22º Juzgado Civil de Santiago

CRUZ/CRUZ

Rol

C-15050-2022

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Joaqu n Ignacio Pino Monsalve, abogado, yí Hugo Walter Tramujo Briosso, abogado, ambos domiciliados en General Flores N 60, departamento 1004, comuna de Providencia, en representaci n° ó de FRANCISCO ARTURO CRUZ VERA, jardinero, domiciliado en Teniente Cruz Mart nez S/N, comuna de Navidad, quien vienen ení interponer demanda de declaraci n de obligaci n de rendir cuentas, enó ó juicio sumario, en contra de SYLVIA DE LAS MERCEDES CRUZ, ignora profesi n u oficio, con domicilio en La Coru a N 4859, Poblaci nó ñ ° ó La Victoria, comuna de Pedro Aguirre Cerda, y solicita se declare la obligaci n de rendir cuenta respecto del mandato para actuar enó representaci n del demandante en la compraventa del inmueble que indica.ó Funda su demanda en que, con fecha 30 de mayo de 2022, los due os de derechos hereditarios en el inmueble correspondiente al Sitio 50ñ de la Poblaci n Dreyse, Caupolic n 997, comuna de Providencia,ó á suscribieron por medio de mandatarios, una escritura p blica respecto a laú propiedad. Se ala que el precio de venta del inmueble fue de 16.090 Unidadesñ de Fomento, que a la fecha de suscripci n de dicho contrato equival a a laó í cantidad de $558.262.501.-. A ade que para efectos de facilitar el proceso de venta del bien ra z,ñ í los comuneros otorgaron distintos mandatos a ciertos miembros de la comunidad hereditaria, y en el caso del actor, ste le confiri mandato aé ó Sylvia de Las Mercedes Cruz, para que esta ltima actuara en nombre yú representaci n de ste en todos aquellos tr mites necesarios para la ventaó é á del inmueble y especialmente, para que la mandataria se encargara de pagar las sumas obtenidos de la venta al demandante. Expone que la comunidad hereditaria suscribi un documentoó intitulado Protocolo de Obligaciones por Mandatos y Rendici n de“ ó Cuentas , que tiene por objeto que todos los mandatarios que” comparecieron en la escritura de compraventa en nombre y representaci nó de sus respectivos mandantes per

Fundamentos

considerando el tiempo transcurrido, las sumas adeudadas al actor han experimentado un reajuste, por lo que al d a 01 deí diciembre de 2022, la cantidad de 111,23 UF asciende a la suma de $3.872.759.-. Agrega que a pesar de que la demandada se oblig a daró cumplimiento al mandato encomendado, especialmente a pagar y rendir cuenta del pago de las sumas que correspond an a Francisco Cruz Vera, yí de que se le ha exigido el pago en reiteradas oportunidades, sta se haé negado sistem ticamente a pagar las cuotas del actor.á Dice que la demandada ha desconocido, sin mayor justificaci n, susó obligaciones como mandataria del demandante, salvo por la entrega de $100.000.- que fueron transferidos con fecha 16 de agosto de 2022 a la cuenta bancaria de su representado. Indica que en ninguna oportunidad se han entregado dinero en efectivo ni otros documentos financieros que den cuenta del cumplimiento de la obligaci n del sujeto pasivo.ó A mayor abundamiento, refiere que desde la fecha de inscripci n deó la propiedad y suscripci n del Protocolo de Obligaciones por Mandatos yó “ Rendici n de Cuentas , la demandada solo ha pagado $100.000.- aó ” Francisco Cruz Vera, adeudando aproximadamente $3.772.759 a diciembre de 2022. Previas citas legales, solicita se tenga por interpuesta demanda de rendici n de cuentas en contra de Sylvia de Las Mercedes Cruz, yaó individualizada, acogerla a tramitaci n, y en definitiva condenar a laó demandada a que rinda cuenta del pago ntegro del monto en pesosí equivalente a 111,23 Unidades de Fomento, acompa ando lañ documentaci n pertinente que d cuenta del retiro de los fondos desde laó é 27 Notar a de Santiago, y del pago realizado a Francisco Arturo Cruz° í Vera, ya individualizado, correspondiente al porcentaje a que ste tieneé derecho sobre la venta de la propiedad antes singularizada. A folio 9, consta notificaci n personal a la demandada.ó A folio 13, tuvo lugar el comparendo de estilo, con la asistencia de los apoderados de ambas partes. La parte demandada contesta la demanda mediante minuta escrita que rola a folio 10 del expediente digital. Código: SDBMXGXXYTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15050-2022 Foja: 1 La demandada manifiesta que es efectivo que es mandataria del demandante, quien adem s es su hermano, por la venta de la propiedadá ubicada en Caupolic n N 997, comuna de Providencia.á ° A ade que tambi n es efectivo que su hermano recibi la cantidad deñ é ó 111,23 Unidades de Fomento por la venta de la propiedad, y que a la fecha del contrato era equivalente a la suma de $3.633.315.-. Expresa que lleg a un acuerdo con el actor, consistente en que leó entregar a a ste el dinero que le corresponde de la compraventa referida,í é mensualmente en cuotas de $100.000.- cada una, para evitar que el demandante se gaste el dinero porque no sabe administrarlo. Hace presente que lo acordado con el demandante fue por un acto de buena fe y de forma vo

Fallo

se declara que:ó I.- Se acoge la demanda de folio 1, debiendo cumplir la demandada con su obligaci n de rendir cuenta conforme lo dispuesto en eló art culo 2155 del C digo Civil, en el plazo de treinta d as h biles contadosí ó í á desde que quede cause ejecutoria la presente sentencia. II.- Que se condena en costas a la demandada. Reg strese y en su oportunidad arch vese.í í Rol C-15050-2022. PRONUNCIADA POR MAR A CECILIA MORALESÍ LACOSTE, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Julio de dos mil veintitr sé Código: SDBMXGXXYTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15050-2022 Foja: 1 Código: SDBMXGXXYTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-14T12:59:16-0400

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C-15050-2022 Foja: 1 FOLIO: 28 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15050-2022 CARATULADO : CRUZ/CRUZ Santiago, catorce de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, comparece Joaqu n Ignacio Pino Monsalve, abogado, yí Hugo Walter Tramujo Briosso, abogado, ambos domiciliados en General Flores N 60, departamento 1004, comuna de Providencia, en

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