DE LA FUENTE/GUERRERO
Rol
C-4060-2019
Fecha
22 de junio de 2023
Materia
REVOCATORIAS, ACCIÓN PAULIANA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 11 de diciembre de 2019 se presenta don CLAUDIO ANTONIO ROJAS BELMAR, Abogado, domiciliado en calle 1 Poniente Nº 1258, Of. 818, Edificio Plaza Poniente comuna y ciudad de Talca, en representaci n convencionaló seg n se acreditar de don ú á CRISTIAN ALEJANDRO DE LA FUENTE MORALES, chileno, soltero, empleado, domiciliado en Pasaje Los Maquis Nº 61, Poblaci n Aldea Campesina, comuna de Talca, quien deduce demanda civil enó procedimiento ordinario de acci n revocatoria pauliana, regulada en el art culo 2468ó í del C digo Civil, en contra de do a ó ñ LUC A DEL CARMEN PAREDESÍ TORRES, chilena, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Pasaje 18 Ponienteó Nº 0588, Galilea, comuna y ciudad de Talca y en contra de don JORGE ANDR S GUERRERO PAREDESÉ , ingeniero, casado, domiciliado en 26 Sur Nº 562, Villa Pucar , comuna y ciudad de Talca, solicitando desde luego se sirvaá acoger la presente acci n, ordenando rescindir la compraventa realizada entre losó demandados de autos, en escritura p blica del pasado 16 de octubre de 2019, bajoú el n mero de repertorio 8.526-2019, otorgada en la Notar a de don Teodoro Dur nú í á Palma, por cuanto dicha compraventa fue suscrita de mala fe y en perjuicio de los derechos de su representado. Indica que el pasado 29 de junio de 2019, alrededor de las 21:40 horas, en circunstancias que su representado hab a terminado su jornada laboral, circulaba ení su motocicleta marca Yamaha, modelo FZ-16, color negro, a o 2014, placa patenteñ OG-0694, por Avenida Circunvalaci n Norte de Poniente a Oriente, cuandoó repentinamente fue impactado por el veh culo autom vil marca Chevrolet, modeloí ó Spark GT, a o 2011, color azul, placa patente CWRH-79, conducido por elñ demandado por don Sergio Armando Paolini Uzcategui, y producto de la colisi nó ocasionada por el veh culo ltimo singularizado, la motocicleta de su mandante seí ú volc saltando este a metros de distancia, produci ndole el estado de inconciencia yó é Código: LDLZXGXXFEX Este
Fundamentos
fundamentos invocados en la contestaci n.ó Con fecha 24 de julio de 2020 se lleva a efecto la audiencia de conciliaci nó la cual no se produce. Con fecha 28 de octubre de 2021 se recibe la causa a prueba, rindi ndoseé la que obra en autos. Con fecha 09 de mayo de 2022 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRMIERO: Que como ha quedado relacionado en la parte expositiva este fallo, la parte demandante solicita- en s ntesis- í declarar que la compraventa realizada por do a Luc a Paredes Torres, sobre la propiedad consistente en casa yñ í sitio ubicado en 18 Poniente Nº 0588, que corresponde al lote 2 de la manzana F del plano de loteo San Francisco, y cuyos deslindes particulares son NORTE, lote 3 de la misma manzana; SUR, lote 1 de la misma manzana; ORIENTE, lote 20 de la misma manzana; y PONIENTE, Pasaje 18 Poniente, cuyo precio de venta fue la suma de $ 20.000.000.-, el inmueble vendido se encuentra inscrito a fojas 11.262, n mero 10.575 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deú í Talca, del a o 2019, fue realizado con fraude pauliano, y declarar nulo estañ compraventa, con las facultades que la ley le concede, volviendo esta propiedad al patrimonio de do a Luc a Paredes Torres, todo lo anterior con la debidañ í condenaci n en costas.-ó Código: LDLZXGXXFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, conforme a la ya relacionada parte expositiva, la parte demandada impetra el rechazo del libelo de autos de autos con costas. TERCERO: Que, con el fin de acreditar sus pretensiones, la demandante produjo los siguientes elementos de prueba: INSTRUMENTAL: 1.- Escritura p blica de compraventa del pasado 16 de octubre del 2019,ú otorgada en la Notaria de don Teodoro Duran Palma. 2-. Copia de dominio de la propiedad inscrita a fojas 11.262 n mero 10.575ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Talca, del a oí ñ 2019. 3.- Copias de expediente virtual, de causa rol 2848-2019, sustanciada ante el 2º Juzgado de Letras de Talca, caratulada “De La Fuente c/ Paredes”. 4.- Certificado de nacimiento de don Jorge Andr s Guerrero Paredes.-é 5.- Escritura p blica de mandato judicial, del pasado 20 de agosto de 2019.-ú 6.- Copia de causa penal Rit 5053-2019, que fue sustanciada ante el Juzgado de Garant a de Talca,í CONFESIONAL: provocado por el actor respecto de los demandados quienes se alan:ñ a) LUCIA DEL CARMEN PAREDES TORRES; quien se ala que:ñ No es propietaria del veh culo autom vil, marca Chevrolet, modelo Sparkí ó GT, a o 2011, color azul, placa patente CWRH-79.ñ Que es cierto y efectivo que vendi una propiedad ubicada en Pasaje 18ó Poniente 0588, Loteo San Francisco, comuna de Talca, seg n escritura deú compraventa del pasado 16 de octubre de 2.019. Es efectivo que el comprador del inmueble que vendi singularizado en eló punto anterior es don Jorge Guerrero Paredes. Que es cierto tiene un grado de pare
Fallo
por tanto lañ ó ó presente acci n se entable dentro del plazo ya se alado.-ó ñ Situaci n del acreedor que la demanda. Argumenta que aló respecto, el requisito planteado se refiere a que el acreedor de un cr dito en contra del deudoré que ha mermado su patrimonio es que debe tener inter s en ello.- Lo tendré á cuando el deudor sea insolvente, en el caso en cuesti n, el deudor la Sra. Paredesó Torres, voluntariamente ha mermado su patrimonio vendiendo su nico bien a suú hijo, consistente en el inmueble ubicado en ubicado en 18 Poniente Nº 0588, que corresponde al lote 2 de la manzana F del plano de loteo San Francisco, desviando el patrimonio, siendo el nico inmueble que su representado solicit la medidaú ó precautoria de celebrar actos y contratos sobre el mismo, no habiendo sido posible su inscripci n marginal ante el respectivo Conservador de Bienes Ra ces de Talca,ó í haciendo de esa manera una eventual ejecuci n de bienes para hacer efectivo eló pago de una eventual sentencia condenatoria.- Código: LDLZXGXXFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Mala fe del deudor, otorgante y el adquirente. Sostiene que la Sra. Paredes Torres, enajen el inmueble ya referido a su propio hijo, ni siquiera a un tercero,ó todo ello consta en la respectiva escritura de compraventa y documentos que se acompa an en un otros de esta presentaci n, siendo de f cil deducci n que elñ í ó á ó inmueble enajenado se encuentra en posesi n
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FOJA: 86 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : C-4060-2019 CARATULADO : DE LA FUENTE/GUERRERO Talca, veintid s de junio de dos mil veintitr s.ó é VISTOS: Con fecha 11 de diciembre de 2019 se presenta don CLAUDIO ANTONIO ROJAS BELMAR, Abogado, domiciliado en calle 1 Poniente Nº 1258, Of. 818, Edificio Plaza Poniente comuna y ciudad de Talca, en re
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