HASBÚN/SOCIEDAD PSINET CHILE S.A.
Rol
O-27-2023
Fecha
11 de noviembre de 2023
Materia
Comisiones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece LUIS BASTIAS EYZAGUIRRE, abogado, en representación de JOSE HASBUN CASTILLO, chileno, factor de comercio, ambos con domicilio para estos efectos en esta ciudad calle Washington Nº 2562, Oficina N° 206, e interpone demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de PSINET CHILE SpA, persona jurídica de derecho privado, del giro en soluciones e integraciones tecnológicas en Minería, representada por RODRIGO GONZALEZ RIEDEMMAN, domiciliados en Avenida El Valle N° 928 Oficina N° 101, Comuna de Huechuraba, Santiago, conforme a los siguientes
Fundamentos
fundamentos: 1. Con fecha 08 de agosto de 2019 el actor ingresó a prestar servicios para la demandada Psinet Chile S.A. en calidad de Administrador del Contrato N° 9100007621 denominado “servicio de Mantenimiento y Continuidad Operativa, RED LTE Minera Escondida. 2. En la oportunidad se pactó una jornada ordinaria de trabajo conforme inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo; Sueldo Base Bruto de $3.503.011, más gratificación conforme artículo 50 del Código del Trabajo, y una vigencia del contrato desde el día 08 de agosto de 2019 al día 08 de noviembre de 2019. 3. Con fecha 08 de noviembre de 2019 las partes acordaron la modificación del Contrato de Trabajo, pactando su vigencia de carácter indefinido. 4. En lo que interesa a la presente litis, con fecha 01 de abril de 2021 las partes acordaron una actualización del Contrato de Trabajo, esta vez, fijando una serie de “Comisiones” en favor del trabajador, por la venta de productos o servicios, según lo siguiente: - La Comisión por Venta equivale a un porcentaje sobre el precio de venta de un producto o servicio, gestionada por el Trabajador. - El valor de la Comisión por Venta surge de la relación entre el Margen de Utilidad del Negocio para el Empleador y el valor porcentual de la Comisión por Venta pactada por las partes para cada nivel de Margen de Utilidad del Negocio - El Valor de la Comisión por Venta es un valor continuo, sin tramos, existiendo una tabla de comisiones que la representa en forma parcial. 5. La citada Comisión por Venta contemplaba diversos mecanismos de “Anticipo” de Comisiones, dependido de la duración en el tiempo de los contratos de que dan cuenta de las ventas respectivas; anticipos equivalentes al 2% (dos por ciento) del Estado de Pago u Orden de Compra en que incide la Comisión por Venta, con una distribución entre el Ejecutivo Comercial (50%) y el profesional o equipo de apoyo (50%). 6. En lo demás, la actualización en comento definió los mecanismos de cálculo y pago periódicos de la Comisión por Ventas. 7. Dice que lo que interesa a la presente litis, que a partir del citado 01 de abril de 2021 las remuneraciones del Trabajador se modificaron de forma sustancial. En efecto, por un lado, las mismas incorporaron ingresos variables en favor del Trabajador asociados a su gestión de venta de bienes o servicios, esto es, asociado a beneficios y éxitos económicos en su gestión para Psinet Chile S.A. y, por otra parte, como consecuencia de tales gestiones las remuneraciones del Trabajador podían incrementarse de forma significativa, pero siempre asociadas, en definitiva, a mayores beneficios obtenidos en beneficio, también, de su empleador de la época. 8. Con fecha 01 de junio de 2022 las partes acordaron modificar el Sueldo Base Bruto mensual del Trabajador, quedando este en $4.110.000.- (Cuatro millones ciento diez mil pesos). 9. En la misma oportunidad, las partes acordaron modificar las funciones del Trabajador, quedando éstas definidas bajo la denominac
Fallo
Por tanto, esta parte opone excepción de pago y finiquito respecto de todas las comisiones cobradas por el actor que se devengaron hasta el mes de marzo de 2022 y que corresponden a LOS SIGUIENTES PROYECTOS: 1. ENLACE PUNTO A PUNTO LTE 13 SALA SULFUROS 2. SERVICIOS 3440 LTE - AMPLIACION CONTRATO BASE MEL 3. EQUIPOS 3440 4. INGRESO CAMIONES AUTONOMOS 5. INSTALACION CARROS 24 Y 25 LTE – 6. SIMCARD 600U MEL 7. SIMCARD 500 - SPENCE 8. REGULARIZACION 13 SECTORES SUBTEL SPENCE LTE 9. PROYECTO CONEXION LTE BARRERAS ACCESO MINA 10. MANTENCION GENERADORES BHP MEL LTE 11. SERVICIO CONTROL CAEX AUTONOMOS 12. MEJORAS SALA CONTROL 13. CABLEADO SERVIDORES MEL 14. MONITOREO DE GASES FUGITIVOS FUNDICION ENAMI 15. O&M EQUIPOS CIO 16. SALA GOM II 17. SERVICIO CPE KOMATSU FASE II OC 4509545006 -20 //30 18. SUMINISTRO E INSTALACION BATERIAS 3260 MEL 19. CODELCO - SALVADOR - SERVICIOS IT – OT 20. SALA GOM FASE III 21. ESCONDIDA KOMATSU FASE III 22. INSTALACION ANTENA FM MEL 23. MEJORAS ESTRUCTURALES LTE MEL 24. KOMATSU FASE IV 25. CONTROL DE ACCESO FASE II MINA MEL 26. SUMINISTRO EQUIPOS RECUP. SITIO LTE 15 27. SALA GOM FASE IV MEL 28. RESPALDO AETON MEDIANTE BATERIAS VSL 29. INSTALACION EQUIPOS MOVISTAR 3440 30. SALA GOM FASE V 31. SWITCH ACCESS POINT MEL - SPENCE 32. SPENCE SERVICES TECHNOLOGY EMH 33. SERVICIO DE APOYO PROFESIONALES ARCH 34. MONITOREO VARIABLES CRITICAS ENERGIA 35. O&M ONEMINE CHUQUI SUBTERRANEA 36. REPUESTOS SPARE LTE CARROS HD Y LT 37. SERVICIO TECNICO PROYECTO LTE TECK QB2 3
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PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Ordinario. DEMANDANTE: JOSÉ SANTOS HASBÚN CASTILLO. DEMANDADA: SOCIEDAD PSINET CHILE S.A. RIT: O-27-2023 RUC: 23- 4-0452444-5 ___________________________________________________________/ Antofagasta, a once de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece LUIS BASTIAS EYZAGUIRRE, abogado, en representación de JOSE HASBUN CASTILLO, chi
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