SANTIBÁÑEZ/I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
Rol
C-676-2023
Fecha
20 de junio de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece ROSA ISABEL SANTIBAÑEZ AVILA, labores de casa, domiciliada en calle Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, representada legalmente por el Alcalde don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, ambos domiciliados en calle Serrano N°134 Edificio Consistorial de ésta ciudad. Expone que es dueña del inmueble ubicado en Pasaje Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique, que corresponde al Sitio N°33 de la Manzana F del Conjunto Habitacional Los Puquios de ésta ciudad, respecto del cual fue notificada por encargo de la Ilustre Municipalidad de Iquique, por las cuotas devengadas y no pagadas asociadas al servicio de retiro de aseo domiciliario, que comprende desde los años 2002 y 2017, por un monto de $1.434.804.-, no obstante, alega que dicha deuda se encontraría prescrita. En suma de lo expuesto y por las normas legales que cita, solicita se declare prescrita la acción del acreedor para exigir el cumplimiento de las obligaciones relativas al pago de servicios de aseo domiciliario, asociado al inmueble ubicado en Pasaje Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique, correspondiente a las cuotas devengadas entre los años 2002 y 2017, por un total de $1.434.804.- A folio 7, comparece Karen Valdés Pérez, abogada, en representación de la demandada, contestando la demanda señalando que los cobros devengados por permisos de circulación, patentes y otros derechos, obedecen a lo consagrado en la Ley de Rentas Código: XJEVXFHXPFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Municipales, siendo los que generan el mayor ingreso al erario municipal. Hace presente que de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, “El servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios se cobrará a todos los us
Fundamentos
motivos expuestos y previas citas legales, solicita tener por contestada la demanda, con costas. En este mismo acto, la parte demandada interpone demanda reconvencional en contra de Rosa Isabel Santibáñez Ávila, ya individualizada, toda vez que ésta adeuda a su representada respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique, los periodos comprendidos entre la primera cuota del año 2002 hasta la segunda cuota del año 2022, por un total de $1.895.224.- por concepto de no pago de derechos de aseo domiciliario, incluidos los reajustes e intereses. Indica que respecto al pago de los derechos de aseo, el artículo 2515 del Código Civil, establece para la prescripción en las acciones ordinarias un plazo de 5 años y el artículo 2493 del mismo cuerpo legal, refiere: “El que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla; el juez no podrá declararla de oficio”; por lo tanto, esta debe ser declarada por el tribunal. Expone que en el evento que se acoja la prescripción alegada por la demandante principal, ésta continuará en mora con su representada, por la deuda vigente por concepto de no pago de derechos de aseo domiciliario, por los periodos correspondientes a la primera cuota del año 2018 y la segunda cuota del año 2022, por la suma de $316.411.-, sumado los reajustes e intereses a la fecha de la última liquidación practicada por la Municipalidad. Código: XJEVXFHXPFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indica, solicita se condene a la demandada reconvencional al pago de la deuda total por la suma de $316.411.-, por los periodos comprendidos entre la primera cuota del año 2018 y la segunda cuota del año 2022, cuya acción de cobro judicial se encuentra vigente, con costas; además solicita tener presente al momento de liquidar la deuda, lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales Ley N°3063 de 1979, el cual hace aplicable a los contribuyente que se constituyan en mora los reajustes e intereses indicados en los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario. A folio 11, comparece Floridencia Vivar Vivar, postulante en práctica de la Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá en representación de la demandante principal y demandada reconvencional, quien contesta la demanda reconvencional. Indica que respecto a las alegaciones expuestas en la demanda reconvencional, se debe señalar que en cuanto al periodo que se demanda como deuda vigente por parte de la Ilustre Municipalidad de Iquique, el cual corresponde al comprendido entre la primera cuota del año 2018 y la segunda cuota del año 2022, su representada no tenía conocimiento de dicho periodo adeudado, por cuanto nunca se le notifico o se le envió, por parte de la demandante reconvencional a su domicilio un comprobante de deuda, menos aún, un aviso de pago u otro documento similar mediante el cual le permitiera tener co
Fallo
SE DECLARA: En cuanto a la demanda principal I. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta, de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía por ROSA ISABEL SANTIBAÑEZ AVILA en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE Código: XJEVXFHXPFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IQUIQUE, representada legalmente por don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, declarándose prescritas las acciones de cobro de la deuda municipal por el servicio domiciliario de aseo por el periodo comprendido entre los años 2002 y 2004 y entre los años 2010 y 2017, cuyo último vencimiento fue el día 30 de noviembre de 2017, respecto del inmueble ubicado en Pasaje Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique. En cuanto a la demanda reconvencional II. Que, SE ACOGE, la demanda interpuesta por doña KAREN VALDÉS PÉREZ, abogado, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, representada legalmente por don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO en contra de ROSA ISABEL SANTIBÁÑEZ AVILA, en consecuencia, se condena a la demandada reconvencional al pago de las deudas por concepto de aseo domiciliario por el periodo comprendido entre la primera cuota del año 2018 y la segunda cuota del año 2022, por la suma de $316.411.- (trescientos dieciséis mil cuatrocientos once pesos), más intereses y reajustes. III. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese personalmente o por cédula. Rol Nº676-2023. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHA
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FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-676-2023 CARATULADO : SANTIB EZ/I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUEÁÑ Iquique, veinte de Junio de dos mil veintitrés VISTO: A folio 1, comparece ROSA ISABEL SANTIBAÑEZ AVILA, labores de casa, domiciliada en calle Las Pizarras N°3670 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acci
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