DEL HOMME/RIVEROS
Rol
M-822-2022
Fecha
16 de noviembre de 2023
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda, en virtud de la rebeldía de las demandadas. El Tribunal accede a dicha solicitud y tiene por tácitamente admitidos los siguientes hechos: 1. La existencia de la relación laboral entre don CEDIUS DEL HOMME con BELMER RIVEROS SPA. 2. Que el contrato de trabajo se inicia el día 10 de noviembre de 2021. 3. Que el contrato es de carácter indefinido. 4. Que la remuneración del actor es la suma de $420.000. 5. Que el actor fue despedido el día 03 de enero del año 2022 de manera verbal por parte del demandado don BELMER REYNE RIVEROS RIVEROS. 6. Que al actor se le adeudan $220.000 por remuneración correspondiente a días trabajados en el mes de diciembre del año 2021. 7. Que se le adeudan $2.000.000 por concepto de pago del acuerdo denominado “trato” 8. Que se adeudan $30.240 por concepto de feriado proporcional. 9. Que hay pago pendiente de un total de 80 horas extraordinarias por un total de $261.360. 10. Que hay deuda previsional en AFP PLAN VITAL, FONASA y AFC Chile durante todo el periodo trabajado. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 42, 162, 163, 167, 168, 169, 171, 172, 173, artículos 496 a 501 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que, se acoge la demanda de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuestas por don CEDIUS DEL HOMME en contra de BELMER RIVEROS SPA representada legalmente por don Belmer Reyne Riveros Riveros, y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $420.000.- por indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. b. $220.000.- por saldo de remuneración correspondiente al mes de diciembre del año 2021. c. $2.000.000.- por pago del acuerdo denominado “trato”. d. $30.240.- por concepto de feriado proporcional. e. $261.360.- por 80 horas extraordinarias. f. Cotizaciones previsionales en AFP PLAN VITAL, de salud en FONASA y de cesantía en AFC Chile por todo el periodo trabajado, esto es, desde el día 10 de noviembre de 2021 a 3 de enero de 2022, en base a remuneración mensual de $420.000. g. Remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demás pretensiones que se devenguen desde la fecha de despido acaecido con fecha 03 de enero de 2022, hasta que este sea convalidado con el integro pago de las cotizaciones previsionales adeudadas, en base a una remuneración mensual de $420.000. II. Que se rechaza la demanda de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por don CEDIUS DEL HOMME en contra de don Belmer Reyne Riveros Riveros en su calidad de persona natural, por los fundamentos señalados en el considerando quinto de la presente sentencia. III. Que se condena en costas a la
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 22-4-0397531-5 RIT M-822-2022 MAGISTRADO RAMÓN BARRÍA CÁRCAMO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CRISTIAN AGULLO HORA DE INICIO 10:23 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:40 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240397531-5-1349-23111
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