GONZÁLEZ/ACEITÓN
Rol
O-6594-2023
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y dictar sentencia. TRIBUNAL: Se accede a lo solicitado y no habiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se procede a dictar sentencia enero le siguiente tenor: SENTENCIA: Santiago, uno de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que comparece don Yan Osvaldo González Carrasco, Rut 7.628.093- 2, con domicilio para estos efectos en huérfanos 714, oficina 113, Santiago, a US., quine interpone demanda por Acción de Declaración de relación Laboral, Despido Injustificado, Nulidad del Despido y cobro de Prestaciones, en procedimiento ordinario, en contra de Jaime Aceitón Vásquez, RUT: : 7.810.563-1, con domicilio para estos efectos en Avenida San Martin 425 comuna de QUILICURA. Resolutiva:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 162, 168 y siguientes, 420 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda de declaración de existencia de la relación laboral, despido injustificado, continuidad laboral, nulidad del despido y cobro prestaciones deducida por don Yan Osvaldo González Carrasco en contra de don Jaime Aceitón Vásquez declarándose que existía una relación laboral entre ambos entre el día 1 de agosto del 2003 al 31 de julio del 2023, fecha esta última en que el actor fue despedido en forma verbal. II.- Se declara que el despido del actor es injustificado y nulo condenándose al demandado don Jaime Vázquez al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. La suma de $440.000, por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. b. La suma de $4.840.000, concepto de indemnización de 11 años de servicio incrementada en un 50% en la suma de $2.420.000 de acuerdo establece un artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. c. La suma de $616.000, concepto de compensación de 42 días de feriado legal entre octubre del año 2020 a octubre del año 2022. d. La compensación de $234.666, correspondiente a 16 días de feriado proporcional devengados entre octubre del 2022 a Julio del año 2023. e. Que se ordena hacer el pago de las cotizaciones previsionales de seguridad social en la AFP Capital signadas como adeudas en el considerando quinto de esta sentencia sobre la bas
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 01/12/2023, Santiago RUC 23- 4-0515454-4 RIT O-6594-2023 CARATULADO González/Aceitón MAGISTRADO José Alfredo Briones Escobar ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 10:34 HORA DE TERMINO 11:08 SALA 3.1 virtual (3.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 2340515454-4-134
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