BANCO SANTANDER- CHILE/SG ELECTRICA LIMITADA
Rol
C-15612-2022
Fecha
19 de julio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece Rodrigo Ram rez Le n, abogado, mandatario judicialí ó y en representaci n del Banco Santander-Chile, sociedad an nima bancaria,ó ó representada legalmente por Rom n Blanco Reinosa, en calidad de gerente general,á ingeniero civil, ambos domiciliados en Bandera N 140, comuna de Santiago e interponeº demanda ejecutiva en contra de la sociedad SG El ctrica SpA, ignora giro, representadaé por Juan Enrique Orellana Ibarra y Susana Isabel Gaete Godoy, ignora profesiones u oficios, en calidad de deudor principal, y en contra de estos ltimos en calidad deú avalistas, fiadores y codeudores solidarios, todos domiciliados en Los Canelos N 80 y/o° en Los Zorzales 788, ambos de la comuna de San Bernardo, a fin de que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo, por la suma de $63.631.509, m s intereses,ó á reajustes y costas. Expone que la Sociedad SG El ctrica SpA, suscribi con fecha 24 de enero deé ó 2019, el Pagar Corfo Inversi n y Capital de Trabajo N 420018951915, a la orden delé ó ° Banco Santander- Chile, por la suma, en capital de $75.899.926, valor de un pr stamoé que recibi en moneda nacional, pagadero en 47 cuotas, iguales mensuales y sucesivas,ó con vencimiento los d as 4 de cada mes, de $ 1.966.104, cada una de ellas. La primeraí cuota venc a el d a 4 de marzo de 2019 y la ltima, el 4 de enero de 2023, m s unaí í ú á ltima cuota n mero 48 por la suma de $ 1.966.075, con vencimiento el 6 de febrero deú ú 2023. Indica que se estipul en el pagar que la suma prestada devengar a un inter só é í é del 0,9 % mensual, calculado en base a meses de 30 d as y por el n mero de d así ú í efectivamente transcurridos, y que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligaci n, se devengar un inter s penaló á é igual al inter s m ximo convencional permitido por la ley a la fecha de otorgamiento deé á dicho pagar o a la poca de la mora o retardo, cualquiera de los dos que sea el m sé é á alto
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 delá í C digo Civil, art culos 401 y 405 del C digo Org nico de Tribunales; art culos 144, 160,ó í ó á í 170, 254, 346 N 3, 434, 464 N 7 y 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil se° ° ó declara: I.- Que, se rechaza la excepci n del N 7 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil opuesta por el demandado y, en consecuencia, se ordena seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de la obligaci n que seó ó cobra en estos autos, m s los intereses pactados, seg n liquidaci n que practicar laá ú ó á se ora Secretaria del Tribunal.ñ II.- Que, no se condena en costas a la parte ejecutada, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. III.- Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Código: NKBBXGPXXCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15612-2022 Foja: 1 Rol N C-15612-2022º Dictada por Rommy M ller Ugarte, Juez Titular del Sexto Juzgado Civil deü Santiago. Autoriza Mar a Moya G mera, Secretaria Subrogante del Sexto Juzgado Civil deí ú Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Julio de dos mil veintitr s.-é Código: NKBBXGPXXCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-19T13:26:25-0400
Texto Completo (Preview)
C-15612-2022 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15612-2022 CARATULADO : BANCO SANTANDER- CHILE/SG ELECTRICA LIMITADA Santiago, diecinueve de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, a folio 1, comparece Rodrigo Ram rez Le n, abogado, mandatario judicialí ó y en representaci n del Banco Santander-Chile, sociedad an nima banca
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