Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

PINTO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO

Rol

O-564-2023

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Con fecha 30 de junio de 2015 fue contratada por la I. Municipalidad de Temuco en su calidad de Psicóloga, para prestar servicios personales remunerados en la Dirección de Desarrollo Comunitario, siendo destinada Programa de Recuperación de Barrios “Quiero Mi Barrio”. El primer Barrio en el que trabajó fue el Barrio Trapiales, desempeñando distintas labores como coordinadora y encargada social, asesora comunitaria de organizaciones territoriales en distintos sectores de Temuco (Barrio Trapiales, Macro sector Pedro de Valdivia). En esta primera etapa sus principales funciones eran: - Realización de encuestas de percepción y caracterización social del barrio. - Entrevistas con dirigentes vecinales y vecinos con la finalidad de levantar información y confeccionar estudio técnico de base. - Realización de recorridos barriales. - Conformación del Consejo vecinal de desarrollo, realización del hito inaugural, firma de contrato. - Participación en mesas técnicas comunales con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. - Elaboración y entrega de Plan Maestro. - Otras labores ordenadas por su jefatura. Dichos servicios se prestaban en la Dirección de Desarrollo Comunitario ubicada en calle Manuel Bulnes 0102, comuna de Temuco y también en terreno. Debía cumplir jornada de trabajo de lunes a viernes de 8:30 a 17:00 horas. Su jefe directo era don Miguel Gamonal, encargado del Departamento Comunitario y Vecinal. También debía emitir informes mensuales para el pago de sus honorarios. A contar del 1 de enero de 2021, por disposición de la DIDECO, volvió a prestar servicios en el Programa de Recuperación de Barrios “Quiero Mi Barrio”, siendo destinada esta vez al barrio “Nueva Chivilcan”. Sus principales funciones eran: ( Trabajar coordinadamente con los profesionales del equipo regional de la Seremi de Vivienda y Urbanismo y Serviu, en cuanto a aspectos técnicos y administrativos. ( Asistir y participar de las actividades y reuniones planificadas y convocadas por el equipo

Fundamentos

Considerando PRIMERO: Que, con fecha 24 de junio de 2023 comparece PAULA FERNANDA PINTO DAVILA, cédula de identidad N° 12.970.002-5, psicóloga, domiciliada en Camino Botrolhue N°1122, casa 64, comuna de Temuco interponiendo demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado o carente de causal legal y nulidad de despido, en procedimiento de aplicación general, en contra de mi ex empleador la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, corporación autónoma de derecho público, RUT 69.190.700-7 , representada legalmente por su alcalde don Roberto Francisco Neira Aburto (o quien lo subrogue o reemplace legalmente al momento de la notificación de la demanda), ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N°650, comuna de Temuco, en base a los siguientes hechos: Con fecha 30 de junio de 2015 fue contratada por la I. Municipalidad de Temuco en su calidad de Psicóloga, para prestar servicios personales remunerados en la Dirección de Desarrollo Comunitario, siendo destinada Programa de Recuperación de Barrios “Quiero Mi Barrio”. El primer Barrio en el que trabajó fue el Barrio Trapiales, desempeñando distintas labores como coordinadora y encargada social, asesora comunitaria de organizaciones territoriales en distintos sectores de Temuco (Barrio Trapiales, Macro sector Pedro de Valdivia). En esta primera etapa sus principales funciones eran: - Realización de encuestas de percepción y caracterización social del barrio. - Entrevistas con dirigentes vecinales y vecinos con la finalidad de levantar información y confeccionar estudio técnico de base. - Realización de recorridos barriales. - Conformación del Consejo vecinal de desarrollo, realización del hito inaugural, firma de contrato. - Participación en mesas técnicas comunales con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. - Elaboración y entrega de Plan Maestro. - Otras labores ordenadas por su jefatura. Dichos servicios se prestaban en la Dirección de Desarrollo Comunitario ubicada en calle Manuel Bulnes 0102, comuna de Temuco y también en terreno. Debía cumplir jornada de trabajo de lunes a viernes de 8:30 a 17:00 horas. Su jefe directo era don Miguel Gamonal, encargado del Departamento Comunitario y Vecinal. También debía emitir informes mensuales para el pago de sus honorarios. A contar del 1 de enero de 2021, por disposición de la DIDECO, volvió a prestar servicios en el Programa de Recuperación de Barrios “Quiero Mi Barrio”, siendo destinada esta vez al barrio “Nueva Chivilcan”. Sus principales funciones eran: ( Trabajar coordinadamente con los profesionales del equipo regional de la Seremi de Vivienda y Urbanismo y Serviu, en cuanto a aspectos técnicos y administrativos. ( Asistir y participar de las actividades y reuniones planificadas y convocadas por el equipo regional de la Seremi de Vivienda y Urbanismo. ( Diseñar y desarrollar el plan maestro del barrio, en directa coordinación con el requipo regional de la Seremi de vivienda. ( Coordinar y ejecutar las acciones necesar

Fallo

por tanto de naturaleza civil, tal y como ocurre en el caso sublite. Existe la obligatoriedad legal según la cual un contrato de prestación de servicios a honorarios, bajo los presupuestos expresamente señalados en la ley, debe regirse por el contenido del mismo, es decir, conforme a la declaración libre y espontanea de los contratantes, que determinaron la competencia para el conocimiento de las controversias que pudieran suscitarse entre las mismas, es de naturaleza civil, y a su respecto son los Juzgado Civiles de Temuco, quienes tienen la competencia para conocer las cuestiones derivadas de los mismos. La incompetencia del Tribunal, pues como se trata de un contrato de prestación de servicios a honorarios, es sin duda, un contrato de naturaleza civil, y sin desatender el tenor literal de las referidas normas, no debiese, aún en sede jurisdiccional del trabajo, so pretexto de consultar el espíritu de las normas concluir que existe la pretendida relación laboral que permitiría otorga competencia a este Tribunal, de conformidad con el artículo 420 letra a) del Código del Trabajo. Como se dijo, en el presente contrato las partes pactaron de forma expresa que la competencia, conforme al artículo 182 del Código Orgánico de Tribunales, se radica en los Juzgados Civiles de Temuco, fijando los contratantes su domicilio asimismo en la comuna de Temuco, todo lo cual se desprende de la cláusula décima segunda del contrato, lo cual tiene plena coherencia con lo establecido en el ya c

Texto Completo (Preview)

Temuco, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos, Oído y Considerando PRIMERO: Que, con fecha 24 de junio de 2023 comparece PAULA FERNANDA PINTO DAVILA, cédula de identidad N° 12.970.002-5, psicóloga, domiciliada en Camino Botrolhue N°1122, casa 64, comuna de Temuco interponiendo demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado o carente de causal legal y nulidad de d

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