HERRERA/PETROQUIM S.A.
Rol
T-206-2023
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
hechos nunca ocurrió. Dado lo anterior, por ley de transparencia el Sindicato solicitó que les exhibieran tales documentos, ya que jamás había entregado su consentimiento. Por temor a represalias, y dado el complejo contexto de despidos masivos y amedrantamiento contra los trabajadores sindicalizados, el Sindicato no denunció a la Empresa. AFILIACIÓN Y ACTIVIDAD SINDICAL DEL DENUNCIANTE. Como lo señaló anteriormente, prestó funciones para la demandada desde el año 2002 hasta la fecha de su despido. El año 2015, y tras un largo periodo de malos tratos, hostigamiento, abusos e incumplimiento de las leyes laborales, junto a un grupo de trabajadores, en ejercicio de nuestra Libertad Sindical, tomaron la decisión de formar un Sindicato. Dado que tomó un rol representativo de sus compañeros/as de trabajo, fue electo para formar parte de la directiva, ocupando el cargo de tesorero. Los primeros años de existencia de la organización sindical fueron bastante complejos, como directiva sufrimos en carne propia la persecución y amedrantamiento por parte de las jefaturas, quienes buscaban dar de baja nuestra organización sindical. En su caso concreto, tanto Sergio Reyes -jefe de mantención eléctrica- como también Marcello Plaza -en esa época, jefe de producción, actual gerente de planta ejercían malos tratos contra su persona, presionándole para que presentara su renuncia, haciendo diferencias notorias entre los trabajadores sindicalizados y los no sindicalizados, excluyéndole del proceso productivo, de las decisiones propias de su cargo, y en general, de todo aquello que tenía que ver con las funciones para las que fue contratado, ignorándole, y aminorando las labores que realizaba. La dinámica de la relación laboral y de los malos tratos ejercidos contra la directiva sindical se mantuvieron por años, generando una profunda afectación emocional y psicológica en nosotros. No obstante, continuó ejerciendo su labor de Tesorero durante 3 años, apoyado siempre por los socios y soci
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece don SALVADOR ENRIQUE HERRERA VIDAL, trabajador, cédula nacional de identidad número 9.935.919-6, con domicilio en Braulio Arenas N°8153, El Rosario, San Pedro de la Paz, Concepción; quien viene en presentar en lo principal denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en procedimiento de tutela laboral en contra de su empleador PETROQUIM S.A., -en adelante indistintamente denominado como PETROQUIM, ex empleador o la empresa- legalmente representado en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, por Marcello Plaza Rivera, cédula de identidad N°8.638.992-4, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos con domicilio en Hernando De Aguirre 268, Piso 4, Providencia, Santiago; solicitando que se acepte a tramitación la misma y se acceda a lo solicitado en ella, con expresa condena en costas, aceptando la demanda en todas sus partes o extremos según el mérito del proceso, todo según los siguientes antecedentes de hechos, derecho y peticiones, que a continuación se exponen: Ingresó a trabajar a PETROQUIM S.A. el 02 de enero del 2002, como técnico en mantención eléctrica, en las dependencias de la demandada, ubicadas en Camino a Ramuntcho S/N, comuna de Hualpén, ciudad de Talcahuano. PETROQUIM es una empresa que se dedica al rubro de la fabricación y distribución de polipropileno tanto a nivel nacional e internacional. Sus funciones eran principalmente las de: Ejecutar actividades diarias de mantención normal y/o excepcional; Realizar la inspección y recepción de trabajos a realizar por terceros; Realizar labores de inspección y trabajos menores de acuerdo a la mantención rutinaria; Apoyar al jefe de mantención en el control de ingreso y egreso e inventario de bodega repuestos; Ejecutar trabajos correctivos y preventivos basándose en el objetivo de mantención; Minimizar el impacto de las actividades de mantención sobre el medio ambiente, manejando adecuadamente los residuos del área; Coordinar la disposición interna de residuos del área de mantención eléctrica; Realizar cualquier otra actividad de índole similar a las anteriores que su jefe le solicite. La remuneración mensual estaba constituida por la suma de distintos conceptos, la que, en promedio de los últimos 3 meses completos trabajados antes de su despido, alcanzó el monto de $2.214.083.- para efectos de indemnizaciones legales por término de contrato, de acuerdo con el art. 172 del Código del Trabajo. Cabe señalar también que, al momento del despido, el contrato de trabajo era de carácter indefinido. Por último, es necesario indicar que, hasta el momento del término de la relación laboral, se encontraba afiliado al Sindicato de Trabajadores de Petroquim S.A. Indica que el Sindicato de Trabajadores de Petroquim, es una organización sindical que agrupa a trabajadores de la Empresa Petroquim S.A., empresa que se dedica al rubro de la fabricación y distribución de polipropileno tanto a nive
Fallo
por tanto, no se le notificó debidamente, tampoco del cierre del proceso ni de sus conclusiones. El aislamiento y discriminación que sufrió por motivos de sindicación y la constante presión de sus jefaturas, en particular, de Sergio Reyes, trajo consigo una grave afectación a su salud y sistema nervioso, así las cosas, el 12 de mayo del 2022 se desmayó en su domicilio y su familia tuvo que llevarle al servicio de urgencias de la Clínica Andes. Luego de darle el alta, el médico tratante le derivó al otorrinolaringólogo, ya que el primer diagnóstico que le hizo en urgencias fue de un vértigo periférico. Junto con lo anterior, debió iniciar un tratamiento psiquiátrico, dado lo que le había relatado respecto de su ansiedad y estrés por la situación vivenciada en el ámbito laboral. La actitud de la empresa hizo que retrasara su decisión, pero finalmente el 12 de agosto del 2022, agotado física y emocionalmente por la presión ejercida por la jefatura, decide volver a integrarse al Sindicato de Trabajadores de PETROQUIM, con la finalidad de denunciar los hostigamientos que vivió, y de recibir el apoyo de sus compañeros de trabajo durante este complejo proceso de persecución y hostigamiento por parte de su jefatura Sergio Reyes. En paralelo a esto, y dando cumplimiento a lo requerido por el médico tratante, comenzó una terapia psiquiátrica con el Dr. Arturo Álvarez, quien le prescribió un tratamiento farmacológico y me extendió una licencia médica. Volvió a sus funciones laborales el
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Concepción, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece don SALVADOR ENRIQUE HERRERA VIDAL, trabajador, cédula nacional de identidad número 9.935.919-6, con domicilio en Braulio Arenas N°8153, El Rosario, San Pedro de la Paz, Concepción; quien viene en presentar en lo principal denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión de
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