CUMINAO/
Rol
V-53-2023
Fecha
22 de julio de 2023
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 31 de marzo de 2023 comparecen don SERGIO OLIVA FUENTEALBA cédula de identidad N° 7.970.611-6 y doña PAULINA SILVA TORRES cédula de identidad N° 16.908.418-1, ambos abogados, con domicilio en Av. San Martín 745, Of. 703, Temuco, en representación convencional de don JOSÉ MARCO CUMINAO CEA, cédula de identidad N° 10.840.376-4, Médico Cirujano, con domicilio en Temuco, en calle Hochstetter N° 640, departamento 504, quien solicita se admita la información para perpetua memoria, de los testigos que indica fundada en los antecedentes que expone en los siguientes términos: “Que en la representación hecha saber, venimos en solicitar a US., se acoja a tramitación para Información para Perpetua Memoria la declaración de testigos que más adelante se indican, a fin de acreditar los hechos que a continuación se exponen: 1. Que desde el 01 de abril del 1995 a 31 de marzo del año 2001 nuestro representado, don José Cuminao, prestó servicios en forma continua y permanente en el Hospital de Cunco, dependiente del Servicio de Salud Araucanía Sur, desempeñando el cargo de Médico General de Zona 44 hrs. 2. Que, por el sistema de funcionamiento del Hospital de Cunco en esa época y sumado a ello, la falta de disponibilidad de médicos en dicho Hospital, y a la necesidad de cubrir los turnos correspondientes por disposición de la autoridad de la época, debió asumir las obligaciones funcionarias de cumplir un sistema de rotativa de turno en el Servicio de Urgencia del Hospital, que consistía en realizar un turno de 24 horas y cada 6 días, incluyendo sábados, domingos y festivos, el cual, el Dr. Cuminao desempeñó, desde el 01 de abril del 1995 hasta el 31 de marzo del 2001, en forma permanente y continua por todo el lapso de tiempo señalado precedentemente. 3. Así, los testigos con sus declaraciones acreditarán que durante el período antes mencionado recibió íntegramente todas sus remuneraciones y realizó todos los turnos de residencia de 24 horas y cada 6 días, incluyendo
Fundamentos
CONSIDERANDO: El mérito de autos, los antecedentes tenidos a la vista y lo dispuesto en los artículos 384 n°2, 817 y 909 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
POR TANTO: De acuerdo a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; ROGAMOS A US., se sirva admitir a tramitación esta solicitud de Información para Perpetua Memoria, a fin de establecer los turnos de residencia de 24 horas y cada 6 días, incluyendo sábados, domingos y festivos, desde el 01 de abril del 1995 hasta el 31 de marzo del 2001, por un total de 6 años continuos, efectuados por nuestro representado”. Con fecha 27 de abril de 2023, a folio 7 de autos, consta información sumaria de testigos, que contó con las siguientes declaraciones: I.- Comparece el testigo doña MARGOT ADELINA ACUÑA SAN MARTIN, médico cirujano de especialidad Ginecología, cédula de identidad N° 11.604.073-5, domiciliada en Avenida Las Encinas N°02654, comuna de Temuco, y para estos efectos, además en Av San Martín 745, Of. 703, Temuco, quien expone: “Es efectivo que don JOSÉ MARCO CUMINAO CEA prestó servicios en forma continua y permanente desde el 01 de abril de 1995 a 31 de marzo del año 2001, en el hospital de Cunco, dependiente del servicio de Salud Araucanía Sur, desempeñando el cargo de médico General de Zona 44 hrs, a la semana, esto me consta porque yo también me desempeñé, en mi calidad de médico, en el Hospital de Cunco, yo llegue en el año 1997 y mi cargo era de Médico general de Zona 44 hras. En dicho establecimiento y también ejercía funciones como Jefe de turno, todo esto hasta principios del año 2000. Cuando llegué el Dr. Cuminao ade
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-53-2023 CARATULADO : CUMINAO/ Temuco, veintid s de Julio de dos mil veintitr só é VISTOS: Con fecha 31 de marzo de 2023 comparecen don SERGIO OLIVA FUENTEALBA cédula de identidad N° 7.970.611-6 y doña PAULINA SILVA TORRES cédula de identidad N° 16.908.418-1, ambos abogados, con domicilio en Av. San Martín 745, Of. 7
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