1º Juzgado de Letras de Quillota

BUSTAMANTE/SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN GABRIEL LTDA

Rol

M-38-2023

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el libelo pretensor, no existiendo en consecuencia hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos solicita se omita recepción de la causa a prueba, se dé por concluido el debate y se proceda a la dictación de la sentencia definitiva. El tribunal resuelve, como se pide. Se dicta sentencia. Quillota, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este tribunal compareció Nicol Andrea Bustamante Galaz, cobradora de derechos de estacionamiento, domiciliada en Pasaje Del Río N°683, Villa Los Aromos, Quillota, e interpuso demanda en contra de Sociedad Inmobiliaria E Inversiones San Gabriel Limitada, representada por Gabriel Ambrosio Ortega Díaz, domiciliados en Calle Freire N° 165, oficina 5, Quillota, y en Yerbas Buenas N° 485, comuna de Linares; además y solidaria o subsidiariamente, en contra de la Ilustre Municipalidad De Quillota, representada legalmente por su alcalde Oscar Calderón Sánchez, respecto de la cual se llegó a avenimiento parcial, solicitando por las razones que indica, se declare que su separación es nula para efectos remuneracionales y se condene a la demandada a pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación el día 31 de marzo de 2023, hasta la convalidación del despido y a razón de $626.167, además se declare indebido el despido y se condene a la demandada al pago de las sumas que reclama por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, indemnización por años de servicios, recargo de esta última en un 80%, compensación de feriado proporcional, y cotizaciones de seguridad social adeudadas, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que se llegó a avenimiento parcial con la demandada solidaria Ilustre Municipalidad De Quillota por la suma de $2.504.668, continuándose con la tramitación de la causa únicamente a lo que respecta a la Sociedad Inmobiliaria E Inversiones San Gabriel Limitada. TERCERO: Que la demandada principal, So

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda, en cuanto se declara la nulidad del despido para efectos remuneracionales y de que ha sido objeto la parte demandante, condenándose a la pagar a la demandada a pagar a la actora las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación acontecida el 31 de marzo de 2023 y hasta la fecha de la convalidación del despido a razón de $626.167 mensuales. Asimismo se declara indebido el despido y se condena a la demandada a pagarle: $$626.167 a título de Indemnización sustitutiva del aviso previo. $1.878.501 por concepto de Indemnización por años de servicios. $1.502.801 por concepto de Recargo de la suma antes indicada en un 80% según lo regulado por la letra c) del artículo 168 del Código del Trabajo. Se condena además a la parte demandada a pagar a la demandante $137.755 por concepto de compensación de feriado proporcional. Y a enterar en las entidades respectivas AFP Próvida, AFC Chile y Fonasa las cotizaciones previsionales de cesantía y de salud, que han sido impagas y correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo, noviembre y diciembre todos del año 2020. Al total de las sumas antes indicadas habrá de deducirse, la cantidad por la cual se llegó a avenimiento con la demandada solidaria Ilustre Municipalidad De Quillota, esto es la suma de $ $2.504.668, a objeto de evitar enriquecimiento sin causa. II.- Las sumas antes indicadas, devengaran los intereses, reajustes legales de los artículos 63 y 173 del Cód

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Poder Judicial CHILE ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 de noviembre de 2023 RUC 23-4-0493033-8 RIT M-38-2023 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Valentina Sandoval Orrego HORA DE INICIO 12:45 horas HORA DE TERMINO 13:00 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0493033-8-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ABOGADO

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