21º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ARRIAGADA

Rol

C-4616-2018

Fecha

12 de julio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que comparece don Jos Miguel Matte Risopatr n, abogado, ené ó representaci n judicial de BANCO DE CREDITO E INVERSIONES,ó Sociedad del giro de su denominaci n, cuyo gerente general es don Eugenioó Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos domiciliados en Av. Libertador Bernardo O Higgins N 1449 Torre IV Piso 8, Edificio’ ° – Santiago Down - Town, comuna de Santiago, y dice que deduce demanda ejecutiva en contra de TATIANA SOLEDAD ARRIAGADA CABEZAS, ignora profesi n u oficio, domiciliado en AV EL GUANACOó NORTE 2000 CASA 1, comuna de HUECHURABA. Funda su demanda en que su representado es due o de:ñ I.- Pagar suscrito a la orden de Banco de Cr dito e Inversiones, coné é fecha 28 DE JULIO DE 2017, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito e Inversiones y autorizado ante Notario P blico, por laé ú suma de U.F.997,1800., deveng ndose intereses del 5,7% anual vencido,á durante todo el plazo pactado, el que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas del pagar , sea de capital y/o deé intereses, se elevar a al inter s m ximo convencional que la ley permiteí é á estipular para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional noé reajustables y durante todo el per odo que dure la mora o el simple retardo.í Indica que, el capital adeudado m s los intereses pactados se pagar aná í en 72 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, de UF. 16,446.- cada una, con vencimientos los d as 05 de cada mes, venciendo la primera de dichasí cuotas el d a 05 DE SEPTIEMBRE DE 2017.í Código: DZNDXGXQBQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4616-2018 Foja: 1 Adicionalmente, se estableci en dicho documento que el no pagoó oportuno de una cualquiera de sus cuotas, sea de capital o de intereses, dará derecho al acreedor para hacer exigible desde ese momento el total del saldo insoluto a esa fecha, el que desde ese momento se considerar deá plazo vencido. Se ala que, el deu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Jos Miguel Matte Risopatr n, ené ó calidad de mandatario judicial de BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, sociedad an nima especial del giro de su denominaci n,ó ó representada por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, todos ya individualizados, y solicita se tenga por interpuesta demanda en juicio ejecutivo en contra de TATIANA SOLEDAD ARRIAGADA CABEZAS, ya individualizado, en su calidad de suscriptor y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó cantidad de UF 963,620.-, equivalentes a esta fecha (09 DE FEBRERO DE 2018, 1 UF = $ 26.832,73.-) a la suma $ 25.856.555, en capital, m sá intereses pactados desde la fecha de la mora o simple retardo y se ordene seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago deó dicha suma a su representado, con costas. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este

Fallo

se declara admisibleé la excepci n opuesta, se omite su recepci n a prueba y se cit a las partes aó ó ó o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Jos Miguel Matte Risopatr n, ené ó calidad de mandatario judicial de BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, sociedad an nima especial del giro de su denominaci n,ó ó representada por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, todos ya individualizados, y solicita se tenga por interpuesta demanda en juicio ejecutivo en contra de TATIANA SOLEDAD ARRIAGADA CABEZAS, ya individualizado, en su calidad de suscriptor y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó cantidad de UF 963,620.-, equivalentes a esta fecha (09 DE FEBRERO DE 2018, 1 UF = $ 26.832,73.-) a la suma $ 25.856.555, en capital, m sá intereses pactados desde la fecha de la mora o simple retardo y se ordene seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago deó dicha suma a su representado, con costas. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que la ejecutada se opuso a la ejecuci n con laó excepci n de prescripci n de la deuda o s lo de la acci n, en raz n de queó ó ó ó ó se desprende del pagar , que la obligaci n y acciones derivadas delé ó documento se alado, se encuentran ampliamente prescritas, por haberseñ superado el plazo de prescripci n de la acci n ejecu

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C-4616-2018 Foja: 1 FOJA: 0 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4616-2018 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/ARRIAGADA Santiago, doce de Julio de dos mil veintitr s.é VISTOS: Que comparece don Jos Miguel Matte Risopatr n, abogado, ené ó representaci n judicial de BANCO DE CREDITO E INVERSIONES,ó Sociedad del giro de su denominaci n, cu

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