Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

GUTIÉRREZ/FISCO (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)

Rol

T-46-2022

Fecha

24 de noviembre de 2023

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal MARÍA JOSÉ SUSANA GUTIÉRREZ GÁLVEZ, Abogada, chilena, Cédula Nacional de Identidad N° 13.865.038-3, domiciliada para estos efectos en calle Barros Arana 1667 Iquique quien interpone denuncia de vulneración de derechos fundamentales y conjuntamente el cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales en contra de su empleador FISCO DE CHILE, RUT 61.006.000- 5 persona jurídica de derecho público, representada legalmente de acuerdo al artículo 4 del Código del Trabajo por don MARCELO FAINE CABEZON, Abogado Procurador Fiscal de la Región de Tarapacá, ambos con domicilio en calle Sotomayor N° 528, Quinto piso, de la ciudad de Iquique. Señala que con fecha 15 de Febrero del año 2021, ingresó al Servicio de Gobierno Interior, dependiente del Ministerio del Interior, comenzando a prestar servicios a partir del mismo día en calidad de profesional grado 10 escalafón profesional, en las funciones de Jefe de Departamento Jurídico y Jefe de Departamento de Extranjería en la entonces Gobernación Provincial del Tamarugal, Región de Tarapacá, actualmente corresponde a la Delegación Provincial Presidencial del Tamarugal, Región de Tarapacá. Hace presente que cuando fue requerida para desarrollar funciones en la calidad mencionada, se le indicó que sería contrata grado 8° escalafón profesional, tal como son los profesionales abogados que desarrollan dicha función en el resto del país y lo habían sido los abogados que le antecedieron en dicha función en las dependencias individualizadas. Lo anterior, y una vez que se encontraba ejerciendo funciones no se respeta, ya que encontrándose trabajando por ya un mes se entera por la encargada de personal de la ex – gobernación, doña Dalia Mollo, que la resolución exenta de la contrata señalaba que lo haría en grado 10°, lo cual evidentemente configuraba un desmedro económico. Afirma haber hablado telefónicamente con doña Catherine Bernales, encargada de RRHH del Servicio de Gobierno Interior a nivel central, sobre las razones del porqué se le había degradado en dos grados – recién ingresada al servicio -, señalando aquélla que había tomado la decisión para “repartir” más recursos con otras regiones. Indica que Las funciones se desarrollan en la comuna de Pozo Almonte, en forma presencial con jornada laboral completa de lunes a viernes y frente a esto y lo dificultoso que resultaba trasladarse a diario a laborar, sumado a la pandemia y que sería madre de una niña que se encontraba con clases online, no teniendo con quién dejarla al cuidado mientras se encontraba en Pozo Almonte y que su condición de salud, además, no le permitía dejarla sola, es que tomó la decisión de solicitar un permiso sin goce de sueldo por 6 meses a partir del 21 de junio del 2021, con la finalidad de ver la posibilidad de retornar a la ciudad de Santiago, desde donde se había trasladado hasta la primera región sobre la base de la oferta inicial laboral, lo cual no se respetó en cuanto a su

Fallo

se declara este Juez incompetente para pronunciarse de ello, al encontrarse limitada su competencia a conocer respecto de la acción vulneratoria de derechos fundamentales. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto lo establecido por los artículos 1, 485 y 489 del Código del Trabajo, se resuelve: I.-Se rechaza la demanda principal por vulneración de derechos fundamentales y subsidiaria de pago de subsidios por concepto de licencias médicas interpuesto por doña MARÍA JOSÉ SUSANA GUTIÉRREZ GÁLVEZ en contra del FISCO DE CHILE. II.-Se rechaza por incompetencia demanda reconvencional opuesta por la accionada. III.-No se condena en costas a las partes por no resultar ninguna totalmente vencida. Regístrese, notifíquese y archívese con sus antecedentes en su oportunidad. RIT T-46-2022 Dictada por don FRANCISCO JAVIER VARGAS VERA, Juez Titular de este Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. PAGE 14

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL CHILE IQUIQUE, veinticinco de noviembre dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal MARÍA JOSÉ SUSANA GUTIÉRREZ GÁLVEZ, Abogada, chilena, Cédula Nacional de Identidad N° 13.865.038-3, domiciliada para estos efectos en calle Barros Arana 1667 Iquique quien interpone denuncia de vulneración de derechos fundamentales y conjuntamente el cobro

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