PROMATIC MEDIA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-3865-2023
Fecha
14 de julio de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 7 de marzo de 2023, comparece Claudio Acevedo Esp nola,í abogado, en representaci n de ó PROMATIC MEDIA S.A., sociedad de giro inversiones, representada por don Jorge Fern ndez Campos, ingeniero, ambosá domiciliados en ambos domiciliados en calle Avenida La Dehesa N 1201, oficina 708,° comuna de Lo Barnechea e interpone demanda en juicio ordinario de prescripci nó extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por su alcalde, Crist bal Lira Ib ezó áñ . Fundamenta su presentaci n, se alando que constar a en el documentoó ñ í denominado “Informe De Deuda”, emitido por la Direcci n de Administraci n yó ó Finanzas de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, de fecha 16 de febrero de 2023, adeudar a a esa fecha, la suma de $13.479.028.-í suma que se compone de patentes impagas, multas e intereses. Se ala que procedi a revisar cuota por cuota que se cobra, arrojando enñ ó definitiva que, del total, la suma de $5.267.750.- (cinco millones doscientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta mil pesos) se encuentran prescritos, por corresponder a patentes de una antig edad igual o superior al 31 de mayo de 2020, encontr ndose por tanto, susü á acciones de cobro absolutamente prescritas, raz n por la cual viene en interponer laó presente demanda, de tal forma que sea aquello judicialmente declarado en conformidad a la ley. Hace presente que, respecto de las patentes con vencimiento al 31 de julio de 2018 y al 31 de enero de 2019, su representada fue condenada a su pago conforme a sentencia de fecha 27 de mayo de 2020, dictada por el 16 Juzgado Civil de Santiago,° en causa rol C-14052-2019. Indica que la acci n para el cobro de patentes municipales supuestamenteó adeudadas del desde el 31 de mayo de 2017 a 31 de enero de 2020 (inclusive), con la sola excepci n de las patentes por las cuales su representada fue condenada a pagar en eló juicio antes se alado.ñ Agrega que se encontrar an extinguidas por prescripci n
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA ACCI N PRINCIPAL DE AUTOS.Ó PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de sus alegaciones, conforme lo dispone el art culo 1698 del C digo Civil, consta en autos, sin ser objetado de contrario,í ó informe de deuda, de fecha 16 de febrero de 2023, que da cuenta de sumas adeudadas, por concepto de patente comercial municipal profesional enrolada con el N 2-41564,° por el per odo comprendido entre el 6 de julio del a o 2017 y 31 de enero del a o 2023,í ñ ñ ambos inclusive. Código: CTVFXGGVXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que para que resulte procedente declarar la prescripci n de lasó referidas acciones, es necesario que hayan transcurrido los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular de aquellos no los haya ejercidoó manteni ndose inactivo a su respecto.é QUINTO: Que, en cuanto a los periodos correspondientes a las deudas por concepto de patente comercial municipal profesional enrolada con el N 2-41564, por el° periodo comprendido entre el 31 de enero de 2017 y el 31 de enero de 2020, ambas inclusive, es posible colegir que sus acciones para el cobro se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a os desde la fechaá ñ de vencimiento de cobro de las patentes y la notificaci n expresa del libelo pretensor,ó acaecida el d a 31 de marzo de 2023, todo ello seg n claramente dispone el art culoí ú í 2.521 del C digo Civil. ó II. EN CUANTO A LA DEMANDA RECONVENCIONAL SEXTO: Que, asimismo, la demandada Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, demanda reconvencionalmente a la sociedad Promatic Media S.A, por concepto de patente comercial por el per odo correspondiente al segundo semestre del a o 2020 yí ñ primer semestre del a o 2023.ñ S PTIMO: É Que respecto del cumplimiento de las obligaciones, por parte de la demandada reconvencional, consta su allanamiento total, motivo por el cual se accederá a la demanda intentada, como se dir en lo resolutivo del fallo.á
Fallo
por tanto, susü á acciones de cobro absolutamente prescritas, raz n por la cual viene en interponer laó presente demanda, de tal forma que sea aquello judicialmente declarado en conformidad a la ley. Hace presente que, respecto de las patentes con vencimiento al 31 de julio de 2018 y al 31 de enero de 2019, su representada fue condenada a su pago conforme a sentencia de fecha 27 de mayo de 2020, dictada por el 16 Juzgado Civil de Santiago,° en causa rol C-14052-2019. Indica que la acci n para el cobro de patentes municipales supuestamenteó adeudadas del desde el 31 de mayo de 2017 a 31 de enero de 2020 (inclusive), con la sola excepci n de las patentes por las cuales su representada fue condenada a pagar en eló juicio antes se alado.ñ Agrega que se encontrar an extinguidas por prescripci n, de acuerdo a loí ó prescrito en el art culo 2521 del C digo Civil, haciendo presente que la I. Municipalidadí ó de Lo Barnechea no habr a iniciado a la fecha ninguna acci n de cobro en contra de suí ó representada respecto a las cuotas de la patente municipal referidas. Finalmente, solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria de declaraci n deó prescripci n extintiva en contra de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, ó ya Código: CTVFXGGVXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl individualizada, y, en definitiva, se declare la prescripci n extintiva de ó las acciones que tenga la Municipalidad demandada, para demandar
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FOJA: 16.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-3865-2023 CARATULADO : PROMATIC MEDIA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, catorce de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, con fecha 7 de marzo de 2023, comparece Claudio Acevedo Esp nola,í abogado, en representaci n de ó PROMATIC MEDIA S.A., sociedad de giro inversiones, representa
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