1º Juzgado de Letras de Los Andes

M & C MEDICA LIMITADA/ALEGRÍA Y JORQUERA LIMITADA

Rol

C-14-2023

Fecha

20 de junio de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1, con fecha 4 de enero de 2023, comparece el abogado Jaime Andr s Barrientos Ram rezé í , abogado, como mandatario judicial de M&C M dica Limitadaé , cuyo representante legal es Mauricio Alejandro Cort sé Vera, no indica profesi n u oficio, domiciliados para estos efectos en Diegoó Portales N 33, Oficina 213, Re aca, comuna de Vi a del Mar° ñ ñ , solicitando se proceda a la designaci n de un juez rbitro, cit ndose a ó á á Luis Roberto Rojas Alcayaga, por s , domiciliado en í Cl maco Barrera N 802, comunaí ° de Los Andes; a Patricio Esteban Cruz Alarc n, en representaci n de laó ó sociedad Doctor Patricio Cruz y Marti Limitada, domiciliados en Las Heras N 650, Oficina 610, comuna de Los Andes° ; a Mario Cl macoí Barrera Agurto, en representaci n de ó Prestaciones M dicas Marioé Barrera Limitada, domiciliados en Las Heras N 650, oficina 507, comuna° de Los Andes; a Cristian Eduardo Mu oz Rubio, en representaci n de lañ ó sociedad Prestaciones M dicas Cristian Mu oz Limitadaé ñ , domiciliados en Teresa Vial N 1114, Departamento 2202, comuna de San Miguel; y a° Ricardo Antonio Alegr a Contreras y a Mar a Gabriela Jorquera Aceituno,í í ambos en representaci n de la sociedad ó Alegr a y Jorquera Limitadaí , domiciliados en calle Tres Carrera N 780, comuna de Los Andes.° Se ala que con fecha 26 de diciembre de 2014, se suscribi escriturañ ó p blica de constituci n de la sociedad ú ó Gesti n Inmobiliaria Aconcagua“ ó Limitada”, otorgada ante Notario P blico de Los Andes, do a Marta Rivasú ñ Schulz, e inscrita a fojas 21 vuelta n mero 20 del Registro de Comercio delú Conservador de Bienes Ra ces de Los Andes correspondiente al a o 2015. í ñ En cuanto a la vigencia y duraci n de la sociedad, la cl usula octavaó á de los estatutos sociales se ala, en lo pertinente, lo siguiente: ñ “OCTAVO: La sociedad comenzar a regir desde esta fecha y tendr una duraci n deá á ó dos a os, duraci n que se entender prorrogada autom tica, t cita yñ ó á á á sucesivamente por perio

Fundamentos

considerando: Que, se orden la comparecencia de las partes a la audiencia deó designaci n de rbitro, resoluci n que fue notificada seg n consta a folio 12,ó á ó ú 19, 20, 25 28 y 29; celebr ndose el á comparendo respectivo, en el que no se logr acuerdo entre los socios respecto de la persona del rbitro; por lo queó á el tribunal proceder a designarlo conforme lo dispone el Art culo 1323 delá í C digo Civil y 646 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil.ó ó Y visto, adem s, lo dispuesto en los Art culos 414, 628 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil; 222 y siguientes del C digo Org nico deó ó á Tribunales; 408 y 409 del C digo de Comercioó , des gnese como Juezí rbitro al abogado don á SERGIO ARTURO ARZE ROMANI, domiciliado en Las T rtolas N 155 46, La Foresta de Re aca, Re aca,ó ° – ñ ñ Vi a del Mar, tel fono 32-2594418; 32-2237877 o 968328165 y correoñ é electr nico sergio.arze@arzeabogados.cl.ó Notif quese a las partes para los fines delí Artículo 416 del Código de Procedimiento Civil, en relación al Artículo 232 del Código Orgánico de Tribunales. Hecho, notifíquese al Sr. Juez Árbitro para la aceptación del cargo. Regístrese y en su oportunidad, archívese. C-14-2023 Dictada por Fernando Marcos Alvarado Peña, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, veinte de Junio de dos mil veintitr s.é Código: NCTTXFXMBXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-20T14:05:39-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-14-2023 CARATULADO : M & C MEDICA LIMITADA/ALEGR A YÍ JORQUERA LIMITADA Los Andes, veinte de Junio de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1, con fecha 4 de enero de 2023, comparece el abogado Jaime Andr s Barrientos Ram rezé í , abogado, como mandatario judicial de M&C M dica Limitadaé , cuyo representante le

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