CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CARRASCO
Rol
C-30-2023
Fecha
13 de julio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Se ha iniciado este proceso, con fecha 04 de Enero de 2023, en Rol N°30- 2023, caratulado “Cat Administradora de Tarjetas con Carrasco” por demanda interpuesta por don Gonzalo Salgado Barros, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Cat Administradora de Tarjetas S.A., persona jur dica del giro de suí denominaci n, representada legalmente por don Luis Aubele Ram rez, ambosó í domiciliados en avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, Las Condes, quien vienen en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de don Janette Del Carmen Carrasco Barra, domiciliado en calle Burgos N°1465, de la ciudad de Vi a del Mar, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suñ ó contra por la cantidad de $6.906.723, m s los intereses pactados, que se devenguená desde el vencimiento hasta el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci nó hasta hacerse entero pago a su representada de estas sumas o de otras que se determinen, con costas. .Que notificada la demanda a la ejecutada, opone a la ejecuci n lasó excepciones de prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, contempladaó ó ó en los numerales 14 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, la queí ó fue declarada admisible, con fecha 28 de Marzo de 2023. Con fecha 12 de Julio de 2023, se cita a las partes para o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: EDVYXFPXHCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 I. En cuanto a la objeción de documentos deducida en el Segundo Otros í de la presentación de fecha 23 de marzo de 2023 por la ejecutada: Primero: Que el ejecutado objet ó el pagar y el contratoé , acompa ado porñ el ejecutante, en raz n de que no le consta suó autenticidad ni integridad, pues carece de m rito ejecutivo, la acci n cambiaria emanada de ellos se encuentraé ó prescrita. Segundo: Que el Tribunal no acoger la objeci n opuesta al carecer esta deá ó fundamento legal, por cuanto los argumentos para sustentarla dicen relaci n conó aspectos de fondo que se discuten en este juicio a trav s de las excepci n opuesta,é ó adem s de no haberse fundado la objeci n conforme a las causales previstas en elá ó art. 346 N° 3 del C digo de Procedimiento Civil, por lo que esta objeci n seró ó á desestimada. II. En cuanto al fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Que al folio 1 comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Cat Administradora de Tarjetas S.A., quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de don Janette Del Carmen Carrasco Barra, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó $6.906.723, m s los intereses pactados, que se devenguen desde el vencimiento hastaá el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse entero pagoó a su representada de estas sumas o de otras que se determinen, con costas, en el siguiente tenor: Indica que el actor, antes denominado Cencosud Administradora de Tarjetas S.A. es due o y leg timo tenedor del pagar Nºñ í é 3608956, con vencimiento el 12 de Diciembre de 2022, suscrito en representaci n de la deudora, Cencosudó Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., representadaé individual e indistintamente por Egon Arriagada L pez, Daniel Duarte Cuervo,ó Jorge Caycho Pachas, Carolina Andrea Morales Sierra, Tamara Gonz lez Meza,á Fernando Camilo Vega Mu oz y Rodrigo Lampre Lara, en virtud de un mandatoñ otorgado al efecto por el referido deudor, seg n consta del Contrato de Aperturaú de Cr dito acompa ado a su presentaci n.é ñ ó Código: EDVYXFPXHCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Explica que el mencionado pagar no fue pagado a la fecha de sué vencimiento, raz n por la cual la deudora individualizada, adeuda a la ejecutante laó suma se alada, devengando adem s el m ximo de inter s convencional que la leyñ á á é permite estipular para operaciones de cr dito de dinero no reajustables en monedaé nacional, por todo el per odo de laí mora o simple atraso, m s las costas.á Finaliza lo expuesto, indicando que la obligaci n es l quida y/o liquidable,ó í actualmente exigible en su totalidad conforme a lo pactado, la acci n ejecutiva noó se encuentra prescrita y, la fir
Fallo
se declara admisible las excepciones opuestas, y se la recibe a prueba, fij ndose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, losá siguientes: 1°.- Efectividad que la obligación, cuyo cumplimiento se persigue en estos autos, est á afectada por un vicio que conlleva su nulidad. Hechos y circunstancias que as í lo acrediten. 2°.- Efectividad de faltar algún requisito o condición establecido por la ley para que el título tenga mérito ejecutivo, sea absolutamente, sea con relación al demandado. Hechos y circunstancias que as í lo acrediten. S ptimo:é Sobre el t tulo de la ejecuci ní ó . Que la parte ejecutante en su presentaci n de fecha 04 de Enero de 2023, acompa , el pagar N°3608956,ó ñó é Código: EDVYXFPXHCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 suscrito don Fernando Camilo Vega Mu oz, en representaci n de Catñ ó Administradora de Tarjetas S.a. y quien a su vez, act a en representaci n de do aú ó ñ Jeanette del Carmen Carrasco Barra, con fecha el d a 12 de Diciembre de 2022,í por la suma de $6.906.723, en virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor, seg n consta en el documento acompa ado al folio 1, el cual seú ñ encuentra autorizado por el notario suplente de la 19ª Notar a de Santiago, doní Javier Hormazabal Collao. Octavo: Prueba del ejecutante: Que la parte ejecutante, adem s rindi laá ó siguiente prueba en autos: Prueba documental: 1.- Copia autorizada del Contrato
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-30-2023 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CARRASCO Vi a del Marñ , trece de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: Se ha iniciado este proceso, con fecha 04 de Enero de 2023, en Rol N°30- 2023, caratulado “Cat Administradora de Tarjetas con Carrasco” por demanda interpuesta
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica