2º Juzgado de Letras de la Serena

BUSTAMANTE RODRIGUEZ CHRISTIAN ALFONSO Y OTROS CON FUNDACION EDUCACIONAL COLEGIO FRANCISCO PALAU DE

Rol

C-1123-2022

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 22 de junio de 2022, comparece don Hugo Tramujo Briosso y Joaqu n Pino Monsalve, abogados, ambos con domicilio para estos efectos ení Avenida del Mar N°3100, departamento 107, La Serena, en representaci n de donó Cristian Alfonso Bustamante Rodr guez, do a Karla Andrea Navarro Sarria, por sí ñ í y stos a su vez en representaci n de sus hijos menores Alfonsina Roberta, Cristiané ó Salvador y Alfonso Joaqu n todos Bustamante Navarro, interponiendo demanda deí indemnizaci n de perjuicios en juicio ordinario de mayor cuant a, en contra de laó í Fundaci n Educacional Colegio Francisco Palau, persona jur dica del derechoó í privado, del giro de su denominaci n, representada legalmente por don Eugenioó Patricio Cort s Caroca, se ignora profesi n u oficio, ambos con domicilio ené ó Avenida Gabriel Gonz lez Videla N°4920, en atenci n a los siguientes argumentos:á ó Como cuesti n previa se alan que don Cristian Bustamante Rodr guez y do a Karlaó ñ í ñ Navarro Sarria son convivientes civiles, y que de dicha uni n nacieron sus 3 hijosó Alfonsina Roberta, Christian Salvador y Alfonso Joaqu n, todos Bustamanteí Navarro, y que la presente acci n dice relaci n con los perjuicios causados a laó ó familia precedentemente rese ada, producto del accidente ocurrido el 03 de octubreñ de 2019 en dependencias de la instituci n demandada, el cual provoc severasó ó lesiones f sicas y psicol gicas en la ni a Alfonsina Roberta y da os materiales yí ó ñ ñ morales en todos los demandantes, por lo que estima que los actores cuentan con legitimaci n activa para accionar, todo lo cual sin perjuicio de la legitimaci n activaó ó de do a Karla Navarro Sarria, en calidad de apoderada de su hija Alfonsinañ Código: SWYVXGEXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1123-2022 Foja: 1 Roberta, para demandar bajo el estatuto de responsabilidad contractual atendido el incumplimiento por parte de la demandada del contrato de pr

Fundamentos

considerando noveno luego de establecer que el Colegio Francisco Palau no cumpli con los deberes de vigilancia y resguardo de los estudiantes, al permitir laó utilizaci n de implementos peligrosos (fuego, qu micos) y no impedir que alumnasó í de 2° a o b sico se aproximaran a una distancia tan cercana a la realizaci n delñ á ó experimento caus ndole quemaduras a tres de ellas, resuelve la aplicaci n de laá ó respectiva sanci n, consistente en una multa de 51 U.T.M., resoluci n que se ala seó ó ñ encuentra a la fecha firme y ejecutoriada. En cuanto a los da os, alegan que Alfonsina vio vulnerado su derecho a lañ integridad ps quica y f sica, al resultar ser la v ctima directa de ellos, afectando suí í í autoestima y padeciendo seg n indican, secuelas permanentes de car cter f sico,ú á í menoscabando su imagen, produciendo angustia de gran entidad, lo que podr aí afectar su vida afectiva y laboral en el futuro, adem s del estr s emocional de losá é padres, hermanos y la ni a lesionada. ñ Código: SWYVXGEXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1123-2022 Foja: 1 A continuaci n detallan una serie de circunstancias que afectan su vida diaria yó que dan cuenta del da o provocado a la menor, como el uso de productosñ bloqueadores y productos de por vida, no exposici n al sol, o de hacerlo debe seró con elementos protectores y despu s de ciertos horarios, entre otras medidas.é Asimismo recalcan el severo da o emocional sufrido por la ni a a consecuencia deñ ñ todo lo ocurrido, sumado a ello que adem s deber someterse a m ltiples cirug asá á ú í durante la etapa de crecimiento pues los injertos utilizados afectan la movilidad de su cuello; agregando que las cirug as posteriores conllevan una serie de gastos, noí contando sus representados con los recursos suficientes para solventarlos, concluyendo que en este sentido los da os son indefinidos.ñ Manifiestan que a lo anterior se suman da os psicol gicos producto de lo ocurridoñ ó que afectan sus emociones y personalidad, denotando seg n se alan ansiedad,ú ñ nerviosismo, miedo, entre otros trastornos, no pudiendo realizar actividades propias de su edad, entre las que cuentan no poder continuar en la academia de danza en la cual participaba, atendida la movilidad reducida de su cuello como tampoco cuidar su dentadura, pues la prioridad es el tratamiento de sus quemaduras. A ello se suma seg n sostienen el estr s familiar permanente a consecuencia de loú é acaecido, sumado al menoscabo patrimonial ocasionado por los gastos que sus representados debieron soportar para cubrir los tratamientos de la ni a. Alegan queñ atendido los hechos ya descritos se registr un cambio radical en la vida de laó familia, por lo que resulta pertinente la indemnizaci n de perjuicios que solicitan enó su petitoria, pues dicha indemnizaci n debe reparar todo da o sufrido por susó ñ representados y victimas del incumplimiento imputable al demandado. Sobre el da o mor

Fallo

Por estas consideraciones, y visto adem s lo dispuesto en los art culos 144, 160,á í 170 178 y 254, 384 N°2 del C digo de Procedimiento Civil; el art culo 10 deló í D.F.L. N°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°20.370 y art culos 1698, 1712 y 2314 y siguientes del C digo Civil, seí ó resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta con fecha 22 de junio de 2022, s lo en cuanto se acoge la demanda por concepto de da o emergente yó ñ moral y se condena al demandado Fundaci n Educacional Colegio Francisco Palau,ó representada en estos autos por don Eugenio Cort s Caroca a pagaré a los actores, las siguientes sumas: 1) Por concepto de da o emergente: a) la cantidad deñ Código: SWYVXGEXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1123-2022 Foja: 1 $3.276.081.- (tres millones doscientos setenta y seis mil ochenta y un pesos) a don Christian Bustamante Rodr guez por concepto de da o emergente; 2) por conceptoí ñ de da o moral: a) la cantidad deñ $15.000.000.- (quince millones de pesos) a la ni a Alfonsina Bustamante Navarro; b) la cantidad de $5.000.000.- (cinco millonesñ de pesos) al padre de la primera don Christian Bustamante Rodr guez y c) laí cantidad de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) a la madre de la primera do añ Karla Navarro Sarria, rechaz ndose en loá dem s pedido.á II.- Las sumas de dinero consignadas precedentemente, deber n ser reajustadaá conforme se es

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C-1123-2022 Foja: 1 FOJA: 79 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1123-2022 CARATULADO : BUSTAMANTE RODRIGUEZ CHRISTIAN ALFONSO Y OTROS CON FUNDACION EDUCACIONAL COLEGIO FRANCISCO PALAU DE La Serena, veinte de Julio de dos mil veintitr sé Vistos: Con fecha 22 de junio de 2022, comparece don Hugo Tramujo Briosso y Joaqu n Pino Monsalve, abo

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