5º Juzgado Civil de Santiago

SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAUL/RODRÍGUEZ

Rol

C-196-2022

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

COMODATO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de enero del año 2022, comparece don Ernesto Soza Ried, abogado, domiciliado en Avenida Vitacura Nº 3568, oficina 1302, comuna de Vitacura, actuando en representación de la SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAUL, persona jurídica de derecho privado, domiciliada en calle Dublé Almeyda 4751, comuna de Ñuñoa, quién interpone demanda de restitución de inmueble en juicio sumario, en contra de doña DORIS RODRÍGUEZ MORENO, ignora su profesión, domiciliada en calle Pedro León Ugalde Nº 1012, comuna de Quinta Normal, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Afirma que su representada entregó en comodato a la demandada, una habitación del Hogar de Larga Estadía denominado El Salvador, ubicado en calle Pedro León Ugalde Nº 1012, comuna de Quinta Normal. Indica que este beneficio se otorga a personas de escasos recursos. Sostiene que en conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto Reglamento del Hogar El Salvador, a los beneficiarios de una habitación les está prohibido compartir su habitación con terceros. En el evento de infringir esta disposición, la persona pierde el beneficio y debe hacer abandono del inmueble. Denuncia que la demandada se encuentra compartiendo su habitación con el señor Diego Eduardo Silva Silva, estudiante, del mismo domicilio, quien reside permanentemente en la dependencia asignada a la demandada. Señala que su representada hizo llegar una carta aviso a la demandada, con fecha 29 de junio de 2021, informándole que, habiendo infringido gravemente el Reglamento del Hogar, debía hacer abandono de la dependencia que se le había asignado en el plazo de noventa días. Alega que transcurrido con creces ese plazo, la demandada no ha restituido la habitación que comparte indebidamente con el señor Silva Silva. Afirma que la situación antes descrita constituye una infracción grave al Reglamento del Hogar El Salvador, específicamente a lo dispuesto en el artículo 5º del mismo, de manera tal que la demandada ha perdido el beneficio que se le había concedido para habitar en dicha residencia de larga estadía, quedando obligada a hacer abandono inmediato del Código: EXTLXGYWZSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mismo y a restituirlo libre de ocupantes y enseres, en conformidad con lo establecido en el artículo 19º del mismo Reglamento. Cita el artículo 2177 del Código Civil. Con fecha 5 de febrero del año 2022, folio 6, se notificó personalmente a la demandada de autos. Con fecha 2 de marzo del año 2022, folio 15, tiene lugar el comparendo de estilo con la asistencia del apoderado de la parte demandante don José Ernesto Soza Ried, la demandada doña Doris Rodríguez Moreno quien comparece asistida por su apoderada doña Cherie Jiménez Roja y doña Fernanda Sofía Ilufí Roca. Contestación de la demanda. La demandada contestó la demanda mediante minuta escrita ingresada al expediente electrónico con fecha 22 de febrero del año 2022, folio 8, la cual se tuvo como parte integrante del comparendo. En ella, la demandada solicita su rechazo en razón de los fundamentos de hecho y de derecho que señala. Expresa que en el mes de octubre de 2018, se habría visto en serias dificultades para encontrar un arriendo. Agrega, que le recomendaron el Hogar de Larga Estadía “El Salvador”, ubicado en Pedro León Ugalde N° 1012, comuna de Quinta Normal. En dicho oportunidad me atendió la Sra. Monica Fernández, quien era la coordinadora del lugar, a quien manifestó que vivía con su nieto Diego

Fallo

Por tanto, solicita rechazar la demanda en todas sus partes, con expresa condenación en costas. Llamado a conciliación. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. Término probatorio. Se recibió la causa a prueba dentro del término legal, rindiéndose la que consta en autos. Código: EXTLXGYWZSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 23 de mayo de 2023, a folio 61, se citó a las partes a oír sentencia definitiva. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Ernesto Soza Ried, en representación de la SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAUL, interponiendo demanda de restitución de inmueble en juicio sumario, en contra de doña DORIS RODRÍGUEZ MORENO, a objeto de que, acogiéndola, se disponga que debe restituir la habitación que ocupa en el Hogar El Salvador, ubicado en calle Pedro León Ugalde Nº 1012, comuna de Quinta Normal, libre de enseres y ocupantes, en plazo de diez días desde que la sentencia cause ejecutoria, o en el plazo que el tribunal estime prudencialmente, con costas, según los fundamentos de hecho y de derecho señalados en la parte expositiva de la sentencia. SEGUNDO: Que, tuvo lugar el comparendo de estilo con la asistencia del apoderado de la parte demandante, la demandada y sus apoderados. Se tuvo por contestada la demanda, mediante la cual la demandada solicita el rechazo de la acción deducida, con costas, por los fundamentos de hecho y de derecho señalados en la expositivo del fall

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-196-2022 CARATULADO : SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAUL/RODR GUEZÍ Santiago, catorce de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 10 de enero del año 2022, comparece don Ernesto Soza Ried, abogado, domiciliado en Avenida Vitacura Nº 3568, oficina 1302, comuna de Vitacura, actuando en representación de la SOCIED

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