ROMERO/ALESTER E HIJOS SPA
Rol
M-526-2023
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · HECHOS A PROBAR X · PRUEBAS DEMANDANTE X · PRUEBAS DEMANDADO X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LA DEMANDA.- El Tribunal realiza una breve relación de la demanda.- -Todo lo cual queda contenido en el registro de audio- CONTESTACIÓN.- La parte demandada evacúa contestación al líbelo incoado en su contra.- -Todo lo cual queda contenido en el registro de audio- LLAMADO A CONCILIACIÓN: El Tribunal propone como base de conciliación $3.721.727. Breve receso a las 10:09. Siendo las 10:15 se reanuda la audiencia. La parte demandada acepta la base propuesta por el tribunal. La parte demandante propone como base de conciliación $6.000.000. Breve receso a las 10:17. Siendo las 10:23 se reanuda la audiencia. Se tiene fracasado el llamado a conciliación. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que el actor presto servicios para la demandada desde el 04 de enero de 2021 como vendedor. 2. Que ejerció la facultad del artículo 171 del Código del Trabajo el 31 de julio del año 2023 aduciendo la causal de incumplimiento grave de las obligaciones por los hechos que en la carta se refieren. HECHOS A PROBAR: 1. Efectividad de los hechos consignados en la carta para justificar la causal invocada. Pormenores y circunstancias que permiten establecerlos. 2. Monto de la última remuneración del trabajador para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 3. Efectividad de haberse otorgo al actor los descansos por feriado legal y/o proporcional, o de haber sido estos compensados. En su caso, monto adeudado por dicho concepto. 4. Efectividad de haberse pagado íntegramente las cotizaciones previsionales del actor. Hechos y circunstancias que permiten establecerlos. 5. Efectividad de haberse pagado la remuneración del mes de septiembre de 2022 del trabajador o, en su caso, monto adeudado por dicho concepto. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE: 1. Copia de
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 161, 168, 163, 454 y siguientes del Código del Trabajo, y dejando constancia que la prueba ha sido valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica, se declara: PRIMERO: Que se acoge la acción deducida solo en cuanto se dispone el pago de la suma de $390.271 (trescientos noventa mil doscientos setenta y un pesos).- por concepto de compensación de feriado proporcional al trabajador Luis Enrique Romero Millán, suma que deberá ser pagada por ALESTER E HIJOS SPA, demandada en estos antecedentes. SEGUNDO: Que se rechaza en todo lo demás la acción deducida. TERCERO: Que cada parte pagará sus costas. RIT: M-526-2023 RUC: 23-4-0516061-7 Siendo las 11:17 se pone término a la presente audiencia. DICTADO POR DOÑA JUANA ÁLVAREZ ARENAS, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés.- Página 1 de 1 Juzgado de Letras del Trabajo San Miguel – Ureta Cox # 855, San Miguel – Fono (02) 5563210
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA (VIRTUAL) PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 de noviembre de 2023 RUC 23-4-0516061-7 RIT M-526-2023 MAGISTRADO Juana Álvarez Arenas ADMINISTRATIVO DE ACTAS Martín Cea Fernández. HORA DE INICIO 09:50 HORA DE TERMINO 11:17 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340516061-7-1351 SALA 1.- PARTE DEMANDANTE Luis Enrique Romero Millán ABOGADO Andrea Patricia Flores Muñoz FORM
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