidio de incapacidad laboral. TESTIMONIAL 1.- JORGE ALIRO SEPULVEDA ARTIGAS, RUT 7.871.136-1 Conductor de camión domicilio pasaje Nazaret 02271 Temuco. Fue dirigente sindical de la empresa Gracia Gross durante 14 años. Tenía relación cercana con los trabajadores. Don Bernardo Rojas trabajó de enero de 2017 a enero de 2019, era operador de maquinaria pesada, en la faena de la empresa García Gross. Bernardo tenía sueldo de $295.000 más gratificación legal $114.000 bono de experiencia $230.000 bono incentivo $80.000 y bono especial $70.000 más horas extras estaba en contacto con los trabajadores . Estuvo con licencia médica desde 22 de febrero 2019 hasta 28 de diciembre de 2022. OFICIOS Se incorporan las respuestas de los siguientes oficios: 1.- De FONASA, respecto de informe del estado de las co
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit O-738-2023 comparece doña Sofía Angélica Figueroa Mardones, abogada, domiciliada en Prefecto Ramírez N° 215 de la ciudad y comuna de Temuco, en representación según se acreditara de don BERNARDO GUILLERMO ROJAS GALAZ, Rut 5.089.143-7, domiciliado en calle Venus número 2170 Villa Galicia I de la ciudad de Temuco, y deduce demanda de cobro de prestaciones laborales, en procedimiento de aplicación general en contra de don CARLOS RENE GARCIA GROSS Rut 7.966.993-8,.- CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS LIMITADA RUT 78.868.250-6, CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS Y COMPAÑÍA LIMITADA. Rut 78.773.950- y SOCIEDAD AGRÍCOLA GANADERA Y FORESTAL GAROAGRO LIMITADA Rut 76.148.023-5, todas con domicilio comercial en calle San Martin 0887 ciudad y comuna de Temuco y su Representante Legal es don Carlos Rene García Gross con domicilio en Avda. José Rabat 9.200 Condominio Los Robles , Los Peumos casa 35 sector Chicureo comuna de Colina Región Metropolitana.- Las que se encuentran en Procedimiento concursal y el Liquidador es don NELSON NICOLAS MACHUCA CASANOVAS Rut 13.028.800-6, con domicilio en Amunategui # 277 oficina 901 Santiago., Región Metropolitana, y en contra de SOCIEDAD DE TRANSPORTES NORCAR LIMITADA Rut 79.549.700-5.-, ARRIENDO DE MAQUINARIAS Y VEHICULOS RENTA “ GAROMAQ LIMITADA” Rut 76.119.879-3.- INVERSIONES E INMOVILIARIA TEUCO LIMITADA Rut 76.546.952-k, todas con domicilio comercial en San Martin O887 de la ciudad y comuna de Temuco. El Representante Legal de todas las empresas es don CARLOS RENE GARCIA GROSS Rut 7.966.883-8, con domicilio en Avda. José Rabat 9.200 Condominio Los Robles, Los Peumos casa 35 sector Chicureo comuna de Colina Región Metropolitana.- o quien sus derechos represente en virtud del artículo 4° del Código del Trabajo, y que todos los demandados constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales de conformidad al art.3° del Código del Trabajo, según lo establecido en la sentencia dictada en los autos sobre unidad económica Rit O – 997-2019 y causa Rit O – 1155 – 2019, dictadas por el Tribunal, Laboral de Temuco, las que se encuentra firme y ejecutoriadas y se acompañan en el primer otrosí de esta presentación. Expone que su representado prestaba servicios en la empresa Constructora Carlos Rene García Gross Limitada Rut 78.868.250-6, domicilio en calle San Martin Nº 0887 de la ciudad de Temuco, y representada por don Carlos Rene García Gross, Rut 7.966.993-8, como Operador de Rodillo, desde el 1 de enero 2007, y que con fecha 22 de febrero 2019, mientras prestaba servicios para la demandada se sintió enfermo y fue atendido por un profesional de la salud quien le prescribe reposo, otorgando licencia médica y así se mantuvo hasta el 28 de diciembre 2022, lo que se acreditará en la etapa procesal correspondiente, y su representado señala que al presentarse a sus labores donde funcionaban las oficinas, estas estaban cerradas y los vecinos le informaron que l
Fallo
En mérito de lo expuesto y dispuesto en los artículos 161 inciso 1, 162, 163, 172, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas citadas, pide declarar que el inicio de la relación laboral fue el 1 de enero 2007 y que relación laboral termino el 28 de diciembre 2022, por la causal necesidades de la empresa, art. 161 N° 1 del Código del Trabajo, y ordenar a las demandadas CARLOS RENE GARCIA GROSS Rut 7.966.993-8,.- CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS LIMITADA RUT 78.868.250-6, CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS Y COMPAÑÍA LIMITADA. Rut 78.773.950- y Sociedad Agrícola Ganadera y Forestal Garoagro Limitada Rut 76.148.023-5, todas con domicilio comercial en calle San Martin 0887 ciudad y comuna de Temuco y su Representante Legal es don Carlos Rene García Gross con domicilio en Avda. José Rabat 9.200 Condominio Los Robles , Los Peumos casa 35 sector Chicureo comuna de Colina Región Metropolitana.- Las que se encuentran en Procedimiento concursal y el Liquidador es don NELSON NICOLAS MACHUCA CASANOVAS Rut 13.028.800-6, con domicilio en Amunategui # 277 oficina 901 Santiago., Región Metropolitana, y en contra de las empresas SOCIEDAD DE TRANSPORTES NORCAR LIMITADA Rut 79.549.700-5.-, ARRIENDO DE MAQUINARIAS Y VEHICULOS RENTA “ GAROMAQ LIMITADA” Rut 76.119.879-3.- INVERSIONES E INMOVILIARIA TEUCO LIMITADA Rut 76.546.952-k, todas con domicilio comercial en San Martin O887 de la ciudad y comuna de Temuco. El Representante Legal de todas las empresas es don CARLOS RE
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Temuco, cinco de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit O-738-2023 comparece doña Sofía Angélica Figueroa Mardones, abogada, domiciliada en Prefecto Ramírez N° 215 de la ciudad y comuna de Temuco, en representación según se acreditara de don BERNARDO GUILLERMO ROJAS GALAZ, Rut 5.089.143-7, domiciliado en calle Venus número 2170 Villa Gal
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