SOTO/
Rol
V-148-2022
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: ऀEn folio 1, con fecha 26 de agosto de 2022, se ha iniciado esta causa por solicitud de doña CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS, estudiante, domiciliada en Chinquihue central, Km 12, de la ciudad de Puerto Montt. Solicita la rectificación de su partida de nacimiento, en el sentido de eliminar su apellido paterno SOTO para pasar a llamarme en definitiva CAMILA ALEJANDRA VILALLOBOS VILLALOBOS, en virtud de los siguientes argumentos: Manifiesta que de acuerdo a partida de nacimiento, su nombre es CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS. Actualmente es estudiante, y reside en la ciudad de Puerto Montt. Expresa que pese a su nombre registral, durante toda su vida ha sido conocida en su entorno social, como Camila Villalobos Villalobos, y nunca por su apellido paterno, en razón de que nunca ha mantenido contacto alguno con su padre, quien no tuvo parte en su crianza ni manutención, no existiendo lazo afectivo alguno y de quien no tiene noticia en la actualidad. Aduce que siente la necesidad de pasar a llamarse legalmente CAMILA ALEJANDRA VILLALOBOS VILLALOBOS, toda vez que a diferencia de su padre, es su madre quien hizo cargo de ella, siendo de ambos, la única figura significativa en su vida. Lo anterior reviste especial importancia para ella, dado que se encuentro próxima a terminar sus estudios superiores, cuestión pertinente a la hora de obtener las certificaciones y títulos respectivos y que en ellos figure el nombre cuyo cambio deseo obtener. Es por estas razones que desea llevar junto a sus nombres, en forma oficial los apellidos VILLALOBOS VILLALOBOS, ya que se corresponden a su identificación y reconocimiento social, y es son los apellidos con los que ella misma se identifica Código: HFSKXGFJXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En cuanto al derecho funda su pretensión en la causal prevista en la letra b) del artículo 1 de la Ley 17.344. Solicitando en definitiva ordenar, previos los trámites
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la peticionaria CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS, ha solicitado se decrete el cambio de su primer apellido, aduciendo como fundamento el hecho que ha sido reconocida de forma constante y reiterada por más de cinco años bajo el nombre de CAMILA ALEJANDRA VILLALOBOS VILLALOBOS. Conforme lo anterior, la solicitante estima que se dan los presupuestos de la letra b) del artículo 1° de la Ley 17.344, para decretar el cambio de nombre y apellidos, en los casos que indica la ley. SEGUNDO: Que, con fecha 11 de octubre de 2022, se rindió información sumaria, a través de la plataforma zoom, de dos testigos quienes manifestaron, en lo substancial, que conocen a la solicitante, y siempre ha sido conocida y llamada en su entorno social, educacional y familiar por Camila Alejandra Villalobos Villalobos. Agregaron que el padre biológico de la solicitante nunca estuvo presente en su crianza y que no mantiene contacto con él, siendo su madre bilógica su única figura de crianza significativa, quien se ha encargado durante toda su vida de sus cuidados económicos y afectivos. ऀTERCERO: Que, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa legal, se hicieron las publicaciones de rigor, no existiendo oposición a la solicitud planteada, según consta a folio 13 de autos. ऀAsimismo, el 11 de noviembre de 2022, se recepcionó informe de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación N° 5372, institución que no manifestó oposición o cuestionamientos a la solicitud. Código: HFSKXGFJXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ऀCUARTO: Que, de la partida de nacimiento de la interesada, es posible advertir que la persona a quien afecta la inscripción nació el 25 de febrero de 1998, siendo titular de ella CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS, y de las declaraciones de los testigos, y del informe evacuado por la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, se estima suficientemente acreditada la circunstancia esgrimida en el precepto legal invocado, esto es, la letra b) del artículo 1 de la ley 17.344, concluyendo en definitiva que la peticionaria ha sido conocida por más de 5 años con el nombre de CAMILA ALEJANDRA VILLALOBOS VILLALOBOS, en el ámbito social y familiar. ऀQUINTO: Que, del mérito de los antecedentes reseñados precedentemente, analizados en conciencia, es posible concluir que en definitiva, que la circunstancia de que ha operado el transcurso del tiempo y la plausibilidad exigida por la ley, debiendo tener en consideración que negarse a lo pedio implicaría un menoscabo al derecho al nombre respecto de la solicitante, de manera que se dará lugar al cambio de nombre, en los términos solicitados. ऀY visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 17.344; artículos 817, 818, 826 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
por estas razones que desea llevar junto a sus nombres, en forma oficial los apellidos VILLALOBOS VILLALOBOS, ya que se corresponden a su identificación y reconocimiento social, y es son los apellidos con los que ella misma se identifica Código: HFSKXGFJXYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En cuanto al derecho funda su pretensión en la causal prevista en la letra b) del artículo 1 de la Ley 17.344. Solicitando en definitiva ordenar, previos los trámites legales, la eliminación del actual apellido paterno de su partida de nacimiento: SOTO, reemplazándolo por VILLALOBOS, quedando llamado en definitiva como CAMILA VILLALOBOS VILLALOBOS. En folio 1, con fecha 26 de agosto de 2022, se acompañan documentos por la interesada. En folio 6, con fecha 11 de octubre de 2022, se registra la información sumaria de testigos. En folio 9, con fecha de 11 de noviembre de 2022, se lee el informe realizado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. En folio 11, con fecha 23 de febrero de 2023, consta la publicación de la solicitud. En folio 16, con fecha 14 de junio de 2023, se trajeron los autos para fallar. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la peticionaria CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS, ha solicitado se decrete el cambio de su primer apellido, aduciendo como fundamento el hecho que ha sido reconocida de forma constante y reiterada por más de cinco años bajo el nombre de CAMILA ALEJANDRA VILLALOBOS VILLALOBOS. Con
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NOMENCLATURA?: 1. [40]Sentencia JUZGADO ?: 1º Juzgado Civil de Puerto Montt CAUSA ROL?: V-148-2022 CARATULADO?: SOTO/ Puerto Montt, veintiocho de Junio de dos mil veintitr sé ऀVISTOS: ऀEn folio 1, con fecha 26 de agosto de 2022, se ha iniciado esta causa por solicitud de doña CAMILA ALEJANDRA SOTO VILLALOBOS, estudiante, domiciliada en Chinquihue central, Km 12, de la ciudad de Puerto Montt. Soli
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