VEGA/SEGUNDO TRIBUNAL AMBIENTAL
Rol
O-3434-2022
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece ante este Tribunal doña CARLA VEGA MONARES, abogada, cédula nacional de identidad 14.210.876-3, domiciliada para estos efectos en calle Santa Beatriz N° 100, Oficina 802, Providencia, Santiago y en procedimiento de aplicación general deduce demanda en contra del SEGUNDO Tribunal Ambiental, RUT: 61.980.250-0, representada legalmente por el actual Ministro Presidente del Tribunal don ALEJANDRO RUIZ FABRES, cédula nacional de identidad N° 10.734.804-2 y por don LEONEL SALINAS MUÑOZ, Secretario Abogado de dicho Tribunal, cédula nacional de identidad N° 13.441.485-5, o por quien sus derechos represente en virtud el artículo 4º del Código del Trabajo, ambos domiciliados en calle MORANDÉ Nº 360, PISO 8º, Comuna de Santiago; y asimismo en contra del FISCO DE CHILE, RUT: 61.806.00-4, representado legalmente para estos efectos por el CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, representado legalmente por don JUAN ANTONIO PERIBONIO PODUJE, cédula nacional de identidad 7.834.852-6, ambos domiciliados en AGUSTINAS Nº 1225, PISO 4º, comuna de Santiago, con el objeto que declare la nulidad de la renuncia que indica. Funda su acción en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Expone que ingresó a prestar servicios para el Segundo Tribunal Ambiental mediante contrato escrito de trabajo de fecha 16 de AGOSTO de 2018, cumpliendo el cargo de JEFA DE ESTUDIOS y percibiendo una remuneración mensual de $6.515.152. Indica que en AGOSTO de 2019 la Excma. Corte Suprema ordenó investigar una serie de hechos ocurridos en el SEGUNDO Tribunal Ambiental, dirigiéndose la investigación en contra de dos Ministros del Tribunal don ALEJANDRO RUIZ FABRES y don FELIPE SABANDO DEL CASTILLO, declarando la actora en dicho sumario ante la Fiscal Judicial de la Corte que asumió la investigación en contra de los Ministros señalados. Menciona que en la investigación se pudo constatar que existía una importante rotación en la dotación del Tribunal, desde su inicio. En el año 2019, habían renuncia
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en audiencia preparatoria de juicio, se fijaron los siguientes hechos no controvertidos: 1. Existencia de una relación laboral entre la demandante y el Segundo Tribunal Ambiental con fecha de inicio 16 de agosto de 2018, desempeñándose la demandante como jefa de estudios y que su remuneración ascendía $6.515.152. 2. La demandante gozó de licencia médica por 21 días desde el 14 de marzo de 2022, retornando a sus funciones el 4 de abril de 2022. 3. El día 4 de abril de 2022, la demandante fue citada a una reunión por el Secretario don Rene Salinas, en donde también estaban presentes el Presidente del Tribunal don Cristian Delpiano y la encargada de contabilidad doña Viviana Barahona. Con esa fecha la demandante firmó “renuncia voluntaria” ante Ministro de fe concurriendo a la Notaría en compañía de doña Viviana Barahona y Cristian Delpiano. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria de juicio, se fijaron los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1. Hechos, motivos, y circunstancias que rodearon la suscripción por parte de la demandante de la “renuncia voluntaria” con fecha 4 de abril de 2022. TERCERO: Que, en audiencia de juicio la parte demandante se valió de la siguiente prueba: Documental, legalmente incorporada y no objetada de contrario, consistente en: 1. Certificados de calificación de la actora como Abogada Investigadora de Corte Suprema, emitidos por el Pleno de la Corte Suprema, años 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018. 2. Hoja de vida funcionaria de la actora, emitida por Poder Judicial hasta 16 de agosto de 2018. 3. Evaluación de desempeño de la actora años 2019-2020 realizada por LEONEL SALINAS MUÑOZ del Tribunal Ambiental de Santiago. 4. Copia de apelación de la actora a Evaluación de desempeño de la actora años 2019-2020 5. Copia de correo electrónico de la actora a LEONEL SALINAS MUÑOZ del Tribunal Ambiental de Santiago de fecha 04 mayo de 2022, solicitando copia de acta con resolución que denegó apelación a su calificación y acta de sesión ordinaria Nº9 de 29 de enero de 2022, que resolvió otorgamiento de capacitaciones solicitadas por funcionarios el año en curso. 6. Copia de liquidaciones de la actora correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2022. 7. Licencia médica a nombre de la actora de fecha 12 de Enero de 2022. 8. Orden clínica emitida a nombre de la actora de fecha 12 de Enero de 2022 con diagnóstico y orden para eco hombre derecho. 9. Orden clínica emitida a nombre de la actora de fecha 12 de Enero de 2022 con diagnóstico y orden para evaluación kinesiológica y más terapia. 10. Licencia médica a nombre de la actora de fecha 12 de Marzo de 2022. 11. Informe médico de la actora emitido por Psiquiatra FELIPE SILVA CABALLERO, de fecha 22 de Marzo de 2022. 12. Copia de las siguientes recetas médicas emitidas por Psiquiatra FELIPE SILVA CABALLERO a nombre de la actora: FLUOXETINA del 19 de enero de 2022; CLONAZEPAN del 19 de enero de 2022; CLOTIAZEPAN
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que, se rechaza la demanda deducida por doña CARLA VEGA MONARES en contra del SEGUNDO Tribunal Ambiental y el FISCO DE CHILE- representado por el CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, en todas sus partes; II.- Que, habiendo obrado con motivos plausibles para litigar la demandante, cada parte pagará sus costas. Anótese, regístrese y notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT : O-3434-2022 RUC : 22- 4-0405838-3 Pronunciada por don (ña) CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Comparece ante este Tribunal doña CARLA VEGA MONARES, abogada, cédula nacional de identidad 14.210.876-3, domiciliada para estos efectos en calle Santa Beatriz N° 100, Oficina 802, Providencia, Santiago y en procedimiento de aplicación general deduce demanda en contra del SEGUNDO Tribuna
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