CELIS/
Rol
V-100-2023
Fecha
29 de junio de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que en el folio 1, compareció CAROLINA ARGELIA CELIS VENEGAS, chilena, cédula de identidad N° 8.261.766-3, pensionada, domiciliada en Santiago Arata N° 4075, Torre 7, departamento 21, condominio Doña Laura, Arica; e interpuso reclamación especial del artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, en contra de FERNANDO MANTEROLA SALAS, de oficio Conservador de Bienes Raíces de Arica, domiciliado en Paseo Bolognesi N° 306, de esta comuna y ciudad, con el objeto que se le ordene inscribir a su nombre -en el registro de propiedad respectivo- las acciones y derechos del bien raíz agrícola que compró legítimamente a un tercero, cuya inscripción fue denegada por el Conservador de Bienes Raíces de manera ilegal, antirreglamentaria e inconstitucionalmente. Al respecto, sostuvo que por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2020, suscrita ante notario público de esta ciudad, Carlos Urbina Reszczynski, compró en la cantidad $70.000.000.- (setenta millones de pesos) el 7,32% de acciones y derechos de la Hijuela o Lote N°46, de la subdivisión del inmueble rústico denominado “El Teniente”, ubicado en el Valle de Azapa, que corresponde a la parte oriental del predio agrícola denominado “El Algodonal Sur”, de esta comuna y provincia, individualizado en el plano archivado bajo el número 34 del año 2001, en el archivo de planos y documentos del Conservador de Bienes Raíces, cuyas especificaciones en cuanto a deslindes se detallan en el referido instrumento público. Agregó que el referido porcentaje equivale aproximada y físicamente a 400 mts.2, que el predio se encuentra emplazado fuera de los límites urbanos de la ciudad de Arica, y que el mismo día de la suscripción de la escritura de compra y venta pago el total del mencionado monto. Asimismo, la solicitante explicó que en la cláusula undécima del mismo instrumento, declaró, a petición del mismo notario actuante y como condición de suscripción de la escritura, estar en conocimiento que el Conservador de Bienes Raíces se podía rehusar a practicar la inscripción de la venta de acciones y Código: XXDYXGBGBTC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl derechos sobre un bien raíz agrícola de una menor cabida a la estipulada por la Ley, liberándolo -bajo requerimiento de él mismo- de toda responsabilidad. Así las cosas, hizo presente a este tribunal que con el fin de proceder a inscribir Raíces la referida compra de los derechos y acciones en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes, con fecha 3 de marzo de 2020 ingresó a dicho registro los antecedentes requeridos, extendiendo por sus servicios -el Conservador de Bienes Raíces- la boleta de honorarios N° 0216616, de igual fecha. En este sentido, la peticionaria alegó que con fecha 6 de octubre de 2020, el Conservador de Bienes Raíces emitió el certificado de rehúse, denegando la inscripción solicitada -en resumen- por recaer la compraventa en un po
Fallo
se resuelve: Que SE RECHAZA, en todas sus partes la solicitud deducida en folio 1 por CAROLINA ARGELIA CELIS VENEGAS. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol Nº V-100-2023 Dictada por GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez titular de este Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil. En Arica, a veintinueve de Junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv Código: XXDYXGBGBTC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-29T13:36:29-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-100-2023 CARATULADO : CELIS/ Arica, veintinueve de Junio de dos mil veintitrés VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que en el folio 1, compareció CAROLINA ARGELIA CELIS VENEGAS, chilena, cédula de identidad N° 8.261.766-3, pensionada, domiciliada en Santiago Arata N° 4075, Torre 7, departamento 21, condomini
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