EHRENFELD/ANGULO
Rol
C-1128-2023
Fecha
11 de julio de 2023
Materia
JACTANCIA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En folio 1, Marlys Ursula Ehrenfeld Garrido, rentista, domiciliada en Arauco 225, oficina 31, Valdivia, dedujo demanda de jactancia contra “Comité de Adelanto y Desarrollo Vecinal Los Robles de Cayumapu”, persona jurídica del giro de su denominación, domiciliada en Condominio Los Robles de Cayumapu, Valdivia, representada por su presidente Patricio Angulo Escobar, de quien expresó ignorar profesión u oficio, con domicilio en Parcela N° 28 del Condominio Los Robles de Cayumapu, Valdivia y en calle Clemente Escobar 939 Valdivia, pretendiendo declaración jurisdiccional en orden a que la demandada se encuentra obligada a deducir la demanda que corresponda con relación al derecho de dominio que jactanciosamente dice corresponderle, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento que si no lo hace, no será oída posteriormente, con costas y con fundamento en: 1.- Que, la demandante es dueña en comunidad con sus hermanos de los sitios eriazos denominados área de equipamiento, área verde y área de reserva y que corresponden al bien raíz denominado Lote Dos Fundo Tamota, e inscritos a nombre de la sucesión a fojas 3.021 vuelta N° 3492 del año 2012 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia. 2.- Que, el dominio a nombre de la sucesión y su antecesor tiene a la fecha más 10 años y se encuentra vigente. 3.- Que, la organización denunciada, de forma concertada y sin consentimiento ni derecho que le asista, procedió a ocupar los lotes indicados en el numeral primero, estimado que tal cual lo sostiene en sus comunicaciones escritas, tiene derecho de dominio, lo que ha propagado de forma engañosa y mal intencionada por escrito mediante “WSP”, en los que señala que los sitios eriazos denominados espacios comunes, humedales y zona de equipamiento son de dominio de la comunidad que representan llamando a ocupar los retazos de terrenos señalados, ejecutando construcciones sobre suelo que es ajeno, colocando letreros e incurriendo en actos de auto
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, cabe desechar la excepción de prescripción, desde que se evidencia de autos que los actos que la generan, son de existencia actual, conforme lo reconocido por el representante legal de la organización demandada, o a lo menos, esta organización mantiene en la actualidad su pretensión de dominio colectivo sobre los bienes. Segundo: Que, la prueba útil relativa al establecimiento de los hechos que configurarían jactancia, frente a la posición de la demandada, se ha hecho consistir en: 1.- Confesional de folio 22, en que aparece Patricio Angulo Escobar, expresando... "es la comunicación y es lo que en ella se señala", en relación a la articulación segunda del pliego respectivo, planteada en términos de reconocer el texto de Whatsapp acompañado a la causa en que se sostiene que a la demandada le asiste dominio sobre los lotes de terreno aludidos en la demanda. 2.- Los testimonios de Nibaldo Marcos Rupayán y Mauricio Coronado, en cuanto en folio 19 declararon en línea con la confesional en relación al contenido del mensaje vía Whatsapp aludido por las partes. Tercero: Que, si bien a la época de la regulación legal de la jactancia no existía el medio de comunicación Whatsapp, debe entenderse que tal medio de comunicación es continente adecuado de expresión por escrito de la asistencia de un derecho. Por tales motivaciones y artículos 160, 170 y 270 del Código de Procedimiento Civil y 1.698 del Código Civil,
Fallo
se declara: Que, desechándose la excepción de prescripción de la acción, se acoge la demanda de folio 1, sin costas. Regístrese y notifíquese por correo electrónico. Rol C-1128-2023 Pronunciada por Nibaldo Cabezas López, Juez titular del Segundo Juzgado en lo civil de Valdivia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, once de Julio de dos mil veintitr s.é Código: MXPJXGYXEPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-11T09:10:40-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valdiviaº CAUSA ROL : C-1128-2023 CARATULADO : EHRENFELD/ANGULO Valdivia, once de Julio de dos mil veintitr s.é Vistos: En folio 1, Marlys Ursula Ehrenfeld Garrido, rentista, domiciliada en Arauco 225, oficina 31, Valdivia, dedujo demanda de jactancia contra “Comité de Adelanto y Desarrollo Vecinal Los Robles de Cayumapu”, persona jurídi
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