2º Juzgado Civil de Valparaíso

SCOTIABANK CHILE S. A./REYES

Rol

C-1002-2023

Fecha

19 de julio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio N 1, comparece don Sergio V liz Z iga, abogado, en° é úñ representaci n convencional y como mandatario judicial de Scotiabankó Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es don Diegoó Patricio Masola, contador p blico, quien deduce demanda ejecutiva enú contra de do a Alda Aurelia Reyes Cano, ignora actual profesi n. ñ ó En el folio N 6, se notifica legalmente la demanda a la demandada.° En el folio N 7, la demandada opone a la ejecuci n las excepciones° ó del art culo 464, n meros 7, 9 y 11, del C digo de Procedimiento Civil.í ú ó En folio N 12, consta que el ejecutante evacua el traslado a las° excepciones opuestas. En folio N 13, se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparecen don Sergio V liz° é Z iga, abogado, en representaci n convencional y como mandatarioúñ ó judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es don Diego Patricio Masola, contador p blico, ambos domiciliadosú en Avenida Costanera Sur N 2.710 Torre A, comuna de Las Condes° Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do a Alda Aureliañ Reyes Cano, ignora actual profesi n, domiciliada en calle Aldunate Nó ° 1620, departamento 501, comuna de Valpara so, Quinta Regi n.í ó Se ala que, su representado es due o y titular del pagar , suscrito enñ ñ é calidad de deudor directo, por do a Alda Aurelia Reyes Cano, yañ individualizada. Pagar en cuotas N 710130203989, suscrito por la deudora, coné º fecha 26 de mayo del a o 2022, por la suma de $13.120.133 (trece millonesñ ciento veinte mil ciento treinta y tres pesos), por concepto de capital. Dicha cantidad de dinero, declar recibirla en pr stamo y se oblig laó é ó deudora a pagarla, en setenta y dos cuotas mensuales y sucesivas por la suma de $267.964 (doscientos sesenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro pesos), por cada una de las cuotas N 1 a la 71 ambas inclusive, yº una ltima cuota N 72, por un monto de $272.511(doscientos setenta y dosú º mil quinientos once pesos), venciendo la primera de ellas el d a 14 de julioí del a o 2022 y las restantes, sucesivamente, los d as 14 de cada uno de losñ í meses siguientes. Se estableci en el pagar que ste devengar a intereses sobre eló é é í capital adeudado, desde la fecha de emisi n y hasta la fecha de vencimiento,ó Código: YLKXGXBQXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con tasa igual a 1,1% mensual, el cual se encuentra incorporado en el valor final de cada cuota. Los intereses que no se pagaren en su respectivo vencimiento o renovaci n, se capitalizar n de conformidad a las pertinentes normasó á legales. Se pact en el pagar , que el no pago ntegro y oportuno de una oó é í m s cuotas del capital y/o intereses del presente pagar , facultar a alá é í demandante, para poder exigir de inmediato, como si fuere de plazo vencido, el saldo total insoluto de la obligaci n que estuviere pendiente, eló cual devengar a desde el d a de la mora o simple retardo, y hasta la fechaí í de su total pago, intereses con tasa m xima convencional.á La deudora, no pag el pagar desde la cuota, cuyo vencimientoó é ocurri el d a 14 de diciembre del a o 2022, adem s de todas las cuotasó í ñ á sucesivamente siguientes a contar de dicha fecha y hasta el d a de hoy.í En consecuencia, su parte tiene derecho a hacer uso de cualquiera de las cl usulas de aceleraci n antes indicadas, por lo que, por medio de laá ó presentaci n de la demanda y s lo con fecha de su notificaci n, viene enó ó ó hacer exigible el saldo total del capital insoluto de la deuda, que, al d a 14í de diciembre del a o 2022, ascend a a la suma de $12.599.115

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparecen don Sergio V liz° é Z iga, abogado, en representaci n convencional y como mandatarioúñ ó judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es don Diego Patricio Masola, contador p blico, ambos domiciliadosú en Avenida Costanera Sur N 2.710 Torre A, comuna de Las Condes° Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do a Alda Aureliañ Reyes Cano, ignora actual profesi n, domiciliada en calle Aldunate Nó ° 1620, departamento 501, comuna de Valpara so, Quinta Regi n.í ó Se ala que, su representado es due o y titular del pagar , suscrito enñ ñ é calidad de deudor directo, por do a Alda Aurelia Reyes Cano, yañ individualizada. Pagar en cuotas N 710130203989, suscrito por la deudora, coné º fecha 26 de mayo del a o 2022, por la suma de $13.120.133 (trece millonesñ ciento veinte mil ciento treinta y tres pesos), por concepto de capital. Dicha cantidad de dinero, declar recibirla en pr stamo y se oblig laó é ó deudora a pagarla, en setenta y dos cuotas mensuales y sucesivas por la suma de $267.964 (doscientos sesenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro pesos), por cada una de las cuotas N 1 a la 71 ambas inclusive, yº una ltima cuota N 72, por un monto de $272.511(doscientos setenta y dosú º mil quinientos once pesos), venciendo la primera de ellas el d a 14 de julio

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1002-2023. CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S.A./REYES. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Valpara so, diecinueve de julio de dos mil veintitr s.í é VISTO: En el folio N 1, comparece don Sergio V liz Z iga, abogado, en° é úñ representaci n convencional y como mandatario judicial de Scotiabankó Chile, sociedad an nim

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