Juzgado de Letras de Peñaflor

ESPINOZA/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE PADRE HURTADO

Rol

C-345-2023

Fecha

17 de julio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, don Joaqu n Espinoza C ceres,í á comerciante, domiciliado en Francisco Leyton Blest N 759, comuna de Talagante, deduce demanda de prescripci n° ó extintiva de acci n de cobro de permisos de circulaci n, en contra de la ó ó Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, representada legalmente por su Alcalde don Felipe Luis Mu oz Heredia, funcionario p blico, ambos domiciliados en calle Camino añ ú Melipilla N 3295, la comuna de Padre Hurtado.° Argumenta ser due o del veh culo marca Volkswagen, modelo Bora Trendlineñ í Sky 2.0, a o 2014, placa patente GFJF-44-2, que presenta una deuda de $1.409.238,ñ correspondiente al periodo comprendido entre el a os 2016 a 2022.ñ Sostiene que el plazo de prescripci n es de tres a os respecto de todas lasó ñ obligaciones objeto de esta acci n conforme a lo dispuesto en el art culo 2521 deló í C digo Civil, y refiere que atendido el tiempo transcurrido y la inactividad de la Ilustreó Municipalidad de Padre Hurtado en el cobro de dicho impuesto municipal, en derecho, procede se declare la prescripci n de las acciones de cobro y el derecho de percibiró dichos tributos, por concepto de permiso de circulaci n respecto del autom vil antesó ó individualizado, por los periodos desde el a o 2016 a 2022, de conformidad a lasñ disposiciones que indica, por lo que solicita que se declare la prescripci n extintiva de losó permisos de circulaci n adeudados correspondientes desde el a o 2016 en adelante,ó ñ sobre el veh culo, con intereses, reajustes y/o multas.í A folio 13, consta la contestaci n de la demanda por parte del municipio deó Padre Hurtado, allan ndose a la misma respecto de los periodos que van entre los a osá ñ 2016 y 2020. En el primer otros de la misma presentaci n, acciona reconvencionalmente deí ó cobro de pesos, solicitando que en definitiva se condene al demandado reconvencional, don Joaqu n Espinoza C ceres, a pago de $í á 378.600, por concepto de deuda por permisos de circulaci n en relaci n al veh culo placa pa

Fundamentos

CONSIDERANDO: En cuanto a la demanda principal: PRIMERO: Que, el art culo 12 del Decreto Ley N 3.063 de 1979 sobre Rentasí ° Municipales, dispone que los veh culos que transitan por las calles, caminos y v así í p blicas en general, estar n gravados con un impuesto anual por permiso de circulaci n,ú á ó a beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva. De esta manera, al tratarse de tributos que impone el Estado en virtud de su potestad tributaria, resulta aplicable el t rmino de prescripci n establecido en el art culoé ó í 2521 del C digo Civil, esto es, el trascurso de tres a os exigido para la prescripci n deó ñ ó las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. SEGUNDO: Que conforme a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil,í ó la carga procesal de acreditar la existencia y extinci n de la obligaci n cuya prescripci nó ó ó se solicita declarar, corresponde a la demandante, quien al efecto acompa a folio 1,ñó prueba documental no objetada dentro de la oportunidad legal, consistente en copia de certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo placa patente nicaó í ú GFJF.44-2, propietario Joaqu n Antonio Espinoza C ceres, copia de tres comprobantesí á de pago de permiso de circulaci n y copia de Certificado N 4/2023, emitido por eló ° Director de Tr nsito de la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, respecto del veh culoá í marca Volkswagen, modelo Bora Trendline Sky 2.0, a os 2014 de propiedad de donñ Joaqu n Espinoza C ceres.í á La demandada y demandante reconvencional, por su parte, acompa copia deñó Certificado N 11/2023, emitido por el Director de Tr nsito de la Ilustre Municipalidad° á de Padre Hurtado, respecto del veh culo marca Volkswagen, modelo Bora Trendline Skyí 2.0, a os 2014 de propiedad de don Joaqu n Espinoza C ceres.ñ í á TERCERO: Que de los documentos acompa ados por la demandante, unidos añ aquel que adjunt la parte demandada, se encuentra acreditada la deuda respecto deló veh culo por el que se demanda, as como la legitimaci n activa de la demandante paraí í ó interponer la acci n de que se trata.ó Que de los mismos documentos se establece que la demandante adeuda por concepto de permisos de circulaci n a la parte demandada aquellos que corresponden aó los a os 2016 a 2023.ñ CUARTO: Que correspondiendo el permiso de circulaci n al impuesto anual,ó aparece que desde la fecha en que se hicieron exigibles los permisos de circulaci nó correspondientes a los a os 2016 a 2020, ambos inclusive, hasta la fecha de notificaci nñ ó de la demanda, el 4 de abril de 2023, ha transcurrido el plazo de 3 a os que establece elñ Código: WBMXXGXXNXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 art culo 2521 ya citado, por lo que atendido lo se alado, unido al allanamiento de laí ñ parte demandada, se acoger la demanda respecto de los per odos se alados de la formaá í ñ en que se se a

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Joaqu n Espinoza C ceresí á contra la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, en cuanto se declara que se encuentra prescrita la acci n para el cobro de los permisos de circulaci nó ó correspondientes a los a os 2016 a 2020, ambos inclusive, respecto del veh culoñ í marca Volkswagen, modelo Bora Trendline Sky 2.0, a o 2014, ñ placa patente GFJF-44-2, así como tambi n las referentes a multas, intereses, reajustes o todo otro monto que lesé accedan, por dichos periodos. II.- Que se acoge la demanda reconvencional, y en consecuencia, se condena a don Joaqu n Espinoza C ceres,í á a pagar a la demandante reconvencional, Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, la suma demandada, de $378.600, por concepto de deuda de permisos de circulaci n por los periodos de 2021 a 2023, ambos incluidos.ó III.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol: C-345-2023. Código: WBMXXGXXNXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 DICTADA POR DO A MAR A LEONOR GEISSE FERN NDEZ,Ñ Í Á JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Pe aflorñ , diecisiete de Julio de dos mil veintitr sé Código: WBMXXGXXNXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-17T14:54:21-0400

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pe aflorñ CAUSA ROL : C-345-2023 CARATULADO : ESPINOZA/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE PADRE HURTADO Pe aflorñ , diecisiete de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, don Joaqu n Espinoza C ceres,í á comerciante, domiciliado en Francisco Leyton Blest N 759, comuna de Talagante, deduce demanda de prescripci n° ó extintiva

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