ROJAS/EMILIE COFFEE INVERSIONES SPA
Rol
M-3518-2023
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Se omite, atendida la incomparecencia de la demandada HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes, fecha de inicio y término, funciones desempeñadas, jornada de trabajo, en su caso, hechos en que se funda el despido pormenores y circunstancias. 2. Efectividad de encontrarse íntegramente pagadas las cotizaciones de seguridad social del actor. 3. Si se adeuda al trabajador la remuneración correspondiente al mes de junio de 2023 por la suma de $550.000.- 4. Si se adeuda al actor el feriado proporcional correspondiente a cinco días hábiles más dos inhábiles, montos adeudados y en su caso, montos a compensar. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Acta Comparendo de Conciliación de fecha 2 de agosto de 2023. 2. Contrato de trabajo, celebrado entre las partes con fecha 1 de marzo de 2023. 3. Copia constancia de fecha 4 de julio de 2023, realizada por don Edwin Rojas, ante Carabineros de Chile. 4. Certificado de cotizaciones, emitido por AFP Modelo, de fecha 1 de agosto de 2023, el cual da cuenta de que no se ha pagado el mes de mayo de 2023 y el mes de junio se pagó atrasado. El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: Atendida la incomparecencia del absolvente, la parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal. Tribunal Resuelve: Déjese su resolución para definitiva. Testimonial: Previo juramento e individualización, don Oscar Antonio Camacho Camacaro, Cédula de Identidad N° 27.155.564-4, expone PARTE RECLAMANDA NO OFRECE PRUEBA ATENDIDA SU REBELDÍA. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Constan íntegramente en audio. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA. En Santiago, a veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: El tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. PRIMERO: Que comparece ante este tribunal, Edwin Raul Rojas Aguiar, Venezolano, empleado, cédula nacional de identidad 27.066.724-4, domiciliado en Av. Vitacura N° 2902, comuna de Las Condes, deduce demanda en procedimiento monitorio por despido nulo e injustificado, cobro de indemnizaciones y demás prestaciones en contra de su exempleador EMILIE COFFEE INVERSIONES SPA Rut N° 77.585.643-2 representada legalmente por don Tomás Ignacio Pérez Raggi, Rut 14.148.104-5 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° inciso 1°del Código del Trabajo o por quién a la época de la notificación de la demanda la represente o ejerce habitualmente labores de dirección o administración conforme a la norma ya citada, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Padre Mariano número 115 local 2 comuna de Providencia Región Metropolitana.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 5, 7, 9, 11 63, 73, 159, 163, 173, 453, 501 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda por despido carente de causal, en contra de la demandada EMILIE COFFEE INVERSIONES SPA, debiendo la demandada pagar al actor don Edwin Raúl Rojas Aguiar, las siguientes sumas: a) Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo por la suma de $550.000.- b) Feriado proporcional correspondiente a 7 días por la suma de $128,333.- c) Remuneración correspondiente al mes de junio de 2023 por la suma de $550.000.- Cantidades que se pagarán con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código Del Trabajo II.- Que se hace el lugar también a la demanda por nulidad del despido, debiendo la demandada pagar al actor, las remuneraciones devengadas desde el 30 de junio de 2023, hasta que se convalide el despido con el pago de las cotizaciones adeudadas. III.- Que se condena en costas a la demandada y se regulan en un 10% de lo ordenado pagar. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando notificada la parte demandante por correo electrónico y la parte demandada que se encuentra en rebeldía por estado diario. Siendo las 15:20 horas, se pone término a la presente audiencia. Dicada en audiencia por doña MARIA EUGENIA CUBILLO ESPINOZA, Juez Titular, Destinada del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de l
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 28 de noviembre de 2023 RUC 23-4-0510962-K RIT M-3518-2023 CARATULADO ROJAS / EMILIE COFFEE INVERSIONES SPA MAGISTRADO MARIA EUGENIA CUBILLO ESPINOZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 10:08 – 15:08 HORA DE TERMINO 10:24 – 15
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