1º Juzgado de Letras de Buin

CERÓN/CERÓN

Rol

C-1291-2021

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Sebastián Andrade Delvas, abogado, casado, chileno, cédula nacional de identidad número 16.480.052-0, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao N°827, departamento 902, comuna de Providencia, en representación convencional de doña MARCELA MARIBEL CERÓN ARAYA, secretaria, divorciada, chilena, cédula de identidad N°12.393.564-0, domiciliada en Parcelación El Sectorial N°22, parcela N°22, Huelquén, comuna de Paine, Región Metropolitana, e interpone demanda de acción in rem verso, en contra de don MANUEL CERÓN ARAYA, soltero, ingeniero, cédula de identidad N°15.732.692- 5, domiciliado en Calle Harmut Kohen 0160, comuna de Buin, de acuerdo a los argumentos de hecho y derecho que expone a continuación: Los hechos: Indica que, a mediados del 2013, su representada llevó a cabo tratativas preliminares con sus hermanos Manuel y Margarita, ambos de apellidos Cerón Araya en orden a concretar el negocio de adquirir en conjunto una parcela. Añade que, en primera instancia, el demandado instó a la demandante y a su hermana Margarita de vender sus propias casas e invertir en una parcela que quedaría a nombre de él, donde cada hermana destinaría una cierta cantidad de dinero para la parcela y el demandado, su parte mediante un crédito, ya que él no vendería su casa y se dividiría la parcela en partes iguales. El fin era que todos invirtieran dinero y con el resto de la venta de las casas, se invertiría en construir y arreglar la parcela. Explica que Margarita finalmente no accedió y la demandante decidió aceptar la propuesta, colocando en venta su casa en varias páginas de internet y en definitiva vendiendo su casa en 26 millones de pesos. Posteriormente buscó arriendo en Buin, de manera de vivir en forma transitoria en ese lugar mientras encontraba una parcela que adquirir en conjunto con su hermano. Código: XZTKXGXGXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1291-2021 Foja: 1 Agrega q

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don Sebastián Andrade Delvas, abogado, casado, chileno, cédula nacional de identidad número 16.480.052-0, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao N°827, departamento 902, comuna de Providencia, en representación convencional de doña MARCELA MARIBEL CERÓN ARAYA, secretaria, divorciada, chilena, cédula de identidad N°12.393.564-0, domiciliada en Parcelación El Sectorial N°22, parcela N°22, Huelquén, comuna de Paine, Región Metropolitana, e interpone demanda de acción in rem verso, en contra de don MANUEL CERÓN ARAYA, soltero, ingeniero, cédula de identidad N°15.732.692-5, domiciliado en Calle Harmut Kohen 0160, comuna de Buin por los argumentos de hecho y de derecho señalados en la parte expositiva de este fallo; SEGUNDO: Que, a folio 9, rola contestación de la demanda, solicitando su completo rechazo, con costas, en virtud de lo detallado en la parte preliminar de este fallo, debiendo estarse a ello; TERCERO: Que, a folios 13 y 15 rolan escritos de réplica y dúplica, evacuados en tiempo y forma legal, consignados también en la expositiva; CUARTO: Que, se fijaron como hechos a probar, los siguientes: 1.- Efectividad de haber sufrido la demandante un empobrecimiento patrimonial. Hechos y circunstancias que configuran dicha situación. 2.- Efectividad de que los arreglos o mejoras efectuados en la propiedad hayan enriquecido sin causa el patrimonio del demandado. OCTAVO: Que, la parte demandante rindió la siguiente prueba, consistente en Documental: 1.- Copia vigente de inscripción de fojas 3295 vuelta número 4342 correspondiente al año 2016, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Buin; NOVENO: Que, por su parte, la parte demandada rindió la siguiente prueba, consistente en Documental: 1) Certificado dominio vigente de fojas 3295 vuelta número 4342, correspondiente al Registro de Propiedad del año 2016, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Buin; Código: XZTKXGXGXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1291-2021 Foja: 1 2) Copia con Vigencia, emitida por el Conservador de Bienes Raíces de Buin, fojas 3295 vuelta número 4342, correspondiente al Registro de Propiedad del año 2016; 3) Copia Autorizada de Inscripción, emitida por el Conservador De Bienes Raíces de Buin, de fojas 3295 vuelta número 4342, correspondiente al Registro de Propiedad del año 2016; 4) Certificado hipoteca y gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar, emitida por el Conservador de Bienes Raíces de Buin, de fojas 3295 vuelta número 4342, correspondiente al Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2016; 5) Certificado de Recepción Definitiva, emitido por la dirección de obras de la Ilustre Municipalidad de Paine, certificado 643, de fecha 22 de diciembre de 2022; 6) Certificado de Recepción Definitiva, emitido por la dirección de obras de la Ilustre Municipalidad de Paine, certificado 643, de fecha 22 de diciembre de 2022

Fallo

Por tanto, en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 309, 342, 346, 356, 358, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 1437, 1489, 1698, 1699, 1700, 2295, 2298 y siguientes del Código Civil, se resuelve: 1. Que, se acoge la demanda de restitución por enriquecimiento sin causa, interpuesta por el abogado don Sebastian Andrade Delvas, en representación convencional de doña MARCELA MARIBEL CERÓN Código: XZTKXGXGXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1291-2021 Foja: 1 ARAYA en contra de don MANUEL CERÓN ARAYA, todos ya individualizados, solo en cuanto se ordena a este último a restituir a la primera, la suma de $13.000.000 (trece millones de pesos); 2. Que, no se condena en costas a la parte demandada al no resultar totalmente vencida. Anótese, regístrese y archívense los antecedentes, en su oportunidad ROL: C-1291-2021 Dictada por doña M. Paz Rodríguez Maluenda, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Buin. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, trece de Julio de dos mil veintitr sé Código: XZTKXGXGXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1291-2021 Foja: 1 Código: XZTKXGXGXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T14:55:39-0400

Texto Completo (Preview)

C-1291-2021 Foja: 1 FOJA: 60 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : C-1291-2021 CARATULADO : CER N/CER NÓ Ó Buin, trece de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, comparece don Sebastián Andrade Delvas, abogado, casado, chileno, cédula nacional de identidad número 16.480.052-0, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao N°827, departamento 902

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