LÓPEZ/CONDOMINIO ISIDORA AGUIRRE
Rol
M-3656-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Autoriza poder: La representante legal de la demandada, doña Alejandra del Carmen Álvarez Fica, cédula de identidad 13.236.799-k, confiere patrocinio y poder verbalmente en esta audiencia al abogado don Juan José Reyes Aguilera, cédula de identidad 17.507.098-2. El Tribunal lo tiene presente. Digitalizaciones: Al escrito presentado por la demandada, se resuelve: Téngase presente la minuta y la digitalización, sin perjuicio de su ofrecimiento en su oportunidad. Contestación a la demanda: La parte demandada contesta la demanda, solicitando el rechazo de la misma, con costas, atendido los argumentos que constan en forma íntegra en el registro de audio. El Tribunal tiene por contestada la demanda. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. La parte demandada señala que no tiene ofrecimiento alguno atendido el estado financiero del condominio y la plausibilidad de la demanda. La parte demandante propone la suma de $2.300.000, en máximo seis cuotas, sin reconocimiento de relación laboral (50% del petitorio, sin nulidad y sin recargo). Luego, la demandada propone $900.000 en tres cuotas. La demandante propone $1.800.000. El Tribunal indica $1.500.000 en cinco cuotas. La demandada realiza una última propuesta de $1.200.000, lo que no es aceptado por la demandante, quien aceptaría la suma propuesta por el Tribunal. Hechos a probar: 1) Efectividad de haber prestado servicios el demandante bajo subordinación y dependencia para la demandada; fecha de inicio, labores desempeñadas, jornada de trabajo, lugar y demás estipulaciones del contrato o, en su defecto, efectividad de tratarse de un contrato civil. En la efectividad de determinarse relación laboral: 2) Remuneración percibida
Fallo
se resuelve: Téngase presente la minuta y la digitalización, sin perjuicio de su ofrecimiento en su oportunidad. Contestación a la demanda: La parte demandada contesta la demanda, solicitando el rechazo de la misma, con costas, atendido los argumentos que constan en forma íntegra en el registro de audio. El Tribunal tiene por contestada la demanda. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. La parte demandada señala que no tiene ofrecimiento alguno atendido el estado financiero del condominio y la plausibilidad de la demanda. La parte demandante propone la suma de $2.300.000, en máximo seis cuotas, sin reconocimiento de relación laboral (50% del petitorio, sin nulidad y sin recargo). Luego, la demandada propone $900.000 en tres cuotas. La demandante propone $1.800.000. El Tribunal indica $1.500.000 en cinco cuotas. La demandada realiza una última propuesta de $1.200.000, lo que no es aceptado por la demandante, quien aceptaría la suma propuesta por el Tribunal. Hechos a probar: 1) Efectividad de haber prestado servicios el demandante bajo subordinación y dependencia para la demandada; fecha de inicio, labores desempeñadas, jornada de trabajo, lugar y demás estipulaciones del contrato o, en su defecto, efectividad de tratarse de un contrato civil. En la efectividad de determinarse relación laboral: 2) Remuneración percibida por el demandante, conceptos y montos. 3) Fecha de término de la relación laboral; fecha e
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 23-4-0513100-5 RIT M-3656-2023 MAGISTRADA IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVA DE ACTAS PALOMA URZÚA OCHOA HORA DE INICIO 10:29 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:59 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 234
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