17º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SCOTIABANK CHILE/BUSTAMANTE

Rol

C-10236-2020

Fecha

17 de julio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 3 de julio de 2020, mediante presentaci n ingresada a trav só é de la oficina judicial virtual, comparece don Felipe Hern n Fr as Jones,á í abogado, como mandatario judicial y en representaci n de ó Scotiabank, sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal y gerente general esó don Francisco Sard n de Taboada, todos domiciliados para estos efectos enó calle Agustinas N 1235, piso 7 , Santiago, quien deduce demanda ejecutivaº º en contra de don Camilo Esteban Bustamante Guti rrezé , cuya profesi nó u oficio ignora, domiciliado en calle Los Pinos N 0198 Puente Alto,º Santiago, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n yó embargo por la cantidad de U.F. 135,4967 UF, equivalente en pesos al d aí 10 de Junio de 2020, a la suma de $3.890.864, m s intereses y costas.á Se ala que los t tulos cuyo cobro persigue corresponden a los siguientesñ í instrumentos: 1) Pagar de monto capital equivalente a 13,5497 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 29 de Mayo de 2020, y con vencimiento para el d a 10 de Junio de 2020.í 2) Pagar de monto capital equivalente a 121,9470 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 29 de Mayo de 2020, y con vencimiento para el d a 10 de Junio de 2020.í Código: RXEQXGQZKXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10236-2020 Foja: 1 Menciona que en los referidos pagar s se estipul que en caso deé ó mora o simple retardo en el pago del capital adeudado, se devengar uná inter s penal igual al inter s m ximo convencional que sea permitidoé é á estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudadaó en virtud de estos pagar s. El inter s penal se calcular sobre el capitalé é á adeudado y comenzar a regir desde la mora o simple retardo hasta laá fecha de pago efectivo de lo adeudado. Hace pr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Scotiabank deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de don Camilo Esteban Bustamante Guti rrez, yaé é individualizado, a fin de que pague la cantidad de 135,4967 UF, equivalente en pesos al d a 10 de Junio de 2020, por la suma de $3.890.864 con motivoí de tres pagar s, suscritos en su representaci n y que no fueron solucionadosé ó Código: RXEQXGQZKXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10236-2020 Foja: 1 a la fecha de su vencimiento, raz n por la que se ha interpuesto la acci nó ó ejecutiva en su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, opuso la excepci n contemplada en el n mero 17 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Procedimiento Civil, argumentando que la acci n cambiaria emanada de losó dos pagar s que sustentan la presente ejecuci n, como tambi n la deuda, seé ó é encuentran prescritas, de acuerdo a los antecedentes rese ados al principioñ de esta sentencia. TERCERO: Que la ejecutante, al evacuar el traslado concedido, indic que la acci n que emana de los pagar s es imprescriptible, al tenoró ó é de la disposici n del art culo 13 de la Ley N 20.027.ó í ° CUARTO: Que la ejecutante sustent el presente juicio en entreó – otros- los siguientes documentos guardados en la custodia del tribunal bajo el N 2726-2020: 1) Pagar . Financiamiento de Estudios de Educaci n° é ó Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), de fecha 29í de mayo de 2020, suscrito por don Juan Cort s Pizarro, en representaci né ó de Scotiabank Chile, y ste, a su vez, en representaci n del demandado Sr.é ó Bustamante Gutierrez, por la cantidad de capital de U.F. 13,5947 pagadera el d a 10 de junio de 2020, encontrando la firma del suscriptor autorizadaí por notario p blico; 2) Pagar . Financiamiento de Estudios de Educaci nú é ó Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), de fecha 29í de mayo de 2020, suscrito por don Juan Cort s Pizarro, en representaci né ó de Scotiabank Chile, y ste, a su vez, en representaci n del demandado Sr.é ó Bustamante Gutierrez, por la cantidad de capital de U.F. 121,9470 pagadera el d a 10 de junio de 2020, encontrando la firma del suscriptorí autorizada por notario p blico.ú QUINTO: Que, de conformidad con lo prescrito en el art culo 2514í del C digo Civil, ó “La prescripci n que extingue las acciones y derechosó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n seó Código: RXEQXGQZKXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10236-2020 Foja: 1 haya hecho exigible , mientras que, por su parte, el art culo 98 de la Ley” í N 18.092, precept a que el plazo de prescripci n de las acciones° ú ó cambiarias, que incluye al pagar por indicaci n

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698ó í y 2514 del C digo Civil; art culo 8 de la Ley N 21.226; Ley N 18.092,ó í ° ° art culos 13 y 18 bis de la Ley N 20.027 y dem s normas aplicables, seí ° á declara I. Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva proveniente de los dos pagar s con fecha de vencimiento el 10 deé junio de 2020, suscritos por don Juan Cort s Pizarro, en representaci n deé ó Scotiabank Chile, y ste, a su vez, en representaci n del demandado doné ó Camilo Esteban Bustamante Gutierrez por la cantidad de U.F. 13,5497 y U.F. 121,9470, respectivamente, enervando la ejecuci n; ó Código: RXEQXGQZKXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10236-2020 Foja: 1 II. Que se rechaza la excepci n contemplada en el N 17 deló ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada aí ó folio 30, respecto de la prescripci n de la deuda, seg n lo establecido en losó ú considerandos 12 y 13 ; y° ° III. Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A MARIA ISABEL REYES KOKISCH,Ñ JUEZA SUPLENTE. AUTORIZA DO A MARIELLAÑ RISOPATRON CERNA, SECRETARIA SUBROGANTE Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Julio de dos mil veintit

Texto Completo (Preview)

C-10236-2020 Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10236-2020 CARATULADO : BANCO SCOTIABANK CHILE/BUSTAMANTE Santiago, diecisite de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 3 de julio de 2020, mediante presentaci n ingresada a trav só é de la oficina judicial virtual, comparece don Felipe Hern n Fr as Jones,á í abogad

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica