AFP PROVIDA S.A./VILCHES
Rol
O-7918-2022
Fecha
1 de diciembre de 2023
Materia
Desafuero Sindical
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que comparece Alfredo Valdés Rodríguez, abogado, domiciliado en Huérfanos 1117, oficina 716, Santiago, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A., sociedad del rubro de su denominación, con domicilio en Avda. Pedro de Valdivia N°100, comuna de Providencia, Santiago, quien interpone demanda de desafuero, en contra de JAVIERA MAGDALENA VILCHES VERDEJO, cédula nacional de identidad N°19.523.414-0, agente de ventas, domiciliada en calle Australia Nº2287, comuna de Conchalí, ciudad de Santiago, solicitando autorización para proceder a su despido, por cuanto goza de fuero laboral con motivo de una negociación colectiva en curso y ha incurrido en las causales de caducidad del contrato de trabajo, contempladas en los artículos160 Nº7 y 159 N°6, ambos del Código del Trabajo, esto es, “Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo” y “Caso fortuito o fuerza mayor”. Explica que la demandada se desempeña para su representada como agente de ventas de servicios previsionales y de ahorro (código PR 157552-K) desde el 8 de noviembre 2021, en virtud de un contrato a plazo indefinido, por el cual recibe una remuneración fija y otra variable, proveniente de comisiones que se detallan en el contrato de trabajo respectivo y la comisión por traspaso de afiliados de otras administradoras a AFP Provida S.A. Señala que la demandada se encuentra afiliada al SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A., el que actualmente se encuentra en proceso de negociación colectiva con su representada y por ende la actora se ve beneficiada con el fuero laboral otorgado por el artículo 309 del Código del Trabajo. Asevera que entre la labor primordial de la demandada en su calidad de agente de ventas, es obtener que trabajadores que se encuentren afiliados a otras AFP ingresen a Provida, lo cual se realiza formalmente mediante la suscripción de un documento denominado "orden de traspaso irrevoca
Fallo
Por estas consideraciones y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos Por estas consideraciones, normas legales citadas y de acuerdo con lo previsto en los artículos 174, 201,159, 160, 453, 454, 456, 458 y 459 del Código del Trabajo se DECLARA: I.- Que se rechaza la acción por desafuero intentada por por ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A. en contra de JAVIERA MAGDALENA VILCHES VERDEJO. II.- Que cada parte soportará sus costas. RIT : O-7918-2022 RUC : 22- 4-0449596-1 Pronunciada por don JOSÉ ALFREDO BRIONES ESCOBAR, Juez Interino del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a uno de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, uno de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Que comparece Alfredo Valdés Rodríguez, abogado, domiciliado en Huérfanos 1117, oficina 716, Santiago, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A., sociedad del rubro de su denominación, con domicilio en Avda. Pedro de Valdivia N°100, comuna de Providencia, Santiago,
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