PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./DÍAZ
Rol
C-11707-2022
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 compareci Gonzalo Salgado Barros, abogado, conó domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949,’ º oficina 1901, comuna y ciudad de Santiago, en representaci n judicial deó Promotora CMR Falabella, sociedad comercial, de giro emisi n deó tarjetas de cr ditos y la realizaci n de todas las actividades y operacionesé ó complementarias del giro principal, representada convencionalmente por Gast n Bottazzini, economista y Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingenieroó civil, todos ellos domiciliados en Paseo Moneda N 970, piso 18, de laº misma comuna y ciudad anterior, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de Ximena Catalina Diaz Luna, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en Choshuenco 1390, Departamento J 42, comuna de La Granja de esta ciudad. A folio 7 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 8 compareci el ejecutado, quien dentro de plazo, opuso a laó ejecuci n las excepciones contenidas en los numerales 7 , 2, 9 y 11 , todasó ° ° ° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 19 se tuvieron por opuestas las excepciones, confiri ndoseé traslado de ellas al ejecutante. A folio 20 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueseó conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas. Código: NFBLXGXXXHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11707-2022 Foja: 1 A folio 21 se tuvo por evacuado el traslado de la ejecutante en rebeld a por extempor neo. A su vez se declararon admisibles lasí á excepciones y se recibi la causa a prueba por el tiempo legaló correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos sobre los cuales debi recaer; resoluci n interlocutoria deó ó prueba que consta notificada a las partes a folios 22 y 23. A folio 25 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y
Fundamentos
Considerando: Primero: Que compareci Gonzalo Salgado Barros, abogado, conó domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949,’ º oficina 1901, comuna y ciudad de Santiago, en representaci n judicial deó Promotora CMR Falabella, sociedad comercial, de giro emisi n deó tarjetas de cr ditos y la realizaci n de todas las actividades y operacionesé ó complementarias del giro principal, representada convencionalmente por Gast n Bottazzini, economista y Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingenieroó civil, todos ellos domiciliados en Paseo Moneda N 970, piso 18, de laº misma comuna y ciudad anterior, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de Ximena Catalina Diaz Luna, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en Choshuenco 1390, Departamento J 42, comuna de La Granja de esta ciudad, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $4.334.002.-; requerir de pago a la deudora y en caso de no verificarse el pago al requerimiento, se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pago a su representado del capital, interesesó y costas. Expuso que su representado es due o de un pagar por la suma deñ é $4.334.002.- por concepto de capital, con vencimiento el d a 11 de agostoí de 2022, suscrito por Sociedad Servicios de Evaluaciones y Cobranza Sevalco Limitada, a trav s de sus mandatarios y en representaci n de laé ó ejecutada. Es del caso se alar que el documento ten a su vencimiento al 11 deñ í agosto del 2022 por un monto de $4.334.002.- por concepto de capital, fecha en la cual el deudor no realiz el pago, encontr ndose
Fallo
se declararon admisibles lasí á excepciones y se recibi la causa a prueba por el tiempo legaló correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos sobre los cuales debi recaer; resoluci n interlocutoria deó ó prueba que consta notificada a las partes a folios 22 y 23. A folio 25 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Gonzalo Salgado Barros, abogado, conó domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949,’ º oficina 1901, comuna y ciudad de Santiago, en representaci n judicial deó Promotora CMR Falabella, sociedad comercial, de giro emisi n deó tarjetas de cr ditos y la realizaci n de todas las actividades y operacionesé ó complementarias del giro principal, representada convencionalmente por Gast n Bottazzini, economista y Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingenieroó civil, todos ellos domiciliados en Paseo Moneda N 970, piso 18, de laº misma comuna y ciudad anterior, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de Ximena Catalina Diaz Luna, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en Choshuenco 1390, Departamento J 42, comuna de La Granja de esta ciudad, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $4.334.002.-; requerir de pago a la deudora y en caso de no verificarse el pago al requerimiento, se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pago a su representado del capital, interesesó y costas. Expuso que su representado es due o de un pagar
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C-11707-2022 Foja: 1 FOJA: 18 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11707-2022 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./D AZÍ Santiago, dieciocho de Julio de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 compareci Gonzalo Salgado Barros, abogado, conó domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949,’ º oficina 1901, comuna y ciudad de Sa
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