FISCO DE CHILE/TESSADA
Rol
C-942-2023
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que a folio 1 comparece LUC A PIERRY VARGAS, AbogadoÍ Procurador Fiscal Subrogante de Valpara so, por el í Fisco de Chile, Corporaci n de Derecho P blico, ambos con domicilio en calle Prat Nó ú º 772, piso 2, Valpara so, quien en virtud de lo dispuesto en los art culos 157í í y siguientes del Decreto con Fuerza de Ley (G) N 1, Reglamento Com n de° ú Cauciones para las FF.AA, de 1997, modificado por Decreto Supremo EMDN N 109, de 29 de julio de 2003 y art culo 58 de la Ley N 18.948° í ° Org nica Constitucional de las FF. AA, deduce demanda ejecutiva, ená contra de don Juan Pablo Tessada Luscher, chileno, cuya profesi n uó oficio ignora, con domicilio en calle Jos Manuel Balmaceda N 805,é ° departamento 319, Vi a del Mar, Regi n de Valpara so.ñ ó í Que seg n se lee a folio 3 del cuaderno de apremio, el 24 de mayoú de 2023 se practic el requerimiento de pago en rebeld a del ejecutado.ó í Que mediante presentaci n de 29 de mayo de 2023, se opusieronó excepciones a la ejecuci n de marras, y se solicit la rebaja del valor de laó ó ejecuci n.ó Que a folios 14 y 15 (presentaciones de id ntico tenor), la ejecutanteé evacu los traslados que le fueren conferidos.ó Que mediante resoluci n de 3 de julio de 2023 se cit a las partesó ó para o r sentencia.í
Fundamentos
Considerando: Primero: De la demanda. Que en estos autos se comparece en representaci n del Fisco (Direcci n General del Personal de la Armada deó ó Chile), deduciendo demanda ejecutiva en contra de Juan Pablo Tessada Luscher -ambos ya individualizados-, fundada en que el ejecutado con fecha 23 de mayo de 2019 suscribi una escritura p blica constituyendo cauci nó ú ó de permanencia a favor de la ejecutante, por medio de la cual se oblig aó pagar la cantidad de 318,44 Unidades Tributarias Mensuales (U.T.M.) en su equivalente en moneda nacional a la fecha de pago, para el evento del retiro o renuncia a su empleo en la Armada de Chile, antes de cumplirse el plazo m nimo de cinco a os contados desde la fecha de t rmino del cursoí ñ é Buceo de Profundidad para Instructores , pactado en la cl usula tercera de“ ” á la referida cauci n.ó Indica la ejecutante que lo anterior obedece a lo dispuesto en el art culo 1 del Reglamento Com n de Cauciones para el Personal de lasí ° ú Fuerzas Armadas, norma que cita. Se ala que con fecha 13 de octubre de 2021, mediante Decretoñ Exento N 118406/1258/2021 de la Direcci n General del Personal de la° ó Armada, se dispuso el retiro del demandado, acogiendo su solicitud de renuncia voluntaria. Manifiesta que de acuerdo con la cl usula tercera del referidoá contrato de cauci n, el demandado deb a permanecer en la Armada deó í Chile por un lapso m nimo de cinco a os, contados desde el t rmino delí ñ é curso, esto es desde el 22 de noviembre de 2019. Que por otra parte, seg nú su cl usula cuarta, la cantidad mencionada en la cl usula segunda se har aá á í exigible en el evento que el demandado se retirara por su propia voluntad, o bien, por resoluci n de la autoridad competente. ó Alega que es evidente que el demandado no dio cumplimiento a su obligaci n de permanencia m nima, resultando procedente el cobro de laó í cauci n constituida por este concepto, pago que hasta la fecha no se haó materializado. Refiere que la suma demandada corresponde a 318,44 UTM que a la fecha de presentaci n de su demanda y solo a modo ilustrativo, asciendeó a $19.866.835.-, la cual deber ser pagada con los intereses corrientes paraá operaciones reajustables, calculados desde la fecha del incumplimiento de la obligaci n materia de cobro hasta su pago efectivo o, en subsidio, por eló lapso que este Tribunal determine al acoger la presente demanda. Finalmente, indica que la copia autorizada de la escritura p blica enú que consta la obligaci n cuyo pago se persigue, constituye justo t tulo paraó í fundar la presente ejecuci n, seg n lo previsto en el N 2 del art culo 434ó ú º í del C digo de Procedimiento Civil y en ella, adem s, se contiene unaó á obligaci n l quida, actualmente exigible y que no se encuentra prescrita.ó í Solicita en definitiva, tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Juan Pablo Tessada Luscher, ya individualizado en esta presentaci n, a fin de que pague al Fisco de Chile la suma equivalente aó 318,44 UTM, s
Fallo
se decide el cobro de la cauci n se encuentre ajustado a derecho pues careceó del antecedente necesario para su dictaci n, o sea, la resoluci n fundadaó ó exigida por el art. 20 inciso 1 del reglamento-. Que ello tiene un efectoº contrario a derecho pues infringe el principio de legalidad, consagrado en los art culos 6 y 7 de la Constituci n y 2 de la Ley Org nicaí º º ó º á Constitucional de Bases Generales de la Administraci n del Estado.ó Aduce que tal vicio no ser a subsanable de conformidad al art culoí í 13 de la Ley N 19.880.° En el primer otros de su presentaci ní ó , opone en subsidio de las excepciones deducidas en lo principal, la excepci n de ineptitud del libelo,ó la cual funda en lo dispuesto en el art culo 303 N 4 del C digo deí ° ó Procedimiento Civil, en cuanto se omite se alar la profesi n del ejecutado,ñ ó lo que estima una evidente transgresi n a la obligaci n legal deó ó individualizar debidamente a las partes. Cita lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en fallo de 16 de agosto de 1992. Seguidamente, alega que en ning n pasaje de la demanda se explicaú en qu sentido o c mo los hechos del t tulo 1.- Fundamentos de Hechoé ó í “ ” poseer an una relaci n directa con la supuesta exigibilidad de la cauci ní ó ó suscrita por instrumento privado, lo que perjudicar a a su parte por noí existir claridad sobre las imputaciones f cticas que hace Fisco de Chile ená contra de su representado. Agrega que tampoco identifica en el texto de demanda cu l o cu lesá á se
Texto Completo (Preview)
FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-942-2023 CARATULADO : FISCO DE CHILE/TESSADA Valparaiso, trece de Julio de dos mil veintitr sé Vistos: Que a folio 1 comparece LUC A PIERRY VARGAS, AbogadoÍ Procurador Fiscal Subrogante de Valpara so, por el í Fisco de Chile, Corporaci n de Derecho P blico, ambos con domicilio en calle Prat Nó ú
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