BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VILLANUEVA
Rol
C-439-2020
Fecha
14 de julio de 2023
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 8 de junio de 2020, a folio 16 del cuaderno de gesti nó preparatoria, comparece don Osvaldo Oelckers Aljaro, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Almirante Se oret N°70, oficinas 71-72-73, Valpara so, enñ í representaci n del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , representada legalmente por don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en calle Agustinas N°1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, quien deduce demanda de desposeimiento hipotecario en juicio ordinario, en contra de SOTTOVIA SPA. representada por do a ñ SANDRA VILLANUEVA HAAS, ignora profesi n uó oficio, ambas con domicilio en Novena Avenida M°1817, Placilla Pe uelas; yñ solicita que en definitiva, se ordene el pago de 1453,4569.- Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda de curso legal, que a t tulo meramente referencialí ascienden al d a 3 de febrero de 2020 a la suma de $40.033.377.-, m s la cantidadí á que en definitiva se determine por concepto de intereses y costas procesales y personales que se devenguen durante la tramitaci n de la causa, y las costasó procesales y personales. Con fecha 28 de julio de 2020, a folio 20 del cuaderno de gesti nó preparatoria, se notific la demandada, de conformidad a lo dispuesto en eló art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a do a í ó ñ SANDRA VILLANUEVA HAAS, en calidad de representante legal de SOTTOVIA SPA. Con fecha 28 de septiembre de 2020, a folio 27 del cuaderno de gesti nó preparatoria, se tuvo por evacuado el traslado para contestar la demanda, en rebeld a de la parte demandada. í Con fecha 1 de octubre de 2020, a folio 28 del cuaderno de gesti nó preparatoria, la parte demandante evac a el tr mite de la r plica.ú á é Con fecha 13 de octubre de 2020, a folio 31 del cuaderno de gesti nó preparatoria, se tuvo por evacuado el traslado para la d plica, en rebeld a de laú í parte demandada. Con fecha 30 de septiembre de 2022, a folio 40 del cuaderno principal, se lleva a efecto la audiencia de concili
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 8 de junio de 2020, a folio 16 del cuaderno de gesti n preparatoria,ó comparece don Osvaldo Oelckers Aljaro, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Almirante Se oret N°70, oficinas 71-72-73,ñ Valpara so, en representaci n del í ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , representada legalmente por don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en calle Agustinas N°1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, quien deduce demanda de desposeimiento hipotecario en juicio ordinario, en contra de SOTTOVIA SPA. representada por do a ñ SANDRA VILLANUEVA HAAS, ignora profesi n u oficio, ambas con domicilio en Novena Avenida M°1817,ó Placilla Pe uelas; y solicita que en definitiva, se ordene el pago de 1453,4569.-ñ Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda de curso legal, que a t tuloí meramente referencial ascienden al d a 3 de febrero de 2020 a la suma deí $40.033.377.-, m s intereses, con costas.á Funda la demanda, se alando que se ha notificado a ñ SOTTOVIA SPA., representada por do a Sandra Villanueva Haas, en calidad de tercera poseedora deñ la finca hipotecada, y que no pag las deudas ni hizo abandono del inmuebleó dentro del plazo de 10 d as contemplado en el art culo 758 del C digo deí í ó Procedimiento Civil, por lo cual procede desposeerla del inmueble mencionado, a fin de que pague al demandante la cantidad de 1453,4569.- Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda de curso legal, que a t tulo meramente referencialí ascienden al d a 3 de febrero de 2020 a la suma de $40.033.377.-, m s la cantidadí á que en definitiva se determine por concepto de intereses y costas procesales y personales que se devenguen durante la tramitaci n de la causa, y las costasó procesales y personales. Agrega, que por escritura p blica de fecha 24 de junio de 2014, otorgada ante donú Ricardo Maure Gallardo, Notario P blico de la ciudad de Valpara so, don ú í LUIS ALBERTO SOTTOVIA STRAZZA, anterior propietario del inmueble, constituyó a favor del BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , hipoteca sobre el inmueble inscrito a fojas 1.007, N°484 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so del a o 1995, cuya hipoteca en favor delí í ñ Código: GYLYXGERCQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandante se encuentra inscrita a fojas 1.595, N°2.180 en el Registro de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so del a oá í í ñ 2014; la que incluy una prohibici n de enajenar inscrita a fojas 1.529 vuelta, N°ó ó 2.413 en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so del a o 2014; de este modo, la hipoteca yí í ñ prohibici n se constituyeron para garantizar al ó BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES el cumplimiento ntegro efectivo y oportuno de todas lasí obligaciones contra das o pudiere adeudar en lo futuro por don í LUIS ALBERTO SOTTOVIA STRAZZA. Indica,
Fallo
Por estas consideraciones y, visto adem s lo dispuesto en los art culos 1.698, 1.700á í y 1702 del C digo Civil; art culos 254 y siguientes, 342, 346, 426 y 758 yó í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que, SE ACOGE la demanda de lo principal de la presentaci n de fecha 8 deó junio de 2020, a folio 16 del cuaderno de gesti n preparatoria, en cuanto seó declara que la demandada, en su calidad de tercera poseedora de la finca hipotecada, deber ser despose da de la propiedad hipotecada, para hacer con ellaá í pago a la parte demandante, de la cantidad de 1453,4569.- Unidades de Fomento, equivalentes, a t tulo meramente referencial al d a 3 de febrero de 2020, a la sumaí í de $40.033.377-, m s intereses; debiendo continuarse con el desposeimiento delá Código: GYLYXGERCQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmueble de autos con el objeto de proceder a su venta forzada, en su oportunidad procesal. II.- Que, se condena en costas a la parte demandada. Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad.í í í Resolvi do a ó ñ NORMA CARRASCO PARRA, Juez titular del Tercer Juzgado Civil de Valpara so.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art culo 162 del C digo de Procedimiento Civil. í ó En Valpara so, a catorce deí julio de dos mil veintitr s.é Código: GYLYXGERCQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http:/
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BANCO DE CR DITO E INVERSIONES CON VILLANUEVAÉ ACCI N DE DESPOSEIMIENTOÓ En Valpara so a catorce de julio de dos mil veintitr s.í é VISTOS: Con fecha 8 de junio de 2020, a folio 16 del cuaderno de gesti nó preparatoria, comparece don Osvaldo Oelckers Aljaro, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Almirante Se oret N°70, oficinas 71-72-73, Valpara so, enñ í representaci n del ó BANCO DE C
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