Juzgado de Letras del Trabajo de Castro

NAVIERA SAN LORENZO LIMITADA/INSPECCION PROVINCIAL TRABAJO CHILOE

Rol

I-27-2023

Fecha

22 de noviembre de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materiales concretos del caso específico por los cuales fue impuesta reviste tal carácter de grave o perjudicial para los trabajadores y las funciones de fiscalización. Conforme lo anterior, la pregunta sobre la que cabe reflexionar es si los hechos supuestamente constatados ameritan el establecimiento de las sanciones impuestas, especialmente

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-27-2023, RUC 23-4-0503595-2, procedimiento monitorio, y comparece NAVIERA SAN LORENZO LIMITADA, empresa del giro de su denominación, RUT N°76.650.411-6, representada por don LORENZO ANDRES GUAJARDO, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad N°15.186.154-7,ambos con domicilio en Centenario N° 292, Quellón, quien viene en reclamar judicialmente en procedimiento monitorio de Reclamación de multa administrativa, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CASTRO, representada por su Inspector Provincial doña LORENA CATALINA SIERPE OJEDA, con domicilio en calle Eleuterio Ramirez N°232, respecto de la Resolución de Multa N°1666/23/30-1, de fecha 11 de julio de 2023, y notificada mediante correo electrónico de fecha 12 del mismo mes, solicitando desde ya que sea ésta revocada y dejada sin efecto y en subsidio se recalifique a culpa leve, con expresa condena en costas. Indica en su libelo pretensor que con fecha 6 de Junio de 2023 se efectuó una fiscalización en la embarcación KYRIOS, distintivo de llamada CA 9200, en centro de cultivo denominado PILPILEHUE, constatándose que la empresa no llevaría registro de asistencia de personal según lo establecido en resolución 686 de julio de 2022, situación que afectaría a los trabajadores que se indican. Primeramente, cabe referir que la resolución recurrida n° 686 de 2022 se ha fijado, con carácter de obligatorio, un sistema informático digitalizado, de registro y control de asistencia, horas de trabajo y descansos para los trabajadores embarcados o gente de mar. Dicho sistema regirá respecto de todos los trabajadores embarcados o gente de mar que desarrollen faenas a bordo de naves mayores de la marina mercante que enarbolen la bandera del Estado de Chile; no siendo aplicable, por regla general, a las embarcaciones menores especiales o a naves menores de marina mercante respecto cuyos trabajadores no se haya pactado régimen especial conforme con lo prescrito en el artículo 131 del Código del Trabajo. En el caso de marras, la embarcación en que se prestan los servicios no corresponde a una de aquellas regidas por dicha resolución, en tanto no se trata de una embarcación destinada al comercio, resultando improcedente la aplicación de la multa recurrida, en tanto tratarse de una nave de especialidad, conforme regula la ley de navegación. En efecto, las labores a bordo y autorizaciones de zarpe vigentes se establece que la actividad a ejercer es de “Apoyo a centros de cultivo”, actividad que está circunscrita a las actividades de pesca, motivo suficiente para dejar sin efecto la multa recurrida. Por su parte, respecto de trabajadores a bordo, si bien se trata de personal respecto del cual se ha pactado adscripción al régimen regulado por los artículo 96 y siguientes del Código del Trabajo, ello no resulta extensible al supuesto regulado en el artículo 115 del Código del Trabajo,

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE RECHAZA, con costas, la reclamación de multa administrativa deducida por NAVIERA SAN LORENZO LIMITADA, en contra de la resolución de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CASTRO, todos previamente individualizados. II.- Que se fijan las costas de la instancia en la suma de $150.000.- Regístrese. RIT I-27-2023 RUC 23-4-0503595-2 Pronunciada por doña CAROLINA EMILIA PARDO LOBOS, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro.

Texto Completo (Preview)

Castro, veintidós de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-27-2023, RUC 23-4-0503595-2, procedimiento monitorio, y comparece NAVIERA SAN LORENZO LIMITADA, empresa del giro de su denominación, RUT N°76.650.411-6, representada por don LORENZO ANDRES GUAJARDO, chileno, casado,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica