ALBORNOZ/KAHKO KING S.P.A.
Rol
M-818-2023
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que se indican en la demanda que por lo demás constan en los documentos que se han acompañado a esta causa, específicamente el contrato de trabajo, liquidaciones de remuneraciones más cotizaciones previsionales, por lo tanto va a dictar sentencia inmediatamente. _________________________________________________________________ De conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta N° 71-2016 de la Excma. Corte Suprema, que “Regula el Funcionamiento de Tribunales que Tramitan Electrónicamente”, la sentencia fue dictada en audiencia y su contenido consta íntegramente en registro de audio respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, y a fin de mantener una correcta comprensión de la causa y del resultado de esta audiencia, se transcribe a continuación únicamente su parte resolutiva: I.- Que SE ACOGE con costas la demanda deducida por doña ANDREA CECILIA ALBORNOZ PUENTE, en contra de KAHKO KING S.P.A., ambos ya individualizados, declarándose que la demandante existió relación laboral entre el día 01/06/2022 y hasta el 04/09/223, oportunidad en que termino por un despido verbal injustificado condenándose a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. $ 520.000 por concepto de Indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. $ 520.000 por concepto de 1 años de servicios, más el incremento del 50% equivalente a $260.000.- 3. $ 69.333 por concepto de 4 días trabajados el mes de septiembre del 2023. 4. $ 426.399, por concepto de Feriado legal y proporcional equivalentes a 24.6 días corridos. 5. El pago de las cotizaciones de seguridad social que se encuentran adeudadas de FONASA, AFP PLAN VITAL y AFC CHILE, de los meses de junio 2022, febrero, marzo, abril, mayo julio, agosto y 4 días del mes de septiembre del 2023: Ofíciese a las instituciones previsionales para los fines que correspondan. Las sumas anteriores serán reajustadas y devengaran los intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según correspondan. II.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 29/11/2023 RUC 23- 4-0527246-6 RIT M-818-2023 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS Daiana Reyes, Sala N°2 Virtual HORA DE INICIO 09:30 Horas HORA DE TÉRMINO 09:44 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340527246-6-1344 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ANDREA CECILIA ALBORNOZ PUENTE
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