1º Juzgado Civil de Temuco

RAU/

Rol

V-1-2023

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 06-01-2023, comparece debidamente representada ISIDORA ANASTASIA RAU ORTEGA, estudiante universitaria, soltera, mayor de edad, con domicilio en Camino a Botrolhue N° 1404, casa 6, Condominio Londrina Garden, comuna de Temuco, correo electrónico io.rau@mayor.cl, quien solicita se rectifique su partida de nacimiento, cambiando su nombre a “Ío Anastasia Rau Ortega”.” Funda su solicitud indicando que consta en su certificado de nacimiento que su actual nombre, es ISIDORA ANASTASIA RAU ORTEGA. Indica que desde muy pequeña fue nombrada “Ío” por una prima materna mayor, y a partir de ahí, fue conocida y reconocida por sus propios padre y madre, y por toda su familia paterna y su familia materna como tal. Añade que todos los miembros de su familia extendida, como primos y tíos le llamaron desde muy pequeña de igual forma. Luego, al comenzar su vida escolar y al hacer amigos y amigas, fue llamada por ellos y naturalmente por sus profesoras y profesores como “Ío” Rau Ortega, lo que se ha replicado en su vida universitaria. Menciona que su primer nombre “Isidora”, cayó en desuso, y con el tiempo se tornó en un nombre muy poco reconocible para ella, pese a ser el que le asignaron sus padres al inscribirla en el Registro Civil. Señala que ha sido el nombre “Ío”-, el que ha usado informalmente casi toda su vida, e incluso forma parte de su firma, como se aprecia en su cédula de identidad, desde hace muchos años, y es el por el cual es conocida en todos los ambientes y medios que frecuento, el ámbito familiar, socialmente hablando, y hasta en el mundo académico en el que se desenvuelvo. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos de derecho cita el artículo 1º letra a) y b) de la Ley Nº 17.344. Finaliza solicitando acoger la petición y ordenar, previo los trámites legales pertinentes, el cambio de su primer nombre, quedando en definitiva su nombre completo como “Ío Anastasia Rau Ortega”, y ordenar la pertinente rectificación de partida de nacimiento. Código: DQBTXGRVXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- A folio 8, con fecha 10/04/2023 rola información sumaria de testigos. 3.- A folio 9, con fecha 04/05/2023, rola copia de publicación de rigor. 4.- A folio 6, con fecha 16/02/2023, rola informe del Servicio de Registro Civil e Identificación. 5.- A folio 22, con fecha 19-06-2023, consta declaración jurada de encontrarse soltera la peticionaria y no tener hijos. 6.- A folio 23, con fecha 22/06/2023 se trajeron los autos para resolver. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el artículo 1° de la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombre y apellido, en lo pertinente dispone que dicho cambio procede: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; “b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios,” Agregando además que “En los casos en que una persona haya sido conocida durante más de cinco años, con uno o más de los nombres propios que figuran en su partida de nacimiento, el titular podrá solicitar que se supriman en la inscripción, en la de su matrimonio y en las de nacimiento y en las de nacimiento de sus descendientes menores de edad, en su caso, el o los nombres que no hubieren usado.” SEGUNDO: Que para acreditar los fundamentos de la solicitud, se rindió información sumaria de testigos, compareciendo Paola Ortega Figueroa y Fernando Infante Marin, quienes previamente juramentados, refirieron conocer a la solicitante hace más de cinco años, indican que este se presenta como “Ío Rau”, tanto en el ámbito personal, escolar, deportivo y social. Además, acompañó como documento 1. certificado de nacimiento. 2.- TERCERO: Que, por su parte, el Servicio de Registro Civil e Identificación evacuó informe señalando que la solicitante tiene no anotaciones en el Registro General de Condenas. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 2 N°1 de la ley 21.334, se ordenó oficiar a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile y al Ministerio Público, con el objeto de que informen si el requirente se encuentra actualmente procesado o formalizado, si tuviere Código: DQBTXGRVXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condenas pendientes, o existieren a su respecto órdenes de arresto o detención pendientes o se encontrare sujeto a otras medidas cautelares personales, no constando anotaciones a su respecto. QUINTO: Que respecto de la primera causal referida al invocar el sustento legal

Fallo

se resuelve que SE ACOGE lo solicitado a folio 1, y en consecuencia se ordena al señor Oficial del Registro Civil e Identificación, rectifique la inscripción de nacimiento N° 8.576, Registro: del año 1999 de la Circunscripción de SANTIAGO, correspondiente a ISIDORA ANASTASIA RAU ORTEGA, cédula nacional de identidad N° 20.241.480-K, en el sentido de establecer que el nombre correcto es “Ío Anastasia Rau Ortega”. Una vez ejecutoriada la presente resolución, practíquese la rectificación ordenada. Para efectos de la inscripción correspondiente estese a lo dispuesto en el artículo 56 inciso 3 del Código de Procedimiento Civil, a saber “Las inscripciones, subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resolución judicial, podrán ser solicitadas al registro correspondiente directamente Código: DQBTXGRVXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por la parte interesada, sin necesidad de receptor judicial, acompañando las copias autorizadas de las resoluciones y actuaciones obtenidas directamente del sistema informático de tramitación con el correspondiente sello de autenticidad. En este caso, la institución a cargo del registro deberá cerciorarse, a través de dicho sistema y bajo su responsabilidad, de la existencia de las resoluciones y que las mismas causan ejecutoria.” Regístrese. Rol N° V-1-2023 Dictada por Natalia Estefany Ferrada Retamal, Jueza Suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-1-2023 CARATULADO : RAU/ Temuco, veintiocho de Junio de dos mil veintitr sé VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 06-01-2023, comparece debidamente representada ISIDORA ANASTASIA RAU ORTEGA, estudiante universitaria, soltera, mayor de edad, con domicilio en Camino a Botrolhue N° 1404, casa 6, Condominio Londrina Garden, c

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