4º Juzgado Civil de Valparaíso

SCOTIABANK CHILE S. A./CANCINO

Rol

C-1773-2022

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 del cuaderno principal, conó fecha 11 de noviembre de 2022, comparece el abogado Sergio V liz Z iga,é úñ en representaci n convencional y como mandatario judicial, deó SCOTIABANK CHILE S.A., sociedad an nima bancaria, sucesor legaló del Banco Bilbao Vizcaya argentaria Chile, cuyo gerente general es don Diego Patricio Masola, contador p blico, ambos domiciliados en Avenidaú Costanera Sur N 2.710, Torre A, comuna de Las Condes, Santiago,° interponiendo demanda ejecutiva de obligaci n de dar, en contra de donó CRISTIAN ANDR S CANCINO RIFFOÉ , empleado, domiciliado en calle Panam N 7, Valpara so. á ° í Que a folio 10, consta notificaci n de la demanda con fecha 26 deó diciembre de 2022, del cuaderno Principal y a folio 3 del cuaderno de Apremio, consta requerimiento de pago, con fecha 27 de diciembre de 2022. Que a folio 11, mediante presentaci n de 6 de enero de 2023, laó demandada opuso a la ejecuci n las excepciones establecidas en los n merosó ú 4, 7, 11, 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que a folio 16, mediante presentaci n de 25 de enero de 2023, laó parte ejecutante evacu el traslado conferido.ó Que a folio 23, por resoluci n de 09 de febrero de 2023, seó declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibieron a prueba. Que a folio 44, mediante resoluci n de 04 de julio de 2023, se cit aó ó las partes para o r sentencia.í Código: BNSKXGELGVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1773-2022

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: De la demanda. Que a folio 1 del cuaderno principal, comparece el abogado Sergio V liz Z iga, en representaci n deé úñ ó SCOTIABANK CHILE S.A., quien deduce demanda ejecutiva de cobro de mutuo y pagar , en contra de é CRISTIAN ANDR S CANCINOÉ RIFFO, por las sumas de dinero y antecedentes que a continuaci n se ala:ó ñ 1.- Refiere que por escritura p blica que acompa a, de fechaú ñ 31 de enero del a o 2018, otorgada en la Notar a de Vi a del Marñ í ñ de do a Patricia Bahamonde Vega, suplente de don Luis Fischerñ Y var, su representada concedi un mutuo o pr stamo de dinero aá ó é don Cristian Andr s Cancino Riffo, por la suma equivalente ené pesos, moneda nacional de 1.900.- Unidades de Fomento. Agrega que, dicha suma de dinero declar recibirla en pr stamo y seó é oblig el deudor a pagarla junto con los intereses respectivos en 300 cuotasó con vencimiento mensual y sucesivo, por la suma equivalente en peso, moneda nacional de 10,08 Unidades de Fomento por cada uno de ellos a excepci n del primero que incluir a los intereses devengados entre la fechaó í de desembolso efectivo del cr dito hasta el d a 1 del mes siguiente a dichoé í º desembolso m s los seguros que corresponden.á Agrega que, el vencimiento de la primera de las citadas cuotas o dividendos, tendr a lugar el d a 1 del mes subsiguiente a la fecha deí í º desembolso efectivo del cr dito, en consecuencia dicho vencimiento ocurrié ó el d a 1 de abril del a o 2018 y los restantes vencer an sucesivamente losí º ñ í d as 1 de cada mes calendario a partir de la se alada fecha.í ñ Expone que, el capital adeudado devengar a intereses con tasa delí 4,05 % anual, a contar de la fecha de inicio de la obligaci n y hasta laó fecha de vencimiento de la ltima cuota de capital o intereses y que losú intereses que no fueren pagados en su respectivo vencimiento se capitalizar an de acuerdo con las normas legales pertinentes.í Se ala que se pact , que el no pago ntegro y oportuno de una o m sñ ó í á cuotas del capital y/o intereses del presente mutuo, har a que estaí devengare desde el d a de la mora o simple retardo, y hasta la fecha de suí total pago, intereses con tasa m xima convencional.á Código: BNSKXGELGVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1773-2022 Agregando que, mediante la cl usula d cimo tercera del contrato deá é mutuo citado, el deudor, a fin de garantizar el cumplimiento exacto, ntegroí y oportuno de las obligaciones contra das, en el contrato de mutuo y todasí las que adem s contrajere en el futuro, constituy primera hipoteca en favorá ó de mi parte, con cl usula de garant a general sobre la propiedad ra z queá í í corresponde a la Unidad o Vivienda N 16 del Condominio Los maitenesº ubicado en Avenida Vicepresidente Bernardo Leighton Guzman N 1.251,º comuna de Villa alemana, rol de aval o 5.305-16.ú Se comprendi el derecho de uso y goce exclusivo de una superficieó de terreno de 163,22 metros cuadrados

Fallo

por tanto, no constituye un t tulo con fuerza ejecutiva.í Código: BNSKXGELGVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1773-2022 3.-La concesi n de esperas o la pr rroga del plazo Art. 464 Nó ó º 11 del C digo de Procedimiento Civil.ó Hace presente que se encuentra actualmente en conversaciones con la acreedora y le han concedido esperas y se le ha prorrogado el plazo de todas las obligaciones que existieren entre las partes. 4.- La nulidad de la obligaci n Art. 464 N 14 del C digo deó º ó Procedimiento Civil Refiere que siendo el documento en cuesti n, un pagar a la vista, laó é fecha de su vencimiento no requiere sea consignada en el mismo; estando en manos del beneficiario el determinarla, bastando para ello la presentaci n del documento al cobro, situaci n que indica no haberó ó ocurrido, siendo un requisito necesario para que el documento sea pagadero, conforme lo establece la Ley 18.092, sobre letra de cambio y pagar , que en su art culo 49 en relaci n con el art culo 107 de la misma-é í – ó í establece dicha obligaci n para el cobro de un pagar a la vista. Citaó é jurisprudencia al efecto. Indica que, dicho documento nunca fue presentado ni exhibido para su cancelaci n por la parte demandante, jam s fue requerido de pago, nió á mucho menos fue protestado, tal como se desprende del l belo de demanda,í que no se ala el cumplimiento de dichos requisitos.ñ Por consiguiente, arguye que es indispensable la exhi

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C-1773-2022 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1773-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./CANCINO Valparaiso, catorce de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 del cuaderno principal, conó fecha 11 de noviembre de 2022, comparece el abogado Sergio V liz Z iga,é úñ en representaci n convenciona

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