RETAMALES/ARRIAGADA
Rol
C-4919-2021
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: El 11 de febrero de 2022, a folio 1 del cuaderno principal, comparece don Carlos Gatica Illanes, abogado, en representaci n de don ó Luis Rodrigo Retamales Mu ozñ , electricista, domiciliado en Casablanca, Calle uno N 170, en autos Rol ° C-4919-2021, caratulados “Retamales/Arriagada ,” sobre medida prejudicial precautoria, quien en lo principal interpone recurso de reposici n en contra de la resoluci n de 9 deó ó febrero de 2022, de folio 16 del cuaderno de medida prejudicial, fundado en que pese a no estar notificada la medida prejudicial de prohibici n deó celebrar actos y contratos sobre el bien ra z inscrito a nombre de laí demandada do a ñ Ruth Arriagada, cumpli con su obligaci n de presentaró ó la demanda mencionada en la gesti n inicial de este procedimiento, enó cumplimiento de lo dispuesto en el art culo 280 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Por ello, estima que corresponde proveer el escrito presentado el 18 de enero de este 2021, teniendo por presentada la demanda dentro de plazo. En el primer otros , en subsidio, interpone demanda deí indemnizaci n de perjuicios por da o extracontractual en contra de do aó ñ ñ Ruth Del Transito Arriagada Arriagada, domiciliada en Los Arc ngelesá N 1294, Villa Don Enrique II, Rancagua, solicitando se condene a la° demandada a reparar los da os morales que sufri su representado, donñ ó Luis Rodrigo Retamales Mu ozñ , los cuales surgen de una denuncia calumniosa que hizo do a Ruth a comienzos del 2018. Dicha denunciañ consisti en imputar al demandante el delito de apropiaci n indebida,ó ó Código: ESXPXGZXYMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 precisamente de haberse apropiado de un veh culo perteneciente a do aí ñ Ruth, lo cual como demostrar , fue completamente falso, demostrandoá adem s el nimo doloso de dicha denuncia. Refiere que mediante escrituraá á privada de 28 de marzo de 2017, cuyas firmas fueron autorizadas ante don Edu
Fundamentos
considerando que el demandante ten a el veh culo en su poder, comenz aí í ó llamarlo por tel fono, sin obtener respuesta alguna. La nica vez que pudoé ú tomar contacto con el mismo, ste le contest de mala manera, haciendoé ó mofa que ahora que estaba viuda no ten a quien la protegiera yí desentendi ndose absolutamente de sus obligaciones pendientes. As lasé í cosas, requiri la devoluci n del veh culo y dejar sin efecto el contrato,ó ó í incluso sin hacer efectiva la cl usula penal establecida en punto sexto delá contrato de promesa de compraventa, siempre con la delicadeza y cuidado que se trataba del pariente de su pareja y con todo el dolor que para ella significaba en ese momento de aflicci n, sin obtener ninguna respuesta poró parte del ahora demandante. En tal sentido, indica que para prevenir un mal mayor, pues el veh culo segu a a su nombre lo cual su responsabilidadí í frente a cualquier accidente que pudiera sufrir, como no le hab an pagadoí Código: ESXPXGZXYMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 el precio total de la compraventa y frente a la nula respuesta a sus requerimientos de devoluci n de la especie, entendi que se configuraba eló ó delito de apropiaci n indebida de su veh culo y realiz la respectivaó í ó denuncia, citando el art culo 470 N 1 del C digo Penal. Agrega que aunadoí ° ó al sufrimiento que le hab a ocasionado esta situaci n, considerando aunqueí ó el tipo penal materia de la denuncia se cumpl a a cabalidad y la autor a delí í denunciado estaba acreditada y siempre con el prop sito de no perjudicar aló pariente de su pareja reci n fallecida, no quiso reclamar o apelar de laé decisi n de sobreseimiento y tampoco present querella criminal o contrató ó ó alg n abogado que la asesorara en materia penal, pues entend a que laú í situaci n se hab a resuelto y que podr a volver a conversar con eló í í demandante, a los efectos de resolver de mutuo acuerdo el contrato de promesa de compraventa y ver la situaci n de los dineros entregados y laó multa estipulada en el mismo instrumento, lo cual nunca sucedi Se ala queó ñ resulta del todo improcedente el cobro de una indemnizaci n de perjuiciosó por responsabilidad extracontractual por el simple hecho de haber ejercido una acci n penal; que el actor en ninguna parte dice como llega a las cifrasó demandadas; que entiende que fue objeto de un control de identidad y puesto en libertad de inmediato, previo comiso del veh culo, pero no fueí objeto de un control de detenci n ante el Juzgado de Garant a, por lo queó í no entiende qu tanta aflicci n pudo acarrearle, adem s que ni siquieraé ó á indica la fecha en que habr a ocurrido este evento. í En el primer otros contesta la demanda de resoluci n de contratoí ó con indemnizaci n de perjuicios, solicitando su total rechazo, con costas.ó Sostiene que no son efectivos los hechos se alados en la demanda, siendo elñ demandante quien deber acreditarlos en todos su
Fallo
Por lo expuesto, y previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de indemnizaci n de perjuicios en sede extracontractual, en contraó de do a ñ Ruth Del Transito Arriagada Arriagada, ya individualizada, conden ndola al pago de la suma de $38.000.000.- (treinta y ocho millonesá de pesos), por lo da os ya mencionados, con costas.ñ En el segundo otros , conjuntamente con su acci n principal,í ó interpone demanda de resoluci n de contrato con indemnizaci n deó ó perjuicios, en contra de do a ñ Ruth Del Transito Arriagada Arriagada, ya individualizada, citando el mismo contrato individualizado en lo principal, se alando que como consta en la cl usula tercera de dichoñ á contrato, la demandada hizo a su representado entrega material del veh culo que se prometi vender, en tanto el promitente comprador,í ó anticipando el pago del precio de la compraventa, entreg en dichoó momento $5.000.000.- (cinco millones de pesos) en efectivo, y adem sá Código: ESXPXGZXYMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 entreg doce cheques del Banco de Chile por la suma de $400.000.-ó (cuatrocientos mil pesos) cada uno, cuyo titular es Jorge Gonz lezá Retamales. Adem s, 10 de dichos cheques fueron cobrados, enterando hastaá hoy en d a efectivamente un total de $9.000.000.- (nueve millones de pesos)í ya pagados, y adem s contando la demandada con 2 cheques por laá cantidad sobrante, con la correspondiente acci n ej
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 105 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-4919-2021 CARATULADO : RETAMALES/ARRIAGADA Rancagua, dieciocho de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: El 11 de febrero de 2022, a folio 1 del cuaderno principal, comparece don Carlos Gatica Illanes, abogado, en representaci n de don ó Luis Rodrigo Retamales Mu ozñ , electricista, do
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