2º Juzgado de Letras de San Antonio

ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA LTDA/MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

Rol

C-209-2023

Fecha

6 de julio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1 con 02 de febrero de 2023, compareció don Rodrigo Andrés Zarhi Hernández, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 13.688.165-5; en representación de la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA SPA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario 77.174.440-0, ambos domiciliados en Teniente Cruz Martínez N°54, Santo Domingo Benjamín Gonzalo Costa Saavedra, C.I N°18.391.169-4, quien deduce demanda de prescripción extintiva, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, Rut 69.073.500-8, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcalde, don Dino Lotito Flores, ingeniero, ambos domiciliados en Plaza del Cabildo s/n, comuna de Santo Domingo. Como fundamento de su demanda señaló que tal como consta de los documentos que acompaña, la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA SPA (en adelante, indistintamente, “Zuberoa”), se constituyó por escritura pública de fecha 23 de abril de 1998, siendo inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del mismo año. La misma inició actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (“SII”) y, posteriormente, registró domicilio ante dicha entidad en la comuna de Santo Domingo, desde el 9 de julio de 2019 Código: GCMJXGHFZQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Refiere que recientemente, la sociedad tomó conocimiento de que justamente por dicho período, registra una deuda por concepto de patente municipal para con la contraria, pese a lo cual no ha sido notificada de demanda o gestión judicial alguna, por lo que corresponde se declare judicialmente la prescripción de toda acción de cobro a su respecto. Sostiene que del mérito del documento emitido por el Servicio de Impuestos Internos (“SII”) y que se acompaña en un otrosí de esta presentación, consta que su representada cambió su domicilio a aquel ubicado en la comuna administrada por la demandada el mes de julio de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Benjamín Gonzalo Costa Saavedra, en representación de la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA SPA, quien deduce demanda de prescripción extintiva, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, a fin de que se declare en definitiva, la prescripción de las obligaciones indicadas; atendida las razones de hecho y de derecho señaladas en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeldía. No obstante, a folio 11 compareció don Alexis Fernando González Acuña, abogado, por la demandada, quien se alama a la demanda, sin costas. TERCERO: Que, atendida la acción interpuesta, primeramente debe tenerse presente, que la institución jurídica de la prescripción extintiva, parte del supuesto de que exista válidamente una obligación, la cual no se ha hecho exigible ante los Tribunales competentes por inactividad del acreedor, dentro de un período determinado de tiempo, para lo cual constituye como requisito legal de procedencia: 1.- la existencia de una obligación; 2.- que la acción sea prescriptible; y 3.- la inactividad del acreedor durante un determinado lapso de tiempo. CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos, la parte demandante rindió la siguiente prueba documental: 1. Copia de inscripción de constitución de la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA SPA ante el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. 2. Documento titulado “RECEPCIÓN DE AVISO DE CAMBIO DE DOMICILIO”, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, dando cuenta del cambio de domicilio de la sociedad referida en el numeral precedente, el día 9 de julio de 2019. 3. Formulario N°22, sobre Impuestos Anuales a la Renta, emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de la Código: GCMJXGHFZQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA SPA, para el año tributario 2019. QUINTO: Que por su parte la demandada, no rindió prueba alguna. SEXTO: Que, en la especie son aplicables las reglas de prescripción contenidas en el artículo 2521 del Código Civil, todo ello, relacionado con y con el Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, razón por cual en definitiva el plazo de prescripción de la acción de cobro para el pago de deudas por patentes municipales es de tres años, el cual puede suspenderse e interrumpirse de acuerdo a las reglas generales. SÉPTIMO: Que, en ese orden de ideas, no habiéndose efectuado requerimiento alguno por la demandada para efectuar el cobro, sumado al allanamiento efectuado por ésta, es que lleva a concluir que la demandada no se encuentra en ninguno de los supuestos que permite interrumpir el plazo de prescripción de la acción, razón por la que habiendo transcurrido con creces el plazo de prescripción extintiva correspondientes al período comprendido entre los meses de julio de 2019 y enero de 2020, respectivamente, por un monto aproximad

Fallo

Por tanto, y previas citas legales en que fundó su acción, solicitó tener por interpuesta por interpuesta acción de prescripción extintiva contra la Ilustre Municipalidad de Santo Domingo, representada para estos efectos por su alcalde, ambos ya individualizados; acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar prescrita la acción de la demandada para el cobro de la deuda mencionada en esta presentación, con expresa condena en costas en caso de oposición. Que con fecha 16 de febrero de 2023 de abril de 2023, consta notificación personal subsidiaria del demandado. Que a folio 10, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía. A folio 11 con fecha 30 de marzo de 2023, compareció don Alexis Fernando González Acuña, Abogado, Abogado en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, quien refiere que verificados los certificados de deuda del Departamento de Rentas Municipales, se constató que la demandante registra deuda vigente por concepto de patente municipal del período año 2019 (que incluye la cuota que se pudo haber devengado en enero de 2020). Solicita tenerla por allanada íntegramente a la demanda, sin costas, por no haber mediado oposición. Que a folio 12, se citó a las partes a oír sentencia. Código: GCMJXGHFZQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Benjamín Gonzalo Costa Saavedra, en representación de la sociedad ASE

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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-209-2023 CARATULADO : ASESORIAS E INVERSIONES ZUBEROA LTDA/MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO San Antonio, seis de Julio de dos mil veintitr sé VISTOS: Que a folio 1 con 02 de febrero de 2023, compareció don Rodrigo Andrés Zarhi Hernández, chileno, casado, abogado, cédula de identidad núm

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