REYES/
Rol
V-149-2022
Fecha
29 de junio de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En el folio 1 compareció doña Jeannette Silvana Reyes Troncoso, contadora, en representación legal de su hijo menor de edad, don NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, ambos con domicilio en Av. Dorsal N° 6.542, comuna de Lo Prado; y solicitó que se autorice el cambio de nombre de su hijo, quedando, en definitiva, como: “Nicolás Santiago Luna Reyes”. Fundando su solicitud, señaló que su hijo NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, fue inscrito ante el Servicio de Registro Civil e Identificaciones, incluyendo el segundo nombre y el apellido de su padre, Luis Mariano Coppia Banda. Hizo presente que, su hijo tiene actualmente 16 años de edad, y, su padre biológico, Luis Mariano Coppia Banda, nunca demostró intención alguna de mantener una relación directa y regular normal con él desde que nació, dado que éste, desde siempre, ha tenido un consumo abusivo de a las drogas y alcohol. Código: FNRXXGEGHPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Manifestó que, a los 3 años de edad de NICOLÁS, después de haber sufrido maltrato físico y psicológico de su parte, decidió abandonar el hogar común junto a sus hijos, con ayuda de Carabineros. Agregó que, con el transcurso del tiempo pudo reiniciar su vida, comenzando una relación sentimental con don Mario Raúl Luna Hurtado, con quien contrajo matrimonio, con fecha 12 de abril de 2014. Desde entonces, su cónyuge se ha hecho responsable de suplir las necesidades económicas y afectivas de su hijo, NICOLÁS MARIANO, desde sus 4 años. Advirtió que, a su hijo, NICOLÁS MARIANO, nunca se le negó el contacto con su padre biológico. Pero, lamentablemente, fue testigo de muchos hechos graves que marcaron su vida, teniendo que acudir a terapias psicológicas para reparar daños y por consiguiente nunca lo reconoció como tal. Expresó que, su hijo siempre ha reconocido como figura paterna a Mario Raúl Luna Hurtado, y su entorno familiar ha demostrado que NICOLÁS MARIANO es parte de la familia
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Jeannette Silvana Reyes Troncoso, en representación legal de su hijo menor de edad, don NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, solicitó que se autorice su cambio de nombre, quedando, en definitiva, como: “Nicolás Santiago Luna Reyes”. SEGUNDO: Que, para argumentar la solicitud, la peticionaria acompañó, entre otros documentos, su certificado de nacimiento y matrimonio, y, el certificado de nacimiento de su hijo, cuyo cambio de nombre solicita. TERCERO: Que, en el folio 10, informó el Servicio de Registro Civil, consignando los datos del adolescente requerido y recomendando determinar si es necesario citarlo y citar a su padre, para conocer su parecer respecto a la rectificación solicitada. CUARTO: Que, en el folio 27 consta la comparecencia del adolescente, de 16 años, a esa fecha, quien manifestó su voluntad en orden a que se efectúe la rectificación de su partida. Código: FNRXXGEGHPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Además, en la misma audiencia compareció el padre del adolescente, manifestando también su voluntad en cuanto a que se realice al cambio de nombre de su hijo. QUINTO: Que, en el folio 9 consta la información sumaria de dos testigos, quienes declararon que conocen al niño requerido, hace más de 5 años, con el nombre: “Nicolás Santiago Luna Reyes”, omitiendo el apellido paterno, ya que, el padre biológico no ha estado presente y su nombre y apellido, le ha causado menoscabo. SEXTO: Que, en el folio 16, se incorporó la publicación legal, sin que hubiere oposición de terceros, dentro del término legal, según consta en el proceso (certificado folio 24). SÉPTIMO: Que, del mérito de autos, se ha acreditado que, NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, ha sido conocido por más de 5 años, como: “Nicolás Santiago Luna Reyes”, ya que el apellido y segundo nombre le causan menoscabo y los desea reemplazar por otro segundo nombre y el primer apellido de quien cumple el rol de padre actualmente. Por lo que esta jueza estima procedente acceder a la autorización de dichos cambios y a la rectificación de la respectiva partida de su nacimiento, como se dirá en lo resolutivo. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1° inciso 2°, letra a) y b), y artículos 3° y 4° inciso 3° de la Ley 17.344, sobre autorización de cambio de nombre; artículos 17 y 18 de la Ley N°4.808 sobre Registro Civil; 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
en mérito de lo expuesto, normas legales que cita y resulten aplicables, tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre y apellido, en la forma señalada en su escrito, y, en definitiva, acoger dicha solicitud, ordenando las inscripciones y subinscripciones que en derecho procedan. En el folio 29, se dejaron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Jeannette Silvana Reyes Troncoso, en representación legal de su hijo menor de edad, don NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, solicitó que se autorice su cambio de nombre, quedando, en definitiva, como: “Nicolás Santiago Luna Reyes”. SEGUNDO: Que, para argumentar la solicitud, la peticionaria acompañó, entre otros documentos, su certificado de nacimiento y matrimonio, y, el certificado de nacimiento de su hijo, cuyo cambio de nombre solicita. TERCERO: Que, en el folio 10, informó el Servicio de Registro Civil, consignando los datos del adolescente requerido y recomendando determinar si es necesario citarlo y citar a su padre, para conocer su parecer respecto a la rectificación solicitada. CUARTO: Que, en el folio 27 consta la comparecencia del adolescente, de 16 años, a esa fecha, quien manifestó su voluntad en orden a que se efectúe la rectificación de su partida. Código: FNRXXGEGHPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Además, en la misma audiencia compareció el padre del adolescente, manifestando también su voluntad en cuanto a que se realice al cam
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FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-149-2022 CARATULADO : REYES/ Santiago, veintinueve de Junio de dos mil veintitr sé VISTOS: En el folio 1 compareció doña Jeannette Silvana Reyes Troncoso, contadora, en representación legal de su hijo menor de edad, don NICOLÁS MARIANO COPPIA REYES, ambos con domicilio en Av. Dorsal N° 6.542, comun
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