29º Juzgado Civil de Santiago

SANTANDER CONSUMER FINANCE/ BAHAMONDEZ

Rol

C-3702-2022

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Freddy Ramirez León, abogado, en representación de Santander Consumer Finance Limitada, sociedad anónima del giro de financiamiento, crédito y leasing, representada por su gerente general Francisco José Bedos Rodríguez, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Moneda N° 1025, piso 7, Santiago, interpone demanda en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Claudia Valeria Bahamondes Zárate, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Almirante Cochrane N° 3904, Macul, en su calidad de deudora y mutuaria. Expone que la demandada celebró con Santander Consumer Finance Limitada un contrato de mutuo por $4.506.486 (capital), que se perfeccionó por la entrega de igual suma, que fue recibida en conformidad el 25 de noviembre de 2020. De esta forma la deudora y mutuaria se obligó a restituir dicha cantidad en 32 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $186.916 cada una, con vencimiento los días 5 de cada mes a contar del 10 de febrero de 2021, hasta el 11 de septiembre de 2023. Asimismo, que se pactó que el capital adeudado devengará una tasa de interés fija desde la fecha de su otorgamiento y hasta su vencimiento del 1,63% mensual vencido, sin perjuicio del interés en caso de mora, retardo o prórroga. En relación a lo anterior, señala que se acordó que en caso de mora o simple retardo en el pago del mutuo o de sus cuotas y hasta la fecha del pago efectivo, el préstamo devengaría un interés penal equivalente al máximo convencional permitido por la ley para este tipo de operaciones. Acusa que llegada la fecha de vencimiento de la cuota N° 12, con vencimiento el 10 de enero de 2022, la demandada incumplió su obligación, lo mismo respecto de las cuotas siguientes, adeudando en consecuencia por Código: PGDXXGXLJWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 concepto de capital la cantidad de $3.398.715, más los correspondientes intereses lucrativos y penales. Indica que par

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad a la regla general sobre onus probandi del artículo 1698 del Código Civil, en relación a la disposición del artículo 1547 del mismo Código, correspondió a la parte demandante acreditar la existencia de la obligación, así como a la demandada –en su caso- el cumplimiento. Con todo, se ha entendido consistentemente que la falta de contestación por parte de la demandada implica asumir que ha negado todos y cada uno de los fundamentos de hecho contenidos en la demanda. “En nuestro derecho, la rebeldía importa una contestación ficta de la demanda, en el sentido de entender que el demandado ha negado todos los Código: PGDXXGXLJWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 supuestos de hecho y de derecho en que se funda la pretensión hecha valer por el actor en su demanda, y consecuencialmente recaerá en plenitud en el demandante soportar la carga de la prueba durante el proceso. Al efecto se ha señalado que la rebeldía del demandado o la contestación ficta de la demanda implica negación total y absoluta de los hechos contenidos en la demanda” (Procedimiento Civil. Juicio Ordinario de Mayor Cuantía. Séptima Edición. Ignacio Rodríguez Papic. Ed. Jurídica de Chile. Revisado y Actualizada por el profesor Cristián Maturana Miquel, página 75, citando a don Mario Casarino V. en su Manual de Derecho Procesal Civil, tomo IV Pag. 52. 3ª Edición. 1947 de la misma Editorial). SEGUNDO: Que la parte demandante, con el propósito de acreditar la existencia de la obligación, acompañó copia del pagaré N° 1166853, a la orden de Santander Consumer Finance Ltda, por la suma de $4.506.486 y los intereses correspondientes, pagadero en 32 cuotas iguales mensuales y sucesivas de $186.916, con vencimiento la primera cuota el día 10 de febrero de 2021 y la última el día 11 de septiembre de 2023, comprendiendo un interés del 1,63% mensual. Asimismo, se establece que en caso de mora o simple retardo en el pago de las cuotas o intereses, se devengará el interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero que la ley permita estipular. Consta en la autorización notarial de fecha 17 de marzo de 2021 que el documento fue suscrito por Elías Barquin Arellano, en representación de Santander Consumer Finance Ltda, y ésta, a su vez, como mandataria de la deudora. TERCERO: Que la parte demandada, por su lado, no aportó probanza alguna. CUARTO: Que el documento privado acompañado por la actora emana de ella y no consigna la firma de la demandada.

Fallo

Por tanto, no es oponible a la sra. Bahamondes Zárate. Para serlo, debió acreditarse la cadena de mandatos anotada en el mismo documento, a saber: el poder dado por Claudia Valeria Bahamondes Zárate a Santander Consumer Finance Ltda. y el que ésta otorgó a Elías Barquin Arellano, que fue la persona que firmó. Código: PGDXXGXLJWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 QUINTO: Que, en consecuencia, se rechazará la demanda, por no haberse acreditado suficientemente la existencia de la obligación que se reclama, aunque sin costas, por estimarse que la parte demandante litigó con motivo plausible. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1437, 1545, 1698 y 2196 del Código Civil; y, 144, 170, 342 y 698 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que se rechaza la demanda, sin costas. Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. Rol C-3702-2022 DICTADA POR DON MATIAS FRANULIC GOMEZ, JUEZ TITULAR DEL VIGESIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Julio de dos mil veintitr sé Código: PGDXXGXLJWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T07:06:36-0400

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3702-2022 CARATULADO : SANTANDER CONSUMER FINANCE/ BAHAMONDEZ Santiago, trece de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Freddy Ramirez León, abogado, en representación de Santander Consumer Finance Limitada, sociedad anónima del giro de financiamiento, crédito y leasing, representada po

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