Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./

Rol

V-4450-2021

Fecha

29 de junio de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 22 de noviembre de 2021 doña PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, cédula de identidad número 15.019.794-5, Chilena, Soltera, Abogado, en representación de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., Rol Único Tributario número 93.007.000-9, persona jurídica de derecho privado del giro y nacionalidad de su denominación, ambos domiciliados en Aníbal Pinto N° 3228 de Antofagasta; solicitó 30 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a las que denominó “DON GONZALO 15 I DEL 1 AL 30”, ubicadas en la Provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal. SEGUNDO: Que la manifestación se formuló haciendo uso del derecho otorgado por la concesión de exploración denominada “DON GONZALO 15”, a favor de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., según consta de la copia autorizada de la inscripción de la Sentencia Constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, a fojas 300 N° 171, de fecha 17 de enero de 2020, acompañada con fecha 22 de noviembre de 2021. TERCERO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 3587 N° 2304, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 25 de noviembre de 2021 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 43.132, de fecha 20 de diciembre de 2021, documentación agregada a los autos con fecha 29 de junio de 2022. CUARTO: Que con fecha 29 de junio de 2022, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 30 de junio de 2022, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación la del pedimento, esto es, el día 07 de junio de 2019. QUINTO: Que con fecha 14 de febrero de 2023, se acompañó Boletín Oficial de Minería edición N° 43.304, de fecha 18 de julio de 2022, en donde se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal. SEXTO: Que con fecha 14 de febrero de 2023, se acompañó acta de mensura en la cual consta que se solicitaron y mensuraron 30 pertenencias Código: YDGXXGKXXVC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mineras de 10 hectáreas cada una, sobre una superficie total de 300 hectáreas, con el nombre de “DON GONZALO 15 I DEL 1 AL 30”, ubicadas en la II Región Antofagasta, Provincia Antofagasta, Comuna Taltal, Sector Sierra Providencia. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: LINDERO NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.152.000,00 389.000,00 L2 7.152.000,00 392.000,00 L3 7.151.000,00 392.000,00 L4 7.151.000,00 389.000,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.151.500,00 metros.; ESTE 390.500,00 metros. SÉPTIMO: Que con fecha 06 de abril de 2023, consta en informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, N° 1715, de fecha 05 de abril de 2023, las observaciones planteada

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. UNDÉCIMO: Que, con fecha 27 de junio de 2023, la presente causa queda en estado de fallarse. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “DON GONZALO 15 I DEL 1 AL 30”, ubicadas en la II Región Antofagasta, Provincia Antofagasta, Comuna Taltal, Sector Sierra Providencia, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, Código: YDGXXGKXXVC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase l

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-4450-2021 CARATULADO : SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “DON GONZALO 15 I DEL 1 AL 30” FECHA DE INGRESO : 22 DE NOVIEMBRE DE 2021 FECHA A.P.F. : 27 DE JUNIO DE 2023 Taltal, veintinueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que c

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