CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./VALENZUELA
Rol
C-1674-2023
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Se ha iniciado este proceso, con fecha 24 de Abril de 2023, en Rol N°1674-2023, caratulado “Cat Administradora de Tarjetas con Valenzuela” por demanda interpuesta por don Stefano Bertero Sichel, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Cat Administradora de Tarjetas S.A., persona jur dica delí giro de su denominaci n, representada legalmente por don Luis Aubele Ram rez,ó í ambos domiciliados en avenida Uno Norte N°2901, de la ciudad de Vi a del Mar,ñ quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de don Alfredo del Tr nsito Valenzuela Lealá , domiciliado en calle Burgos N°1465, de la ciudad de Vi a del Mar, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enñ ó su contra por la cantidad de $41.003.717, m s los intereses pactados, que seá devenguen desde el vencimiento hasta el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse entero pago a su representada de estas sumas o de otrasó que se determinen, con costas. Que notificada la demanda a la ejecutada, opone a la ejecuci n con fechaó 16 de mayo de 2023 las excepciones de prescripci n de la deuda o s lo de laó ó acci n ejecutiva, contemplada en los numerales 14 y 7 del art culo 464 del C digoó í ó de Procedimiento Civil, la que fue declarada admisible, con fecha 05 de Junio de 2023. Con fecha 12 de Julio de 2023, se cita a las partes para o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: JPKKXGXXHBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1674-2023 Foja: 1 I. En cuanto a la objeción de documentos deducida en el Segundo Otros í de la presentación de fecha 16 de Mayo de 2023 por la ejecutada: Primero: Que el ejecutado objet ó el pagar y el contratoé , acompa ado porñ el ejecutante, en raz n de que no le consta suó autenticidad ni integridad, pues carece de m rito ejecutivo, la acci n cambiaria emanada de ellos se encuentraé ó prescrita. Segundo: Que el Tribunal no acoger la objeci n opuesta al carecer esta deá ó fundamento legal, por cuanto los argumentos para sustentarla dicen relaci n conó aspectos de fondo que se discuten en este juicio a trav s de las excepci n opuesta,é ó adem s de no haberse fundado la objeci n conforme a las causales previstas en elá ó art. 346 N° 3 del C digo de Procedimiento Civil, por lo que esta objeci n seró ó á desestimada. II. En cuanto al fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Que al folio 1 comparece don Stefano Bertero Sichel, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Cat Administradora de Tarjetas S.A., quien vienen en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de don Alfredo del Tr nsito Valenzuela Lealá , solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó $41.003.717, m s los intereses pactados, que se devenguen desde el vencimientoá hasta el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse enteroó pago a su representada de estas sumas o de otras que se determinen, con costas, en el siguiente tenor: Indica que el actor es due o y leg timo tenedor del pagar Nºñ í é 3641992, por la suma de $41.003.717, por concepto de capital, suscrito el d a í 29 de marzo de 2023, por la sociedad CAT Administradora de Tarjetas S.A., representada por don Fernando Camilo Vega Mu ozñ , factor de comercio, c dula de identidadé N°17.242.567-4, de nuestro domicilio, en representaci n del demandado donó Alfredo Del Tr nsitoá Valenzuela Leal; seg n mandato autorizado anteú Notario Se ala que el documento ten a su vencimiento al ñ í 29 de marzo de 2023, por un monto de $41.003.717, por concepto de capital, fecha en la cual el deudor no lo pag , encontr ndose en mora desde ese d a, por lo que corresponde la aplicaci nó á í ó de intereses moratorios desde dicha fecha, que equivalen al inter s m ximoé á Código: JPKKXGXXHBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1674-2023 Foja: 1 convencional para operaciones no reajustables, los que deben calcularse desde la fecha de vencimiento del documento, adeudado en consecuencia a la demandante la suma de $41.003.717, por concepto de capital, m s los interesesá moratorios y costas. Agrega que conforme lo pactado, el deudor relev al portadoró del documento de la obligaci n de protesto y la firma del representante de la sociedadó aceptante por mandato que se encuentra
Fallo
por tanto, malamente se puede alegar la nulidad del t tulo por esta v a y menos que dicho antecedente carece deí í m rito ejecutivo por cuanto cumple plenamente con los requisitos establecidos en elé art culo N°434 del C digo de Procedimiento Civil, relativo a los t tulos. í ó í B) Fundando la ejecutada su excepci n, en el hecho que el mandatoó adolece de un vicio de nulidad que determina que el pagar materia deé estos autos no empece al deudor y, por ende, carece de m rito ejecutivo. é Explica que del caso en autos, la prestaci n de una obligaci n puedeó ó consistir en que el deudor ejecute algo o se abstenga de hacerlo; y el objeto adem s debe ser l cito. Reafirma lo antedicho en la definici n en que que hayá í ó objeto l cito en un acto cuando aquel est conforme a la ley, o sea cuando cumpleí á con todas las cualidades por ellas determinadas, conforme el art. 1.461 del C digoó Civil; realidad, comerciabilidad, determinaci n y, adem s, si se trata de un hecho,ó á Código: JPKKXGXXHBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1674-2023 Foja: 1 f sica y moralmente posible. Por lo que estima que el intento la declaraci n deí ó nulidad del mandato por inexigibilidad de la obligaci n no es viable, por cuanto seó traducir a necesariamente en la imposibilidad de ejercer, por parte de la actora,í todo tipo de acci n legal. Por otra parte, las facultades otorgadas en el mandatoó especial conferido a la ejecutante permit an
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C-1674-2023 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1674-2023 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./VALENZUELA Vi a del Marñ , trece de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: Se ha iniciado este proceso, con fecha 24 de Abril de 2023, en Rol N°1674-2023, caratulado “Cat Administradora de Tarjetas con Valenzuela” por
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