BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/XIMENA ALARCON RODRIGUEZ SERV. DE INGENIERIA MECANICA EIRL
Rol
C-12712-2022
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece don Cristian S nchez Rojas, abogado, ená representaci n judicial del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , entidad de giro bancario, representada legalmente por su gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Moneda N 973, oficina 919, comuna de Santiago, quien viene en° interponer demanda de terminaci n inmediata de contrato deó arrendamiento por no pago de renta, en juicio sumario, en contra de do añ XIMENA VER NICA ALARC N RODR GUEZ SERVICIOS DEÓ Ó Í INGENIER A MEC NICA E.I.R.LÍ Á ., entidad del giro de su denominaci n, representada por do a Ximena Ver nica Alarc n Rodr guez,ó ñ ó ó í empresaria, en su calidad de arrendataria, y en contra de do a ñ XIMENA VER NICA ALARC N RODR GUEZÓ Ó Í , ya individualizada, en su calidad de fiadora y codeudora solidaria de la sociedad arrendataria, todos con domicilio en calle Juan Glasinovic, N 480, Galp n 19, de la ciudad de° ó Antofagasta, Regi n de Antofagasta.ó Funda su pretensi n en que su representada celebr un contrato deó ó arrendamiento de bienes muebles con la sociedad demandada denominado Condiciones Especiales , seg n consta de escritura privada de fecha 21 de“ ” ú abril de 2020, protocolizada en la Notar a de Santiago de don Franciscoí Javier Leiva Carvajal, bajo el repertorio n mero 40.023-2.020. A ade que,ú ñ conforme a lo pactado en dicho instrumento, la escritura denominada Código: BYTEXGWWSXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Condiciones Generales , que se encuentra protocolizada bajo el n mero“ ” ú 15.046-14, con fecha 09 de octubre de 2014 en la Notar a de Santiago deí don Osvaldo Pereira Gonz lez, se entiende formar parte integrante delá contrato de arrendamiento. Se ala que en virtud del referido contrato su representada dio enñ arriendo a la demandada una camioneta marca MAXUS, modelo T60 DCAB 2.8, motor n mero R9197021134, chasis n mero LSFAM11A3
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , interpone demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento conó opci n de compra por no pago de rentas, en contra de ó XIMENA VER NICA ALARC N RODR GUEZ SERVICIOS DEÓ Ó Í INGENIER A MEC NICA E.I.R.LÍ Á . y en contra de do a ñ XIMENA Código: BYTEXGWWSXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 VER NICA ALARC N RODR GUEZÓ Ó Í , en las calidades y por los argumentos rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ SEGUNDO: Que, no consta que los demandados hubiesen contestado la demanda interpuesta en la oportunidad procesal correspondiente, raz n por la cual sta se tuvo por contestada en suó é rebeld a.í TERCERO: Que, para acreditar su pretensi n, y en lo que interesa,ó la parte demandante produjo la siguiente prueba, no objetada de contrario: A) Instrumental A folio 1 del cuaderno de medida prejudicial : 1.- Protocolizaci n de condiciones especiales de contrato deó arrendamiento suscrito entre Banco de Cr dito e Inversiones y Ximenaé Ver nica Alarc n Rodr guez Servicios de Ingenier a Mec nica EIRL., deó ó í í á fecha 12 de marzo de 2020, ante la 41 Notar a de Santiago, Repertorio° í N 7520-2020.° 2.- Protocolizaci n de modificaci n de contrato de arrendamientoó ó suscrito entre Banco de Cr dito e Inversiones y Ximena Ver nica Alarc né ó ó Rodr guez Servic (sic) de fecha 21 de abril de 2020, ante la 2 Notar a deí ° í Santiago, Repertorio N 40.023-2020.° 3.- Protocolizaci n de condiciones generales de contrato deó arrendamiento con opci n de compra de bien (es) mueble (s), ante laó Notar a de Santiago de don Osvaldo Pereira Gonz lez, repertorioí á N 15.046-14.° 4.- Certificado de inscripci n y anotaciones vigentes en el Registro deó Veh culos Motorizados de la camioneta marca Maxus, placa patente nicaí ú PDCJ.45-K, extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n conó fecha 27 de octubre de 2022. 5.- Acta de entrega orden de compra N 68419, con fecha de° recepci n 28 de febrero de 2020, respecto de la camioneta marca Maxusó del a o 2020, suscrita por Ximena Ver nica Alarc n Rodr guez, enñ ó ó í representaci n de Ximena Ver nica Alarc n Rodr guez Servicios deó ó ó í Ingenier a Mec nica EIRL.í á Código: BYTEXGWWSXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 CUARTO: Que, no consta que la parte demandada hubiere producido prueba alguna en autos. QUINTO: Que, de lo dispuesto en los art culos 1545, 1915, 1938 yí 1942 del C digo Civil, se desprende que el contrato de arrendamiento es unó contrato bilateral, por medio del cual una de las partes--,el arrendador--, concede el goce de una cosa, y la otra--, el arrendatario--, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta ltima su obligaci n principal oú ó esencial en los t rminos del art culo 1444 del cuerpo legal antes citado.é í SEXTO: Que, de acuerdo a la prueba instr
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los art culos 1437, 1444,í 1445, 1535, 1543, 1545, 1551, 1698, 1700, 1702, 1706, 1915, 1916, 1938, 1945, 1947 del C digo Civil; art culos 139, 144,160,170, 254, 342, 346 N 3ó í ° y 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE PARCIALMENTE la demanda interpuesta a folio 1, por BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , en contra de XIMENA VER NICA ALARC N RODR GUEZ SERVICIOS DEÓ Ó Í INGENIER A MEC NICA E.I.R.LÍ Á ., en su calidad de arrendataria, y de do a ñ XIMENA VER NICA ALARC N RODR GUEZÓ Ó Í , en su calidad de fiadora y codeudora solidaria, y en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes. II.- Que SE CONDENA a la arrendataria a restituir el bien arrendado dentro del t rmino de tres d as desde que la presente sentenciaé í cause ejecutoria, bajo apercibimiento de proceder con auxilio de la fuerza p blica.ú III.- Que, SE CONDENA a ambas demandadas al pago solidario de las rentas de arrendamiento adeudadas y devengadas desde la fecha del incumplimiento del contrato esto es desde el 05 de septiembre de 2022-, en– adelante y hasta la restituci n del bien entregado en arriendo, por las rentasó detalladas en el considerando noveno de esta sentencia, devengando el inter s m ximo convencional permitido por ley desde el incumplimiento yé á hasta la fecha del pago efectivo. IV.- Que, SE RECHAZA lo pedido a t tulo de cl usula penal.í á V.- Que, cada parte sopor
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12712-2022 CARATULADO : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/XIMENA ALARCON RODRIGUEZ SERV. DE INGENIERIA MECANICA EIRL Santiago, veintiocho de Junio de dos mil veintitr s.é VISTO: A folio 1, comparece don Cristian S nchez Rojas, abogado, ená representaci n judicial del ó BANCO DE CR DITO
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